Canarias y la
reforma constitucional
Juan Manuel
García Ramos
El pasado lunes, el presidente del
Gobierno canario, Paulino Rivero Baute, dictó una
conferencia en Madrid, en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales,
dentro del ciclo "Treinta años de Constitución.
Teniendo en cuenta que, al día de hoy, Paulino Rivero es el único presidente
nacionalista de una comunidad autónoma española, su comparecencia en una cita
como ésa despertaba un interés añadido que, a nuestro leer y entender, nuestro
presidente no rentabilizó hasta donde era posible hacerlo, aunque sí adelantó
las pretensiones fundamentales que nuestro pueblo insular atlántico mantiene
ante una próxima reforma de
Para Paulino Rivero,
Pero como todo instrumento hecho por la mano y la cabeza del hombre, sigue
manteniendo Rivero Baute,
Según el presidente canario, fruto de una interpretación egoísta y estrecha de
No deja de tener razón el presidente en este punto, pero sería injusto no
reconocer que parte del freno que se ha puesto a esas legítimas aspiraciones de
los territorios autónomos y, en especial, del canario, no ha partido sólo del
poder central, sino desde esas mismas comunidades autónomas y desde sus propias
instituciones ejecutivas y legislativas.
En ese sentido, siempre hemos mantenido que en Canarias teníamos un Estatuto de
Autonomía reformado en 1996 que no habíamos sabido desarrollar con el coraje y
la imaginación que nos exigía la literalidad de su articulado.
Y, en su día, hasta precisamos a qué nos referíamos: al artículo 34.2 del
citado Estatuto sobre la creación de la policía canaria: contra la inseguridad
ciudadana y las mafias que se mueven por nuestros suelos y mares como Pedro por
su casa. Sin timideces a la hora de plantearlo y
defenderlo, haría falta una Guardia Nacional Canaria, arraigada,
profesionalizada y dotada de medios técnicos y dedicada a acabar con delitos
específicos generados en
Al art. 37.1 de residencia y trabajo de extranjeros y
a un desarrollo creativo del art. 299.2 del Tratado
de Amsterdam: para la regulación de la inmigración de
todos los colores que padecemos y la demografía disparada del Archipiélago. ¿No
sería lógico solicitar a
Al art. 37.2 de presencia del Gobierno de Canarias en
negociaciones de
Al art. 40.1 de ámbito territorial: para una
delimitación definitiva de nuestras aguas oceánicas.
Al art. 46.1 del REF, para
buscar salidas imaginativas a los recursos acumulados de
Ha faltado fortaleza y consenso de todas las organizaciones políticas del
Archipiélago para impulsar esas iniciativas estatutarias que estaban
contempladas en textos consensuados y aprobados en su momento por las Cortes
Generales. Nosotros también somos culpables de esa desgana a la hora de aplicar
las leyes vigentes que nos rigen.
Las leyes, los decretos y las normas de rango inferior están para aprovecharlos
en toda su enjundia jurídica y semántica antes de sustituirlos por otras leyes,
otros decretos y otras normas de menor categoría.
También invocó el presidente canario, en su intervención madrileña, la deuda
histórica del Estado con las comunidades y denunció cómo ya se había atendido a
catalanes y andaluces en esta reclamación, cómo se habían abierto vías de
negociación con baleares, aragoneses y extremeños, y
cómo se seguía ignorando un desfase contable con respecto a Canarias de unos
seis mil quinientos millones de euros, cantidad derivada de nuestro aumento
poblacional en los últimos años, de los incumplimientos de los artículos 95 y
96 del Régimen Económico y Fiscal, que obligan a invertir al Estado en Canarias
como mínimo la media de lo que invierte en el resto de las comunidades, y una
cantidad derivada además de las indebidas retenciones del Ejecutivo Central del
extinto Impuesto de Tráfico de Empresas.
Otro asunto argumentado por Rivero en Madrid fue el de la necesaria reforma del
Senado para convertirlo en una auténtica cámara de representación territorial.
El modelo al que se aspira bien podría ser el Bundesrat o Consejo
federal de Alemania, una pieza clave del singular federalismo germano donde el
poder central ejercido por el Bundestag y el poder de los territorios,
los dieciséis länder, mantienen un equilibrio complementario en lo que
significa la ingeniería legislativa y de gobierno de ese país centroeuropeo.
Según Rivero, ese Senado renovado debiera acoger entre sus funciones primeras
la de aprobar el sistema de financiación autonómica, "que es, a la postre,
el que vertebra la solidaridad interterritorial".
En esa etapa futura de postconstitucionalidad, de
"nueva transición democrática", se trataría de proceder a una
reintegración de los hechos diferenciales de las distintas comunidades como un
avance solvente de la descentralización del Estado. Y es en esa perspectiva en
la que Canarias ha de defender un estatus especial que reconozca -algo ya
contemplado por el derecho comunitario- su condición de territorio
ultraperiférico -lejanía más insularidad- y atlántico necesitado de máximas
competencias para moverse con soltura, inteligencia y juicio -el juicio, esa
virtud del dirigente político con luces- en el contexto geoestratégico donde
están instaladas nuestras islas.
Una intervención en Madrid, la del presidente del Gobierno de Canarias, para
estimularnos a seguir pensando sobre el futuro que nos aguarda siempre que
sigamos en el marco de relaciones con el Estado español y
En esa dinámica de entendimientos, la salvaguarda de un estatus especial para
Canarias es un quehacer permanente que nos exige activar nuestros mejores
reflejos políticos. En esas estamos. Por ahora.