Territorio
José
A. Infante Burgos *
Es un tema fundamental
para Canarias la delimitación, sin menoscabo por ninguna situación política, de
las aguas territoriales. Fundamental, fundamental, en todos los sentidos. Es más,
me atrevo a decir que lo debería ser también para España y para Europa. Por lo
tanto, cualquier controversia y debate conceptual o expositivo, aclarativo,
jurídico o incluso semántico en el que se intente profundizar para el
entendimiento compartido por todos, tiene que ser sano. Digo yo. Parto de que
en mi columna del lunes 04/10/10[1] me hice eco,
documentándome lo más posible, de una afirmación rotunda del presidente
autonómico de Canarias, al que personalmente estimo y respeto, al que supongo
medianamente asesorado y al que intuyo como buen presidente.
A partir de ahí asumo,
agradezco y contesto a D. Ramón Moreno Castilla la deferencia hacia mis
comentarios en su artículo de 14/10/10[2].
Una parte de sus
eruditos abordajes ponen puntos sobre íes:
"Sólo los Estados ribereños o costeros disponen de espacios marítimos
(¡así se llaman!) a saber: Mar Territorial de
¡Vale! OK. Su
argumentación y el rigor con el que la expresa es impecable. La contundencia de
su dictamen "¡la "españolidad de Canarias" es absoluta y
legalmente incompatible con cualquier proceso delimitatorio
desde nuestro Archipiélago!" no ofrece margen a ninguna alternativa. O
tarados o independientes, punto.
Sin embargo, D. Ramón
mismo dice que si existiera una remota posibilidad lo sería por el Artículo
46.b (de la Parte IV, Estados Archipelágicos, del
citado Convenio del Mar)[3] y que se pudiera
"cumplimentar el reconocimiento constitucional de un supuesto Estatuto con
Plena Autonomía Interna para Canarias", previniéndonos además que ese
epígrafe b es explicativo, ¡que no normativo!, con lo que tendríamos otro
problema, aparte del primero.
Sobre el Artículo 305,
al que yo hacía referencia, nos aclara que corresponde a la Parte XVII,
Disposiciones Finales, del Convenio de Montego Bay, en cuyo epígrafe consta
literalmente: "Todos los territorios que gocen de plena autonomía interna,
reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado la plena
independencia de conformidad con la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea
General, y tengan competencias sobre las materias regidas por esta convención,
incluida la de celebrar acuerdos en relación con ellas".
Entonces, coincidimos
en que si lo que se pretende por parte de D. Paulino Rivero, asesores varios,
España o los Jacksons Five?
es hacer una declaración unilateral sin validez en el derecho internacional,
mejor se lo ahorran como chorrada que es. Supongo que eso no cabe en ninguna
mente humana.
Dado lo cual y
siguiendo el hilo, la única alternativa en este sentido a la independencia, y
además remota, sería la plena autonomía interna reconocida como tal por las
Naciones Unidas.
Pues eso, que ¡ahí te
quiero ver, Maribel! Me lo pido. Que no quede por intentarlo. A corto o a medio
plazo la población de las islas (asumiendo lo irrenunciable de no seguir
incompletos en la delimitación del territorio) no va a admitir que ningún Reino
de Marruecos se asigne en sus derechos internacionales algo más que una mediana
o un punto intermedio entre sus costas y las nuestras. Creo que eso sí sería un
factor de rebelión interna, por dignidad ¿no? Seguir en el limbo en el que
estamos también tiene las patas muy cortas.
Fíjate, por eso creo
-lo mismo ilusamente- que conviene a España y a Europa que, con la posibilidad
de que exista petróleo, se empiece a conceder un entendimiento y movimiento que
puede apuntalar una necesidad también renovada con la crisis para extender los
mercados hacia el Sur.
* Publicado en el periódico El Día, 16-10-2010
[2]¿Pero, cuáles aguas
canarias?
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