Mar de Canarias
Jorge
Bastian
Delimitar el perímetro de las Islas Canarias trazando
las líneas de base, sin que ello suponga la adquisición del concepto jurídico
de aguas interiores perimetrales, significa que sólo se han trazado las líneas
y nada más. No hay que darle ni más vuelta ni más alcance… No caben mayores
interpretaciones, equívocos o alcances distintos. Estamos ante un mero trazado
de líneas rectas de base que no genera derecho alguno sobre la superficie
marítima, su lecho y subsuelo o el espacio aéreo.
El 10 de diciembre de
1982 concluyó la redacción de la Convención del Mar, al amparo de las Naciones
Unidas, después de catorce años de trabajos por más de 150 países. El Tratado
de los Derechos sobre el Mar entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, cuando
los instrumentos de ratificación y adhesión fueron suscritos y depositados por,
al menos, sesenta países. El Reino de España lo efectuó el 15 de enero de 1997.
En el documento se
determinan los anchos de franjas de las aguas interiores, mar territorial, zona
contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental, deduciendo que lo
demás se entenderá como aguas internacionales. Para realizar la delimitación de
cada franja o zona de mar adyacente al país que se trate es necesario trazar
previamente las líneas de base.
El tratado
multilateral dedica el capítulo IV a los Estados archipelágicos
y en él se describe la manera de trazar las líneas de base. Conviene, a los
efectos de este post, detenernos en la definición que hace el tratado del
concepto "archipiélago", que se transcribe literalmente: "Por archipiélago
se entiende un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las
conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados
entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad
geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido
considerados como tal".
De esta definición se
desprende que las Islas Canarias están constituidas por sus islas y sus aguas,
al formar una unidad geográfica, económica y política, sin perjuicio de su
consideración histórica.
Para fijar el alcance
de las aguas de un Estado archipelágico hacia el
exterior hay que delimitar previamente las líneas rectas de base que unan los
puntos extremos de las islas que constituyan la unidad. Las aguas que se
encuentren dentro de ese perímetro se definirían como aguas archipelágicas
y es a partir de esas líneas de donde se fijaría la superficie marítima que
comprende el mar territorial, la zona contigua y, en su caso, la zona económica
exclusiva.
Una vez hechas estas
aclaraciones jurídicas muy básicas, analicemos lo ocurrido estos días pasados.
Coalición Canaria, que
no el Gobierno de Canarias, a través del presidente de su formación política, haciendo
uso de los dos votos de sus dos diputados en el Congreso, apoyó la aprobación
de los Presupuestos Generales del Estado a cambio, entre otras, de conseguir el
trazado del perímetro de las aguas de las Islas Canarias. Este hecho, valorado
políticamente por el presidente del Gobierno como un hecho histórico, culminaba
una aspiración también histórica de Canarias.
Delimitar el perímetro
de las Islas Canarias trazando las líneas de base, sin que ello suponga la
adquisición del concepto jurídico de aguas interiores perimetrales, significa
que sólo se han trazado las líneas y nada más. No hay que darle ni más vuelta
ni más alcance. El concepto de aguas perimetrales interiores o aguas archipelágicas conforme el Tratado sobre los Derechos sobre
el Mar otorga derechos y obligaciones. Y este no es el caso. Hoy en día, cada
isla tiene delimitada a su alrededor la franja de doce millas náuticas, lo que
se conoce como mar territorial, cuyo concepto deviene de la soberanía del
Estado español.
Este enfoque jurídico
de la delimitación perimetral de las aguas de Canarias no impide en absoluto su
valoración política y menos aún su acierto si ello es fuente de nuevas partidas
económicas, subvenciones o beneficios para Canarias desde el Estado español. El
Congreso de los Diputados sólo podrá aprobar un texto que ni contradiga ni
conculque los contenidos de la Convención del Mar, al ser este un documento
legal que jerárquicamente le condiciona y limita.
Y precisamente este sí
es el caso. No caben mayores interpretaciones, equívocos o alcances distintos.
Estamos ante un mero trazado de líneas rectas de base que no genera derecho
alguno sobre la superficie marítima, su lecho y subsuelo o el espacio aéreo.
Ahora bien, si un
gráfico de aguas perimetrales determina una nueva superficie marítima y ello es
motivo de mayores dotaciones y beneficios para Canarias, Coalición Canaria
tiene todo el derecho de interpretarlo como un éxito político suyo, cara a las
elecciones de mayo de 2011 y cara al futuro.