¿Pacto
de Calatayud?
Guayota

En
la comunidad de Calatayud, estado español, en el Parque de las Islas Canarias,
localizamos el busto de "Hernando de Guarnateme" (erróneamente
denominado por la historia como Fernando). Un monumento cuya autoría y fecha se
desconoce.
La
esfinge consta de tres partes: sobre una columna de volutas se alza el busto del
representado; en medio del pedestal de piedra un escudo romboidal en bronce
coronado, donde se localiza un bajorrelieve representando a los Reyes Católicos
y Hernando de Guarnateme. Con la siguiente leyenda que lo circunda: «Calatayud
1483. Firma del Pacto de
la Unificación
de Gran Canaria a España por los Reyes Católicos y Monarca canario Fernando
de Guanarteme. Versión histórica por Domingo Navarro Navarro» (el
presumido término de “España” evidencia una españolizada visión respecto
a aquella época). Finalmente, en el zócalo de granito se localizan, igualmente
en bajorrelieve, las siete islas canarias con sus nombres y escudo real. Es
evidente el término “Monarca Canario”, así como la referencia al citado
pacto.
Seguidamente, más abajo y de la siguiente manera, nos lo narran desde esa región
española, Calatayud. Lo despliego en alusión a los que insinúan que “El
Pacto de Calatayud” es una ensoñación surgida del colectivo AMAGA:
«Fernando de Guarnateme es el sobrenombre
de Tenesor Semidán, líder aborigen canario. Nace hacia 1420 en la isla de Gran
Canaria. Era hijo del Guanarteme de Gran Canaria Artemi Seridán (finales del
siglo XV). En 1483 viaja a España por primera vez y firma
la Carta
de Calatayud, pacto entre los reinos de las Españas y el Reino de Canarias el
30 de mayo en Calatayud. A consecuencia del tratado, los mandos del ejército
español destinados en Canarias obtienen tierras quedando los diferentes
menceyes o reyes tribales como responsables políticos. Traidor para unos,
estadista para otros, se bautizó en Calatayud el día de San Fernando y tomó
el nombre cristiano de Fernando de Guarnateme».
Nuevamente, remarco “pacto entre los reinos de las Españas y el Reino de
Canarias”.
No
me imagino a Felipe Ros Brandon, de AMAGA, yendo a España para colocar dicha
figura a fin de reforzar sus tesis. Evadiendo la ironía, al monumento se le
atribuye cierta preexistencia, como sabemos, de hecho ni siquiera se alcanza a
conocer el nombre del autor.
Tenemos una fecha, 30 de Mayo de 1483, que se repite en diferentes contextos de
expresión, ya sean literatos o en dicho caso escultórico; tenemos el título
de monarca atribuido hacia Hernando Guanarteme, el cual se contempla en variados
documentos, como el testamento de su hija o el relato de “Ovetense” «y así
se le hizo su bautismo con gran solemnidad, como a persona real»; tenemos
evidencias históricas que demuestran una larga serie de condiciones propias
para la nación canaria (leyes, moneda, sistema militar…). En fin, quién
pretenda obviar tan importante tramo histórico no se deberá sino a una
renegación predeterminada, de hecho nadie ha sido capaz de rebatir con lógica
y debida argumentaciones tan efectivas circunstancias.
Como consecuencia, cuando aún no había terminado la conquistar de Tenerife, se
promulga un fuero para Gran Canaria como resultado de los pactos atribuidos a la
responsabilidad del susodicho Hernando de Guanarteme. Tras los debidos acuerdos,
Gran Canaria figuró, en el proceso de europeización en esta parte del Atlántico,
un modelo expansionista a fin de implantar el sistema social y administrativo
para la totalidad del Archipiélago, europeizado pero con evidentes características
indígenas. Así, las primeras disposiciones legales, respecto a la gestión y
organización de las islas, quedaron recogidas en el Fuero de Gran Canaria y
bajo el reinado de Hernando de Guanarteme: por ejemplo, un método de pesos y
medidas, o, un valor monetario de carácter propio, dando lugar a la moneda
canaria.
Por
consiguiente, abanderándose con el ejemplo canarii, en las demás islas se
aplican otros fueros similares al original. Éstos, en la práctica, tienden a
unificarse mediante “reales cédulas”, completándose con “ordenanzas
insulares”. Las Ordenanzas del consejo de Gran Canaria se promulgan el 23 de
junio de 1531, las de Tenerife en 1540. Todas estas normas, más las añadidas a
lo largo de
la Historia
, constituyen lo que acertadamente podría denominarse “El fuero de
Canarias”. El país pudo presumir de consejos o cabildos, uno por cada isla y
con posibilidad de coordinarse entre sí; eran asambleas de notables, aunque en
determinados acontecimientos, especiales, se contaba con la participación de
los vecinos. Nuestros cabildos dispensaban derechos de placet ante las leyes del
imperio castellano-leonés, particularidad propia en Canarias. Simbolizaban los
gobiernos reales de cada isla y negociaban directamente con el gobierno real de
Castilla, sin necesidad de representación en
la Corte. Curioso
sistema político que privilegiaba los bienes nacionales de cada isla, tal que
en época precolonial, una federación de “gobiernos reales”, no supeditándose
unos a otros, más los dichos consejos de notables cuales tagorores. Reiteramos,
propias y auténticas circunstancias que además reflejan el nivel de soberanía
ejercida en Canarias (independencia ante las leyes del imperio, sin presencia en
la corte imperial, autonomía para negociar con el imperio desde un
posicionamiento diferenciado...), en los otros reinos afines al imperio
despuntaban un único estado real y normalmente supeditado al castellano. Bien
es cierto que, frente al poder autónomo del “tagoror” (consejo), se
mantuvo, un tiempo, la mano negra de gobernadores y regidores. Pero, estos al
contrario de lo que se cree no gozaban impunidad, llegando a tener que amortizar
sanciones tras las denuncias, en los tribunales, de los autóctonos hacia ellos
y hacia desmadrados colonos en general; multas, destierros, destituciones de
cargos, pagos de deudas, etc. El orden nacional canario se debía y se hacía
respetar, en aquellos tiempos.
Entonces, no procede la negación hacia
el Pacto de Calatayud desde determinados sectores nacionalistas, lo cual solo
obedece al testarudo empeño de seguir fieles a un discurso que tal vez se haya
caducado en algunos aspectos. Un alegato que cuando se ideó seguramente no era
conciente de tal realidad; por suerte se va profundizando en nuestra historia.
Lo cierto es que la vieja peroración viene resultando ciertamente pesimista y
no hace justicia con el espíritu combativo de nuestros antepasados, lejanos y
cercanos. Tras la conquista no fuimos tan dóciles y mansos como nos quieren
hacer creer, nuestros antiguos supieron posicionarse ante las circunstancias y
alcanzaron derechos nacionales propios de una actual y verdadera nación estado.
Claro que castilla (el estado español es su natural prolongación) nos conquistó
y sometió a una resolución impuesta que subordino el natural orden indígena,
obligando a producir un cambio por la fuerza de las armas, siempre en beneficio
de proyectos especuladores europeos. Sin embargo, como venimos diciendo, la
particular y tenaz resistencia de nuestros guanches impidió el sometimiento
total, al contrario de lo que sí le ocurrió a los pueblos americanos y a
muchos del continente africano. Luego, tras la conquista hubo un inicial proceso
colonizador (siglo XV). Posteriormente otro (siglo XVIII), destructivamente
totalitarista y que descompuso a
la Nación Canaria.
Ahí no pararon las pretensiones colonizadoras, podemos contabilizar un tercero
más, en época franquista (siglo XX). Y como contundente mazazo, un cuarto bajo
las ficticias bondades de una social democracia española, enmascarada, que no
ha sido sino depravado colonialismo con su consecuente corrupción, especulación,
masiva inmigración, marginación, paro y pobreza para los autóctonos. Por lo
tanto, reconocer la circunstancia nacional canaria tras el Pacto de Calatayud,
desde el siglo XVI hasta el XXIII, no adolece a nuestra justa demanda
descolonizadora, más bien la refuerza.
Los hechos históricos confirman la existencias de unos pactos que fueron
violados por el nuevo, pretencioso y totalitarista, estado español
(sigloXVIII). Por medio de distinta casa real, esta vez los Borbones, el imperio
Castellano decide centralizar el contexto de reinos bajo la denominada nación
Española (siglo XVIII). Después de ese atropello absolutista, solo existiría
un único reino con un único estado, auspiciado en un único sistema económico
y un único poder militar, lo que hoy se conoce como España. Canarias, bajo la
ilegalidad impuesta por el estado español, perdió unas adecuadas características
afines al moderno ideal "nación estado" para ser forzada y explotada
como pretendida “provincia de ultramar”. Insistimos, el estado español nos
posee de forma ilegal. La serie de pactos firmados tras la conquista se violaron
descaradamente. Repetimos una vez más, si bien es cierto que los documentos
originales de estas declaraciones desaparecieron, seguro que de forma
predeterminada por la insipiente españolidad, no menos lo es que existe un cúmulo
de evidencias categóricas, las cuales, en su conjunto resaltan de forma
concluyente el verdadero estatus, usurpado, que debería poseer la nación
canaria.
El Pacto de Calatayud fue una realidad. Así que no compañeros, no seamos tan
torpes como para ocultar nuestra verdadera historia ante un acomplejado,
vergonzoso e injusto, tupido telón. No se justifica y yo no participo en ello.
Luego, España no nos invadió sino su precedente razón histórica, Castilla.
No pudieron llegar a someternos totalmente, al contrario, tuvieron que recurrir
a una serie de pactos con los guanches para conseguir europeizar a las islas. Más
tarde, España, en su estado actual, violó dichos pactos y profundizo en el
evidente colonialismo, el cual se agudizó con el franquismo y nos remata en la
actual “socialdemocracia” española. Por lo tanto, sí fuimos conquistados
ya que nos obligaron por la fuerza de las armas al cambio de orden
sociocultural; sí fuimos colonizados, además reiteradas veces. Todo esto es
certero y reivindicadle, para manifestarlo no se hace necesario tergiversar la
historia sino acomodarla con esclarecedora luz y poniendo los puntos sobre las
i.
España, como entidad estatal históricamente vinculada a los intereses de
Castilla y sus reinos (siendo ésta la responsable de la conquista de Canarias y
por lo tanto de las atrocidades acometidas, así como del mercado esclavista
incurrido tanto en época de conquista como durante los años anteriores a ella
y que provocó una alarmante denuncia por parte del Vaticano, sancionándoles a
través de las bulas papales “Regimen Gregis” y “Pastor Bonus”, excomulgándoles
y acusándoles de piratas, ladrones y perversos cristianos, a toda la nobleza
castellano-andaluza, incluidos sus monarcas, y a toda la iglesia castellana), en
su día, y solo cuando Canarias esté definitivamente descolonizada, España
deberá hacer frente a una gravada y correspondiente deuda histórica en favor
de la perjudicada nación Canaria. Una deuda que no se olvida, y, si además
tenemos en cuenta el incumplimiento de unos pactos sucesivamente violados tras
la llegada de los borbones a la corona castellana, subordinando de forma ilegal
a una legítima nación-estado canaria dentro del totalitarismo español, púes,
que vayan echando cuentas.
Hay personas, bastante cortas, que intencionan aprovechar lo aquí expuesto
simplemente para alcanzar el derecho de “comunidad histórica” dentro del
estado español, mediante un estatuto colonial más caprichoso o razonar a una
policía autonómica. Ciertamente la legalidad está de nuestro lado, pero
siempre para retomar la independencia arrebatada, política, económica y
militar. España no nos conviene, constantemente nos ha perjudicado, nos ha
robado perennemente, nos expolia y si no lo remediamos seguirá haciéndolo.
Cuando hemos necesitado ayuda, en nuestra historia y ante cualquier tipo de
problema, supimos proceder por nosotros mismos, nunca siendo auspiciados por
esos “bárbaros”, más bien al contrario.
--
Relación de documentos:
Comunidad
de Calatayud.
http://cpcalzar.educa.aragon.es/esculturaurbana/calatayud.htm
Nación Canaria, razonamientos y evidencias.
http://www.estadodelanacioncanaria.com/3.html
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REFLEXIONES
Creo
vano y un poco infantil empezar a discutir si el señor Hernando Guanarteme
(Tenesor Semidán) fue héroe o villano, con tales tipos de prejuicios solo va a
salir afectada nuestra historia y el contrariado pueblo que ha de identificarse
en ella. Para alcanzar a interpretar acertadamente los acontecimientos debemos
poder serenar unas pasiones que siempre terminan en perjudiciales presunciones.
A
todos nos llega a afectar la realidad del mercado esclavista respecto a nuestros
antiguos y los verdaderos desmanes perpetrados en manos de conquistadores,
situación sufrida por los guanches antes de oficializarse la disputa, durante
la contienda y en el periodo de transición que va desde su proclamado final,
1496, hasta la efectiva materialización de lo que
acertadamente podría calificarse como "fuero de Canarias" (en su
conjunto de reales cédulas y ordenanzas de consejo), 1540.
Fíjense
en el dato, 1540, siglo XVI. Bien es cierto que el Pacto de Calatayud se firmó
un 30 de Mayo de 1483, pero, el modelo
“Reino de Canarias” no concluyó en práctica hasta pasados 57 años. ¿Qué
ocurrió en esos 57 años?:
Resultó
un cruento periodo de transición, en el cual y aprovechándose de la
inestabilidad social y política, los señores de la conquista, llámense Fernán
Peraza, Pedro de Vera, Lugo…, aprovecharon para perpetrar particulares
negocios de tráfico humano. Con esto no vamos a descubrir una nefasta
predisposición y vergonzosa tendencia que se repite a lo largo de muchas bélicas
historias, desde luego, cansados estamos en comprobar como al finalizar
determinados conflictos, siempre, surge un oscuro espacio temporal hasta
estabilizarse la región afectada; Canarias no resaltó como excepción alguna,
engrosando tan triste estadística. Entonces, tenemos contrariados intérpretes
de los hechos históricos canarios que asimilan, solo por la circunstancia de
suceder justamente después del oficiado fin de la conquista, 1496, la realidad
de evidentes actos genocidas con la impresión de que no se materializó un
marco justo para los isleños; por lo tanto y según simplistas conclusiones,
desde entonces no hemos sido más que una mera colonia de desgraciados isleños.
Tristes e injustas deducciones.
Los
canarios debemos levantar cabeza y enorgullecernos de un combativo espíritu de
lucha, tanto en el terreno militar como en el institucional, nuestra resistencia
ante pretensiones invasoras no solo aguantó una centuria hasta aceptar la
europeización sino que llegó a alcanzar propios derechos nacionales, al
contrario de lo que sí le ocurrió a los pueblos americanos y a muchos del
continente africano. Tanto fue así que transcurridos dichos 57 años de
trabajosos enfrentamientos, esta vez administrativos y judiciales contra los
desmanes del señorío, se pudo alcanzar, con las Ordenanzas del consejo de Gran
Canaria (23 de junio de 1531) y las de Tenerife en 1540, un justo marco, en su título
de Reino de Canarias, ciertamente semejante a la moderna idea del estado nación,
con total jurisdicción territorial, independencia cultural, judicial, política,
económica y militar. En aquella época, entre el siglo XVI y XVIII, la
jurisdicción nacional canaria fue una realidad irrebatible, hoy día tan solo
una aspiración.
Llegamos
a un punto donde, de igual modo, debemos aclarar que, como muchas otras naciones
en época, no dejamos de sufrir las influencias del imperio castellano-leones,
forzados a respaldar sus necesidades expansionistas con aporte militar y de
colonos. Para entenderlo un poco mejor y teniendo en cuenta las diferentes épocas,
pues, un actual paralelismo, a grosso modo y salvando las distancias, podría
ser la característica de un estado integrante en
la OTAN
, cualquiera que sea, obligado a responder ante las necesidades de dicha
organización, a todas luces imperialista. Igualmente, cierto es que la burguesía
implantada inicialmente fue de colonos asentados, ésta con el transcurso del
tiempo tendió al mestizaje, asemejándose ante la canariedad (Nicolás Estébanez,
por ejemplo, era descendiente de una familia de colonos y burgueses, pero con un
sentimiento canario como el que más). Canarias, Aunque con las evidentes
características europeizadas, siempre manifestó usos y costumbres de raíz
guanche, identificándose los europeos según asimilación con la para ellos
novedosa canariedad exhibida por los autóctonos. Cierto, ante la efectividad
del justo contexto “estado nación” surgió una conciencia nacional canaria,
englobada no tribal, también lo que en la actualidad nuestro pueblo atribuye
como tipismo y que no es más que el reflejo social del Reino de Canarias, a su
vez, éste lo era de las costumbres ancestrales, guanches.
Lógicamente
evidenciamos que el siglo de conquista fue una tragedia para los ancestros pero
ahora retomemos ese, también,
oscuro medio siglo que transcurre desde el final de la conquista hasta la
materialización política en el archipiélago rubricando como modelo al inicial
Fuero de Gran Canaria, el cual se instauro ante la establecida monarquía
Guanarteme, y, en ese contexto radica el título “Reino de Canarias” (el
presuntuoso título, “reyes de Canarias”, heredado de rey godo a rey godo es
una falacia que lastra desde que se le atribuyó a la reina Isabel de Castilla
cuando aún no se había conquistado la totalidad de las islas y ni siquiera
firmado
la Carta
de Calatauyud, ¿Cómo se puede ser rey de un territorio que no se posee?).
Entones, durante la evidente transición, época en la cual los derechos de los
bandos de paces y bajo seguro, cristianizados y en proceso, llegaron a ser
violados por conquistadores que pretendían especular en negocios esclavistas
aprovechándose de la incertidumbre, los isleños siempre supieron reaccionar
defendiendo los derechos arrebatados. Fueron unos trágicos años, alrededor de
50, donde las bases del pretendido orden estatal aún no terminaban de
asentarse, sistema político, judicial, económico y militar. En éste
desesperante escenario a los autóctonos no les quedaba más salida que reclamar
ante la corte castellana. De tal modo procedieron en auxilio de sus compatriotas
los guanches Miguel Martín, Pedro Fernández, Leonor Morales, Gazmira, Rodrigo
de Bentazos, Fernando Guanarteme…; así como la buena colaboración, hacia la
causa libertadora, de algunos foráneos como el Obispo Juan Frías, el bachiller
Alonso de Sepúlveda, el licenciado Malvenda o el Gobernador de Gran Canaria López
de Sosa. En algunos casos los actos de piratería quedaron impunes, otros tantos
llegaron a sancionarse fruto de los decretos de anteriores pactos con los isleños;
«Nos es fecha relación e somos
ynformados que algunas personas han traydo… canarios… que son cristianos e
otros que están en camino para se convertir a nuestra Santa Fé Católica… e
los venden como esclavos… e porque lo tal sería cosa nuestra carta. Por la
cual mandamos que todos y qualesquier persona… que son traydos… no
consyntays que se venda». Las liberaciones fueron rápidas ante los casos
insulares y un poco más tardías con los enviados a la ‘península’, después
de largas investigaciones ejecutadas por abogados, misioneros y el Obispo, en
nombre de Los Reyes Católicos. En relación a la evidente resolución del
agravio esclavista, por tanto el retorno de nuestros antepasados, Rumeu de Armas
esclarece: «Sobran indicios sin embargo,
para creer y estimar que fue todo favorable para los indígenas. Nos apoyamos en
(…) el precedente de gomeros y
gran canarios, por cuya libertad se riñen y ganan auténticos en la corte, en
el consejo real, y en los demás tribunales (…) las protestas se eclipsan de
repente, y no se oye una voz que impere libertad y justicia a favor de las víctimas.
Esto equivale por sí mismo a una “sentencia”». Los alzados que se
llegaron a esclavizar, esclavitud que como ya sabemos terminó por abolirse poco
después de la conquista, también ante el beneficio de los decretos pactados, púes,
a causa del “derecho” de “esclavos de buena guerra” solo pudieron
liberarse pasados 16 años de servicios. Conocidos son los cargos contra
conquistadores, que pretendieron ejercer impunemente recibiendo a cambio penas,
como la anulación del contrato de gobernador a Pedro de Vera, o, ponderadas
multas a sufragar, caso de la señora de Bobadilla, pagando 500.000 maravedíes
a los gomeros en concepto de indemnización; Alonso de Lugo, condenado a pagar
40.000 maravedíes a los hijos del rey de Adeje, también, 50.000 maravedíes
para Andrés de Guimar, etc.
En
fin, concluyamos. No se trata de justificar aquellos hechos pretéritos, pero
negarlos metiendo la cabeza en un oscuro agujero es entupido, con perdón hacia
los pobres avestruces. ¿Pudo haber acontecido más favorablemente nuestra
historia?, claro que sí pero ésta no la escribimos nosotros, de ello se
encarga el destino. Aún así, lo que no me cuadra es que haya personas,
supuestamente ilustradas, las cuales se desatiendan ante el descomunal esfuerzo
ejercido por nuestra gente, pueblo que consiguió arrancar de una desencarnada
invasión la consecuente “nación-estado” de Canarias. Una nación insular
que no reprimió su bravía justamente en el año1496, siguió luchando por sus
libertades, incluso ante las represiones borbónicas del XVIII, todo esto es
bien cierto aunque nos lo intenten ocultar quienes nos pretenden atolondrar.
Claro, luego, estos señores, como según ellos nunca llegó a existir una
jurisdicción nacional canaria, descaradamente evidencian el borbónico
atropello españolista del siglo XVIII, el cual sí arremetió contra nuestros
justos derechos nacionales. Evidente, según ellos tras la conquista solo hemos
sido unos pobres sumisos, ¿qué derecho
nacional nos iba a arrebatar Felipe V si aquí, según tales individuos, subsistíamos
en renegación absoluta?..
Fuente
de documentación:
http://www.azarug.org/debate/viewthread.php?tid=7241