EFEMÉRIDES
DE
UNA
HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO
COLONIAL 1501-1600
Guayre
Adarguma *
1504. El invasor y esclavista Alonso de Lugo, practica nuevo reparto de las
tierras usurpadas como botín de guerra en
Inés de Herrera, esposa de su hijo Pedro
con toda el agua descubierta desde icod á la hacienda del colono
Cristóbal de Ponte en Daute y cuanto terreno pudiese aprovechar, Asegura
Núñez de
1504. Fallecida Isabel, no teniendo Fernando intención de renunciar a las
rentas de Castilla, ni el Cardenal Cisneros, regente del reino, de consentir que
un Habsburgo, cambiase las costumbres, ignorando los beneficios del Santo
Oficio, acordaron dotarse de armada, por lo que pudiese suceder. Deseando eludir
la inversión, so pretexto de atender a voz popular, ignorada cuando disiente de
la real voluntad, pero acogida si abunda, el católico acordó levantar la
prohibición de practicar la cabalgada, previa encuesta entre colonos canarios y
andaluces, a cargo de López de Sosa. Unánimes, afirmaron que de reanudarse los
"saltos a los moros de Bervería, comarcanos a esta dicha ysla de Canaria,
desde el cabo de Aguer fasta el cabo de Boxedor", saldrían beneficiadas
hasta las víctimas, pues a cambio de perder el cuerpo en el trabajo, ganarían
paraíso eterno para el alma. Mediado agosto, el gobernador fue apoderado, para
organizar la "contratación e rescate de Bervería e la Mar Pequeña e la
Torre de Santa Cruz". Nombrando su teniente a Juan Fernández Portugués,
arrendó el barco de Ginés de Cabrera, con el fin de asegurar la comunicación
con Tamaránt (Gran Canaria.) Juan de Arines, provisto de moneda de la isla,
cuyo vellón o cobre, "vale el quarto menos" que el de Castilla, se
encargó de comprar bastimentos y almacén donde guardarlos, en las
inmediaciones de la torre.
Sin
esperar el resultado de la encuesta, Fernando ordenó iniciar la guerra contra
el moro.
En
tanto les convocaban para la armada, que habría de formar en 1506, harían
presas en mar y tierra, "segund e como las leyes de mis reynos lo
disponen", pudiendo "saltear a los dichos moros de allende desde el Río
de Oro arriba, hazia la parte de Meça, con tanto que desde el dicho Río de Oro
abaxo, fasta la parte de Guinea, non puedan saltear". No queriendo que les
desanimase el temor, a que las piezas fuesen secuestradas por la Iglesia católica,
el monarca las aseguró: "fago çiertos e sanos los bienes e esclavos"
que tomasen, "como cosa avida e ganada en buena guerra", sin más
carga que el quinto de la corona. Al año siguiente no se formó la armada, pero
se completó la "reformación" administrativa de Tamaránt Gran
Canaria, Chinech (Tenerife) y
Benahuare (
Indignados
López Sánchez de Valenzuela y el licenciado Aguayo, denunciaron el atropello:
"robaron la dicha isla, lo qual ha quedado sin castigo, a causa de estar la
dicha isla en ultramar, e no se poder venir a quexar los vecinos della".
Pero donde el rey se apropia de la pólvora del pueblo, nadie es castigado por
apropiársela. (L. Al. Toledo)
1504
Ante la magnitud de la situación creada por los arbitrarios repartos de Alonso
de Lugo, en 1504 las coronas de Castilla y Aragón encomendaron
a Lope de Sosa, Gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), la misión de
verificar las consecuencias de un repartimiento que no sólo había generado el
perjuicio de la mayor parte de los piratas y colonos beneficiarios, sino que
originó que este primer asentamiento europeo en el valle originó la ausencia
de un orden urbanístico en la primitiva configuración de La Orotava.
Una vez analizados los hechos, Fernando
el Católico determinó el nombramiento de Juan Ortiz de Zárate como Juez
Repartidor que, tras someter a juicio la distribución efectuada por el futuro
Adelantado y tomar declaración a los inculpados, enmendó ciertas
irregularidades a través de la expropiación de aquellos solares que no se
encontraban ocupados. Su mayor empeño fue el de la organización de un espacio
urbano que dotara de identidad europea al creciente lugar de Orotava, una de las
más importantes demandas de los primeros colonos del lugar.
Ante la necesidad de definir un espacio
carente de ordenación, Ortiz de Zárate fijó los límites del primitivo núcleo
"cabe la sierra, hasta las cabeceras de los cañaverales", al sur y al
norte, y encomendó al regidor Diego de Mesa la tarea de trazar a cordel la
delineación de calles, cuya anchura quedaba establecida en
Cédula
del Rey e de la Reyna nuestros señores por donde fueron pagados a Diego
Maldonado, contyno de Sus Altezas, LV.U.DCXVI maravedís.
1504.
Siendo el Obispado de Canarias sufragáneo del Arzobispado de Sevilla, y habiéndose
instalado en aquella Diócesis la Inquisición, se pensó desde luego
establecerla también en Winiwuada (Las Palmas), como Tribunal subalterno, pero
debiendo remitir las causas en consulta, siempre que á ello hubiese lugar.
La
certidumbre de encontrar el Santo Oficio pasto abundante para ejercitar su ac-tividad,
por cuanto era conocida la mezcla de razas que poblaba el archipiélago, dio
impulso ú la realización del proyecto, y apresuró la fundación de un
Tribunal, que tantos servicios iba á prestar á las 1slas y en efecto, en el
deseo ardiente de extirpar la herejía, y sabiéndose en Sevilla que en las
Canarias abundaban moriscos, judíos, portugueses conversos, negros idólatras,
é indígenas mal convertidos, aquellos inquisidores debieron experimentar una
satisfacción profunda, seguros como estaban de llevar á la hoguera, á todos
los que no abjurasen de sus errores, y se convirtieran á la verdadera fé.
Era
entonces 1nquicidor General de las Andalucias el Arzobispo de Sevilla, D. Fr.
Diego Deza, y éste Prelado eligió para aquel cargo a Bartolomé López
Tribaldos, que en 1504 vino a
ejercer en Winiwuada (Las Palmas) su importante empleo, y á. fundar en el
“Santo Tribunal”.
Pocos
son los documentos que de esta lejana época que se conservan. De suponer es que
se establecieran Comisarías en cada una de las siete Islas; que se eligieran
algunos familiares, cuyos nombres no han llegado hasta nosotros, y que se
promulgara el edicto de la fé, con toda la pompa y solemnidad que exigían las
ordenanzas. También es de presumir, que no teniendo aún casas propias el
Inquisidor, celebrar sus audiencias en las de su habitación, sirviéndole de cárcel
secreta, la pública de la Ciudad, y alguna de sus estancias, de cámara de
torturas.
Sin
embargo, ya desde su instalación comenzó la Isla á sentir sus piadosos
rigores.
Sabemos,
por los documento que hemos
podido consultar, que en 1507 hubo dos reos reconciliados, cuyos sambenitos se
colocaron en
Llamábase
el primero Juan de Ler, natural de Portugal, y vecino de Chinech (Tenerife), que fue
condenado por seguir
Estas
reconciliaciones, cuando no tenían lugar en actos públicos de fé, se hacían
en la Catedral, á la hora de la misa Mayor, donde asistía el reo de rodillas,
con las insignias propias de su delito, soga, vela ó corozu, teniendo allí
lugar la ceremonia de la reconciliación.
La
fórmula que se empleaba para este solemne acto, y que debía repetirse en voz
alta por el reconciliado, era así:
«yo
Juan de Ler, vecino de Tenerife, que aquí estoy presente ante vuesas mercedes
como Inquisidores Apostólicos, que son, contra la herética pravedad y apostasía
en es- tas Islas y su Partido, por autoridad apostólica y ordinaria, puesta
ante mi esta señal de la cruz y los sacrosantos evangelios, que con mis manos
corporal mente toco, reconó-ciendo la verdadera católica y apostólica fé,
abjuro, detesto y anatematizo toda especie de herejía y apostasía, que se
levante contra la Santa fé católica y ley evangélica de nuestro Redentor, y
Salvador Jesucristo, y contra la Sede apostólica y Iglesia Romana,
especialmente aquella en que yo como malo he caído, y tengo confesado ante
vuesas mercedes, que aquí públicamente se me ha leído, y de que he sido
acusado; y juro y prometo de tener y guardar siempre aquella Santa fé, que
tiene, guarda y enseñada la Santa madre Iglesia, y que seré siempre obediente
á nuestro Señor el Papa y á sus
sus- sucesores, que canónicamente sucedieren en la Santa Silla Apostólica, y
á sus determi-naciones. y confieso, que todos aquellos que contra esta Santa fé
católica vinieren, son dignos de condenación; y prometo de nunca me juntar con
ellos, y que cuanto en mi fuere los perseguiré, y las herejías que de ellos
supiere las revelaré y notificaré á cual- quier Inquisidor de la herética
pravedad y Prelado de la Santa madre iglesia, donde quiera
que me hallare, y juro y prometo que recibiré humildemente y con
paciencia cualquier o cualesquiera
penitencia ó penitencias, que me halla sido ó fueren impuestas, con todas mis
fuerzas y poder, y las cumpliré en todo y por todo, sin ir ni venir contra
ello. Y quiero y considero y me place que si yo en algún tiempo, lo que Dios no
quiera, fuere o viniere contra las cosas susodichas o contra cualquier cosa, o
parte de ellas, que en tal caso sea habido y tenido por impenitente relapso, y
me someto a la corrección y severidad de ls Sacros Cánones para que en mí,
como persona culpada del dicho delito de herejía , sean ejecutadas las censuras
y penas en ello contenidas, y desde
ahora por entonces y desde entonces por ahora consiento que aquellas me sean
dadas y ejecutadas en mí, y las haya de sufrir, cuando quier que algo se me
probare haber quebrantado de los susodicho por abjurado. Y ruego al presente
notario que me lo dé por testimonio; y a los presentes que sean de ello
testigos.”
Esta
declaración era ratificada al siguiente día por el reo, ante los Inquisidores,
con la advertencia de que “si torna a caer en alguna herejía, incurre en la pena de relapso, y
sin ninguna misericordia será relajado a brazo seglar.” es decir, quemado
vivo en pública hoguera. (A. Millares Torres; 1981)
1504.
Camino del nuevo continente pasan por la isla Gomera los asesinos masacradores
de pueblos Hernán Cortés, Pizarro y Nuñez de Balboa entre otros.
1504.
Se comienza la construcción de la Catedral de Winiwuada (Las Palmas),
anteriormente había tenido la sede en el desierto lugar del Rubicón, había
sugerido a algunos obispos el deseo de verificar su traslación a otra isla que
ofreciese mejores condiciones de centralidad, población y riqueza.
Previendo
el caso de la conquista de Tamaránt (Gran Canaria,) que reunía aquellas
ventajas y especialmente la más importante, esto es, la de pertenecer
directamente a la Corona, el prelado don fr. Fernando Calvetos había obtenido,
del papa de la secta católica Eugenio IV la bula de 8 de septiembre de
1435. En virtud, pues, de esta concesión, el obispo Juan de Frías, que tanto
había contribuido con sus exhortaciones, espada, consejos e influencia al
triunfo definitivo de las armas españolas, creyendo desde el día en que el
guanarteme fue hecho prisionero que no estaba muy lejana la rendición de la
isla, resolvió enviar sus poderes a Sevilla para que por su Cabildo Eclesiástco
de aquella ciudad se formulasen los estatutos de la diócesis con las
innovaciones que su más extensa jurisdicción exigía, autorizándole una nueva
bula de Sixto IV expedida el 29 de agosto de 1482. Para llevar a buen término
este asunto nombró aquel Cabildo dos diputados, que lo fueron el deán don Juan
de Ayllón y el provisor tesorero don Iñigo Manrique, quienes unidos a los
comisionados del obispo Frías, don Pedro de
Presentados
estos estatutos en aquel Cabildo Eclesiástico fueron aprobados en sesión de 22
de mayo de 1483, consignando en ellos las siguientes bases:
1ª.
El número de prebendas sería de
treinta y dos, a saber: seis dignidades, deán, arcediano, chantre, tesorero,
maestre -escuela y prior, a las que luego se agregaron las de arcediano de
Tenerife y arcediano de Fuerteventura, con dieciocho canongías y doce
racioneros.
2ª. Las
vacantes habían de proveerse por el prelado con su cabildo, salvo las
dignidades que pertenecían al obispo, con excepción del deanazgo reservado al
papa.
3ª El
Cabildo era el administrador de la fábrica.
4ª.
Habría hacedor de las rentas de diezmos, pertiguero y repartidor.
5ª.
Consignose la manera de arreglar amistosamente en cabildo las diferencias entre
los prebendados.
6ª. El
prelado no podía imponer castigo alguno sin noticia del Cabildo, que estaba en-
cargado de la pesquisa,
7ª.
El importe de los diezmos se dividía en tres porciones: una parte el Obispo,
otra para el Cabildo y la tercera, subdividida también en tres partes, sería
para la fábrica de la Catedral, las parroquias y sus curas.
8ª. El
Cabildo pondría los curas, los cuales percibirían primicias y emolumentos.
9ª. Se
mandaba prestar juramento de guardar los estatutos antes de tomar posesión de
la mitra y las prebendas.
10ª. Se
arreglaba la manera de ganar las horas.
11º Se
establecía que cuando el prelado asistiera a los oficios ganase como los
preben- dados.
12º. Se
concedían cuatro días de licencia en cada mes, con facultad de tomarlos
juntos en el año.
13º.
Ganaban los comensales del obispo cuando le acompañaban en las visitas.
Estos
fueron los primeros estatutos que se fijaron al trasladarse la Catedral a Las
Palmas y los mismos que, con la debida extensión, aprobaron sus diputados en
nombre de los prebendados existentes y futuros, jurando guardarlos
perpetuamente, hallándose reunidos en la casa de cuentas de Sevilla, en
presencia de los testigos Fernando Rodríguez de Frías,
sobrino del obispo, Juan de Logroño y Diego de Tarifa, ante el notario
eclesiástico Alonso González.
Mientras
se echaban así las bases de estas constituciones, los vecinos de Winiwuada (Las
Palmas) y su activo gobernador se esforzaban en dotar a la población de una
iglesia que sustituyera con ventaja la pequeña de San Antón. El sitio elegido
fue el que luego ha ocupado el frontis posterior de la Catedral, con entrada al
naciente delante de una plazoleta que recibió el nombre de Plaza de los Álamos.
Allí se levantó un edificio, que sirvió por muchos años de templo catedral y
desde 1570 hasta fines del siglo XVIII de parroquia matriz.
En
tanto se construía, tuvo lugar en la primitiva ermita la solemne traslación de
la silla
episcopal
el 20 de noviembre de 1485, poniendo el templo bajo la advocación de Santa Ana.
1504.
1.126-28.-Andrés
Juárez, mi criado.
1504.
La metrópoli decide implantar en la colonia de Canarias el infernal Tribunal de
la “Santa Inquisición” criminal instrumento creado por la secta católica
para aterrorizar a los pueblos sometidos a sus inhumanos métodos catequisadores.
Fue su primer Inquisidor, Bartolomé López Tribaldos, nombrado en esas fechas,
a partir del cual desfiló durante el tiempo que estuvo vigente este denigrante
Tribunal, toda una serie de asesinos torturadores los cuales enumeramos a
continuación: 1520.- Inquisidores, D. Martín Jiménez; Ordinario D. Alonso
Vivas.1527.-Inquisidores: D Luís de Padilla; Ordinario, D. Gil de Fuentes;
Fiscal Juan de Fullana; Secretario, Alonso de San Juan.1576.-Inquisidores: Dr.
Brabo de Zayas, y Licenciado Ortiz de Fúnez; Fiscal,
Licenciado José de Armas; Alguacil Mayor, Constantino Cairaco; D. Pedro
Salvago, Arcediano de Fuerteventura, Contador; y Alonso Redondo, Portero.
1581.-Inquisidores: Licenciados; Diego Ososrio de Seijas y Juan Lorenzo; fiscal,
José de Armas; Alguacil Mayor, Hernan Peraza de Ayala; Contador, D. Pedro
Salvago, Arcediano de Fuerteventura; Alonso Valdez, Secretario y Notario Juan
Martínez de la Vega. 1589.-Inquisidores: el Sr. Licenciado D. Francisco
Magdaleno; Fiscal, Licenciado José de Armas; Alguacil Mayor, D. Diego
Sarmiento; José Díaz, Alcaide; Alonso Redondo, nuncio; Juan Rico, Portero; y
Juan Martínez de la Vega, Notario. 1594.-Inquisidor: Dr. D. Claudio de la
Cueva, que vino para visitador de esta Inquisición; Fiscal, Licenciado José de
Armas; D. Diego Sarmiento, Alguacil Mayor; Francisco Ibañez, Secretario; D
Pedro Salvago, Arcediano de Canaria, Contador; Alonso de San Juan, Secretario de
Secretos; Alonso Redondo, Alcaide; José Díaz. Nuncio; y Juan Rico, Portero.
1598.-Inquisidor:.Licenciado Pedro de Cornino; Fiscal, Licenciado José do
Armas; Alguacil Mayor D. Diego Sarmiento; Contador, D. Pedro Salvago, Arcediano
de Canaria; Receptor, Alonso de Zurita; Alonso de San Juan, Notario; Alonso
Redondo, Alcaide; Juan Rico, Portero; y Juan Martínez de la Vega, Notario.
1603.-Inquisidores, Licenciado D. Pedro de Camino, y Dr. D. Pedro Hurtado de
Gavi- ria; Alguacil Mayor, D. Diego Sarmiento; Juan Martínez de la Vega,
Notario; Alonso Redondo, Portero. 1611.-Inquisidor, Licenciado D. Pedro Hurtado
de Gaviria; Fiscal, D. Juan Franco de Monroy; Receptor, Lorenzo de Zurita;
Nuncio Pablo de Quintana; Secretarios, Gaspar Álvarez de Miranda, y el
Licenciado Portilla. 1613.-Inquisidores, D. Juan Francisco de Monroy y
Licenciado Gonzalo Messia Lobo; Fiscal, Licenciado Gabriel Martínez; Alguacil
Mayor, D. Pedro Sarmientos Recepto Lorenzo de Zurita; Contador Cristóbal
Cachupin; Alcaide, Bartolomé Martínez; Nuncio, Pablo de Quintana; Notario,
Bernardino de Zerpa; y Secretarios, Gaspar Alvarez de Miranda y el Licenciado
Portilla. 1626 -Inquisidores, D. Alonso Rincón, y Licenciado Francisco de
Santalis; Fiscal, Licenciado, D. Galbriel Martínez; Bernardino de Zerpa,
Notario; Cristóbal Cachupin, Contador; Francisco de Salazar, Alcaide; Pablo de
Quintana, Nuncio; Bartolomé Juan Portero. 1629.-Inquisidores, Dr. D. Juan
Escobar del Cerro; Visitador, Licenciado D. Alonso del Rincón y D. Gabriel Martínez
Pastor; Licenciado D. Francisco Manso Dávila, Fiscal; Hernando del Castillo
Olivares, Alguacil Mayor; Licenciado D. Pedro de la Portilla y Gaspar Alvarez de
Miranda, Secretarios; Bernardino de Zerpa, Notario, D. Cristóbal Cachupin
Contador; Francisco Salazar, Alcaide; Pablo de Quintana, Nuncio; y Bartolomé
Xuarez, portero. 1633.-Inquisidores, D, Francisco Manso de Ávila. y D.Francisco
Valero de Molina; Fiscal, Licenciado D. Francisco Mesia de Frías y Salazar;
Alguacil Mayor, D. Diego Sarmiento de Ayala y Rojas; Secretarios, Lorenzo de
Aguilera y Gaspar Álvarez de Miranda. 1643.-Inquisidores, Licenciado D.
Francisco Manso de Ávila, Licenciado D. Francisco Mesia de Frías y Salazar, y
Dr. D. Diego Vázquez Botello, Fiscal, el Licenciado Rodrigo de Zúñiga y
Sotomayor; Receptor, José. Espínola Canino; Secretario, Lorenzo de Aguilera;
Contador, Miguel de Collado y Samartin; Portero, Pedro Vázquez
Guerrero. 1649.-Inquisidores: Licenciado D. Francisco Mesia de Frías y
Salazar, y Licenciado D. Diego Vázquez Romero; Licenciado D. Rodrigo de Zañiga,
Fiscal; Receptor, José Espínola. Cunino, y Secretario Lorenzo de Aguilera.
1652.-Inquisidores, Licenciados D. Francisco Mesia de Frias y Salazar, y D. José
Badurán de Osinalde; Fiscal, Licenciado D. Gerónimo de Angulo y Figueroa;
Notario, D. José Espínola Canino; Portero, Bartolomé Xuarez; Secretario,
Miguel de Collado Samartin. 1669.-lnquisidores: Licenciado D. Francisco Mesia de
Frías y Salazar, y Dr. D. Fran- cisco Porteros de la Vega; Fiscal, D. Pedro de
Nieva y Cuenca; Contador, Licenciado D. Juan de Cabrejas; Miguel de Collado
Samartin, que hace de Alguacil Mayor; D. Luís de Ascanio, Receptor; Licenciado
D. Bartolomé Estacio, Notario; Simón Rivero, Alcaide; y Licenciado D. Miguel
Xuarez de Miranda, Secretario. 1673.-Inquisidores, Doctores D. Francisco
Porteros de la Vega, y D. Pedro de Nieva y Cuenca, Fiscal, Licenciado D. Jacinto
Venegas y Figueroa; Alguacil Mayor, D. Miguel de Collado Samartin; Secretario,
D. Manuel de Cevallos; Contador, D. Juan Cabrejas; D. Bartolomé Estacio,
Notario de Secuestros; Simón Rivero, Alcaide; y Juan Naranjo, Nuncio. 1676.-lnquisidores,
Doctores, D. Pedro de Nieva y Cuenca y D. Jacinto Venegas y Figueroa; Fiscal,
Dr. Miguel de Medrano; Secretario, D. Manuel de Cevallos; Contador, D. Juan de
Cabrejas; Simón Rivero y Juan Naranjo, Alcaide y Nuncio. 1685.-Inquisidores:
Licenciados, D. Jacinto Venegas y Figueroa y D. Francisco Álvarez de Lugo;
Fiscal Dr. D. Alfonso Rosado; Notario de Secuestros, D. Simón Jorge Perera;
Alcaide de las Cárceles secretas Simón Rivero; D. Juan Naranjo, Nuncio; D.
Francisco Pineda, Portero; D. Diego de Madrigal y Valdés, Secretario.
1689.-Inquisidores: Licenciado D. Francisco Álvarez de Lugo y Dr. D. Andrés
Romero Suárez Calderín; Fiscal, D. Pedro de Soto; Alguacil Mayor, D. Pedro de
Alvarado y Orellana; Receptor, D. Luís de Ascanio; Alcaide, Simón Rivero;
Nuncio, D. Juan Naranjo; Portero, D. Francisco de Pilleda; Secretarios, D. Diego
de Madrigal y D. Diego Francisco de Carbajal. 1705.- Inquisidores: Dr. D.
Bartolomé Benítez de Lugo y Licenciado D. Juan Corbacho; Alguacil Mayor, D
Pedro de Alvarado y Orellana; Secretarios, D. Diego Francisco de Carbajal y D.
Juan del Saz; Receptor y Alcaide, Simón Rivero; D. Simón Jorge Perera, Notario
de Secuestros; D. Pedro Tomás Ritmos, Contador; D. Bartolomé Lesur de la
Torre: Nuncio; y D. Pedro Hernández Lozano, Portero. 1713.-Inquisidores:
Licenciado D. Juan Corbacho, y Licenciado D. Baltazár Manuel Villarejo y Ramírez;
Fiscal, D. Bernardo Miguel de Quiros; Alguacil Mayor, D. Pedro de Alvarado y
Orellana; Receptor, D. Jacinto Falcón y Valdez; Notario de Secuestros, D. Simón
Jorge Perera; Nuncio. D Bartolomé Lesur de la Torre; Portero. D. Pedro Hernández
Lozano; Secretarios. D. Diego Francisco Carbajal y D. Juan del Saz.
1715.-Inquisidor: D. Diego Fermín de Bulanza; y Fiscal D. Juan García de la
Yedra; Alguacil Mayor, D. Pedro de Alvarado y Orellana; Receptor, D. Jacinto
Falcón y Valdez; Notario de Secuestros, D. Simón Jorge Perera; Nuncio, D.
Bartolomé Lesur de la Torre;
Secretarios, D. Diego Francisco de Carbaja1 y D. Juan del Saz.
1721.-Inquisidores: Licenciado D. Juan Eusebia de Campomanes Omaña, y
Licenciado D. Manuel Guemez de Orcacitas; Fiscal, D. Diego Francisco de
Carvajal; Alguacil Mayor. D. Pedro Alvarado Orellana; Receptor, D. Jacinto Falcón
y Valdez; Notario de Secuestros, D. Simón Jorge Perera; Contador, D. Pedro Tomás
Ramos Bravo y Wandames; Nuncio, D. Bartolomé Lesur de la Torre; Portero, D.
Diego Naranjo; Secretario, D. Juan del Saz.
1729.-Inquisidores: Licenciado D. Manuel Guemez de Orcacitas y Licenciado
D. Juan Bautista Rodríguez de Burnaga; Alguacil Mayor, D. Pedro de Alvarado y
Orellama, D. Juan del Saz y D. Francisco Antonio Texera, Secretarios; D. Domingo
Ramos Bravo, Contador; D. Francisco Naranjo, Alcaide de las Cárceles secretas;
D. Bartolomé Lesur de la Torre, Receptor y Nuncio. 1734.-Inquisidores: Dr. D.
Juan Baltazar de Lozaysa y Chaves, Licenciado D. Pedro Ramírez Villalón, y
Licenciado D. Gabriel Morgado y Chaves; Alguacil Mayor, D. Pedro Alvarado y
Orellana; D. Domingo Ramos Bravo, Contador; D. Juan de Abudia, Receptor: D.
Francisco Monzón, Nuncio; D. Juan de la Cueva, Portero; D. Juan del Saz y D.
Melchor de Castroviejo, Secretarios. 1740.-Licenciado D. Felipe Muñoz, y D.
Francisco Solano Sta. Cotoma, Inquisidores; D. Juan del Saz, que hace de
Alguacil Mayor; D. Juan Naranjo, Receptor; D. Domingo Ramos Bravo, Contador; D.
Francisco Monzón, Nuncio; D. Fernando Pérez y D. Melchor de Castroviejo,
Secretarios. 1745.-Inquisidores, Licenciado D. José de Otero y Coris, y D.
Francisco Solano y Santa Coloma; D. Juan del Suz Alguacil Mayor interino; D.
Gabriel Vazquez de Arce, Fiscal; D. Domingo Ramos Bravo, Contador; D. Juan
Naranjo, Receptor; D. Francisco Monzón, Nuncio; D. Fernando. Pérez,
Secretario. 1755.-Inquisidores, Dr. D. Juan Guerrero y Berrio, y Dr. D. Bernardo
Loygorri y Virto; Alguacil Mayor, D. Baltazar de Llerena, Contador, D. Domingo
Ramos Bravo; Receptor, D. Juan Naranjo de Quintana; Nuncio, D. Dionisio Treviño;
Secretario, D. Fernando Pérez. 1758.-Inquisidores, Dr. D. Bernardo Loygorri y
Virto, y Licenciado D. José Domingo Martínez de Hermosa; Alguacil Mayor, D.
Baltazar de Llarena; Contador, D. Manuel del Río y Loreto; Nuncio, D. Dionisio
Treviño y Frías; Portero, D. Antonio Suárez Naranjo; Receptor D. Juan
Naranjo; Secretario, D. Fernando Pérez. 1764.-Inquisidores, D. Juan Martínez
Nubla, y Licenciado D. Agustín Cevallos y la Riva, Alguacil Mayor, D. Baltazar
Llarena; Contador, D. Manuel del Río y Loreto, Depositario, D. José Gabriel
Russell; Alcaide, D. Antonio Suárez Naranjo; Nuncio, D. Dionisio Treviño y Frías;
Secretario, D. Fernando Peláez. 1770.-Inquisidor: Licenciado D. Agustín Ceba
llos y la Riva; Fiscal, Licenciado D. Alfonso Molina y Santaella; Alguacil Mayor
D. Baltazar de Llarena; Contador, D. Manuel del Río y Loreto; Nuncio, D.
Dionisio Treviño de Frías; Depositario, D. José Gabríel Russell;
Secretarios, D. Fernando Pérez y D. Manuel de Retolaza. 1773.-Inquisidor,
Licenciado D, Alfonso de Molina y Santaella; Fiscal, D. Bruno de Haro y Salazar;
Alguacil Mayor, D. Baltasar de
Llarena; Depositario, D. José Gabriel Rusel; Secretarios, D. Fernando Pérez y
D. Manuel de Retolaza. 1775.-Inquisidor, Licenciado D. Alonso de Molina y
Santaella; y D. Bruno Antonio de Haro y Salazar; Fiscal, D. Gregorio Faustino de
Bolaños; Alguacil Mayor, D. Baltasar de Llarena; Nuncio, D. Dionisio Treviño;
Alcaide, D. Antonio Suárez; Portero, D. Juan Rodríguez de las Llagas;
Secretario, D. Manuel de Retolaza. 1778.-Inquisidores; D. Gregorio Faustino de
Bolaños, y Dr. D. Fernando García de la Prada; Alguacil Mayor, D. Baltazar de
Llarena; Nuncio, D Dionisio Treviño; Secretario de Secuestros, D.
Antonio Agustín de Padilla; Alcaide, D. Juan Rodríguez de las Llagas;
Secretario, D. Manuel de Retolaza. 1780.-Inquisidores, Dr. D. Fernando García
de la Prada, y Licenciado D. Antonio de Mota; Secretarios, D. Dionisio Treviño,
y D. Manuel de Retolaza; Alcaide, D. Tomás Suárez Navarro; Portero, D. Juan
Rodríguez de las Llegas. 1784.-Inquisidores, Licenciado D. Antonio Maria de
Galarza y D. Cándido Toribio de Alarilla; Secretario de Secuestros, D. Juan
Rodríguez de la Vega; D. Tomás Suárez Navarro, Portero; Secretario de
Secreto, D. Manuel de Retolaza. 1788.-Inquisidores, Licenciado D. Cándido
Toribio de Alarilla, y Doctor D. Francisco Javier Sains de Escalera; Secretarios
D. Manuel de Retolaza y D. Dionisio Treviño y Frias; Secretario de Secuestros,
D. Juan Rodríguez de la Vega; Alcaide, D. Juan Navarro. -.Inquisidores,
Licenciado D. Cándido Toribio de Alorilla, y Doctor D. José Francisco Borbujo
y Rivas; Secretarios, D. Dionicio Treviño y D. Manuel de Retoloza; Receptor, D.
Domingo Galdos; Alcaide, D. Juan Navarro. 1803.-Inquisidores,
Dr. D. José Francisco Borbujo y Rivas, y D. Antonio Fernando Echanove;
Receptor, D. Domingo Galdos; Secretario de Secretos, D. Pedro de Retolaza;
Alcaide, D. Juan Navarro; Secretario, Fray Luís Vázquez de Figueroa.
1819.- Inquisidor, Dr. D. Ramón Gregório Gómez; Secretario; D. José
de Acosta.
De
los quemados, reconciliados y penitenciados por la inquisición española en
Canarias desde su instalación hasta su extinción, fueron: Quemados en persona.
11. Quemados en estatua 107. Reconciliados. 498. Penitenciados. 1647. Totales
2263. (Agustín Millares; 1981)
* Guayre
Adarguma Anez Ram n Yghasen.
Junio de
2008.