EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

 

PERIODO COLONIAL 1501-1600

DÉCADA 1501-1510

CAPITULO VI (VII)

 

 Guayre Adarguma*  

   

1505 Octubre 5. 1.654-59.-Gonzalo Muñoz, conquistador. Toda la t. de pan llevar que sobra sacadas 300 f . que di a Bartolomé Benites mi sobrino, desde la Rambla del Ahorcado hasta el barranquillo de las Montañetas de Acentejo, del camino real hasta la mar, alinda con el barranco Hondo que parte las tierras de los condobeses y las de B. Benites y de vos G. Muñoz. El Adelantado. 5-X-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Octubre 19. 724-3.-Rodrigo el Coxo, Hernando de León. 2 c. de ta. de s. a las espaldas de otra del Coxo, «hazia Higan el charco». 19-X-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV).

 

1505 Noviembre 2. Las incursiones de los señores de Canarias en la vecina costa del continente, iniciadas por don Diego García de Berrera y proseguidas sin interrupción a todo lo largo del siglo XVI, tuvieron casi siempre como único incentivo el asalto a los aduares berberiscos para cautivar moros, que luego eran distribuidos en las islas de Lanzarote y Fuerteventura para repoblar y cultivar las tierras yermas de sus señores o vendidos como esclavos en las islas restantes para utilizarlos en los más duros trabajos. Estas entradas tuvieron su consagración legal en 1505, año en que la reina doña Juana, por su Cédula de 2 de noviembre, comunicaba al Almirante mayor de la mar cómo había mandado "para el servicio de Dios y engrandecimiento de la fe catolica hacer guerra contra los moros", dando licencia y facultad a todos los vecinos y moradores de las Islas Canarias para que pudiesen saltear a dichos enemigos sin otra condición que lo hiciesen "allende desde Rio de Oro, arriba hacia la parte de la Meca , y contando desde el dicho Rio de Oro abaxo hacia la parte de Guinea no puedan saltear".

 

Concedía la Reina a los colonos criollos como premio las presas que hiciesen, reservándose tan sólo el quinto que correspondía por costumbre inmemorial a la Corona. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

 

1505 Noviembre 4. En Eguerew n Chinech (La Laguna-Tenerife) Doña Catalina Fernández, guanche, hace testamento a favor de su sobrino Andrés de Güímar para que con el producto de la herencia compre su libertad.

 

Andrés de Güímar de Llerena, considerado "príncipe guanche", "hijo o parte muy cercana del mencey de Güímar Añaterve" o "guanche principal del bando de su apellido", este conocido guanche fue esclavo de guerra, pese a pertenecer a uno de los reinos de paces; pasó a la propiedad y servicio del regidor don Fernando de Llarena, cuyo apellido tomó, por lo que fue conocido indistintamente con ambos nombres. Su tía, doña Catalina Fernández, que tenía regular fortuna en tierras y casas en la Ciudad, lo dejó por su heredero, según testamento otorgado ante don Sebastián Páez el 4 de noviembre de 1505, precisamente para que con el producto de la herencia se "ahorrase", y nombró albacea al propio don Fernando de Llarena. Las relaciones entre éste y su antiguo esclavo continuaron siendo buenas, ya que don Andrés le dio poder al regidor el 2 de septiembre de 1510 para resolver sus pleitos y cobrar sus deudas. La personalidad de don Andrés de Güímar o de Llarena es interesante. Perseguido por el Adelantado, que sin duda continuaba considerándolo presa de buena guerra, probablemente porque fuese alguno de los que de su bando se alzaron y siguieron a los que defendieron la independencia de la isla; probablemente fue esclavizado de nuevo por Lugo, por lo que al tomar don Lope de Sosa la residencia al Adelantado don Andrés se querelló en su contra, reclamando el pago de quince años al servicio de éste, por lo que Lugo fue condenado al pago de 50.000 maravedís, en que se había tasado "el rescate e premio e todo lo demás que diz que perdiste en ganar"; don Alonso apeló la sentencia y, tras una Cédula de emplazamiento a don Andrés de Güímar para que se personase en la apelación, fechada a 9 de diciembre de 1508, sabemos que el 7 de junio de 1511 1a Reina doña Juana ordenó su libertad.

 

No obstante, continuó defendiéndose del Adelantado y defendiendo a los de su raza, y para evitar las represalias de éste, hubo de solicitar a los Reyes cartas de seguro, que logró obtener en abril de 1515, una por si y en nombre de los guanches de la isla contra las medidas del Adelantado, que les prohibía llevar armas y les obligaba a ir a la ciudad con gran perjuicio para sus bienes; otra por la que se ordenaba a don Alonso que pagase a aquél el resto de los maravedís que le debía, como consecuencia del pleito que habían sostenido, en el que el Gobernador había sido condenado; y la tercera, porque "se teme que por odio e enemistad e malquerencia que con él han e tienen don Alonso Fernández de Lugo e sus parientes e omes e criados (...) le ferirán o matarán o lisiarán o perderán o le tomarán o ocuparán sus bienes contra toda razón e derecho (...)", por ello pidió y le dieron carta de seguro. Aún tuvo arrestos y gallardía suficientes don Andrés para quejarse a doña Juana de la conducta del Adelantado con los de su raza, pues "por mala voluntad les hace muchos agravios, especialmente que por ser guanches los quiere mal y los echa de la tierra ", a lo que dio satisfacción la Reina expresando, en Real Cédula, que en adelante no quería que se motivara queja alguna de un guanche. Otorgó testamento el 4 de septiembre de 1527 ante don Alonso Gutiérrez, cuando iba a ir con el segundo Adelantado a Berbería, en cuya expedición probablemente perdió la vida, pues el 12 de octubre de 1528 su viuda solicitó, ante el escribano don Antón de Vallejo, la tutela de sus hijos Catalina y Andrés, y dio poder a don Marcos Pérez, el mayor de los que había tenido de su primer matrimonio con don Pedro de Adeje, para que defendiera sus intereses. Doña María de Lugo testó en Buenavista el 16 de octubre de 1530, ante el escribano don Rodrigo Fernández. Don Andrés tuvo con doña María cuatro hijos: don Diego de Llerena; doña María Díaz,  que casó con don Juan Gaspar, hijo de don Gaspar Ferrnández y de doña Catalina Francisca, guanches acomodados que ya hemos mencionado, con numerosa descendencia; don Andrés de Llerena, que casó con doña Margarita González, de los que nos ocupamos en otro texto; y doña Catalina de Lugo; de ellos, el primero y la cuarta debieron morir jóvenes.

 

Hijo de don Bartolomé Hernández y de doña Catalina Luis Sardo; nieto de don Bartolomé Hernández Criador "el Hidalgo" y de doña Ximona de Armas; bisnieto de don Juan Delgado Bensa, primo del mencey de Adeje, y de doña Juana Hernández Carujama (o Catalina Pérez Carujama). Fueron sus hijos: el capitán don Juan Delgado, vecino de Fasnia, donde casó con doña Bárbara González, origen de la ilustre familia sureña Delgado- Trinidad; el capitán don Gonzalo Delgado Llarena (1625-1706), esposo de doña Florentina Verde; el ayudante don Fernando de Baute, que casó con doña Águeda de Monguía; don Bartolomé Delgado Llarena (1629-1683), presbítero y beneficiado de Adeje; Sor Catalina de San Juan Delgado y Sor Margarita de la Encarnación Delgado , monjas clarisas.

 

1505 Noviembre 17. 1.858-23.-Miguel Manriques, vo. 40 f . de s. en las sobras que tiene Juan de Ortega y Sabastián Paes, que son en la montaña encima de las ts. de Forna, encima de la fuente. El Adelantado. 17-XI-1505.

 

1505 Noviembre 19. 741-22.-Juan Biscayno. Un pedazo de tao de 3 f . al cabo del lomo de Aguymar, junto con las cuevas q. vos di y el asiento donde están las cuevas para colmenas. 19-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV) (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Octubre 20. 92-7.-Bartolomé Benítez, va e conquistador. Unas tas. de r. q. ove dado a Amorós por quanto él se fue desta isla. 20-X-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Octubre 22. 651-51.-Alo López. 2 f . en Ycoden para viña de r. en las cabezadas de Pedro García y Rodrigo Alvarez, las cuales vos dieron sin mi mandamiento Fernando el Negro e Juan Moreno. 22-X-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 1 36.- Axenxo Gomes. Dos manaderos de agua q. son en Tegeste (sic) encima de una casa vuestra al pie de la fortaleza de Tegina. 10-XI-1505. Digo q. vos lo do. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

 

1505 Noviembre 2. En el reinado en la metrópoli de Felipe II la piratería evoluciona hacia nuevas formas, adaptándose a las circunstancias y al medio ambiente. La organización de las flotas y armadas de guarda, artilladas y protegidas fuertemente, hizo imposible el ataque a las mismas en ruta por armadillas en corso, mucho más débiles e impotentes. Con ello las Canarias, de guarida de piratas, de estación de espera de los galeones indíanos, pasaron a ser puntos de tránsito con América, que muchas veces convenía soslayar por el peligro de tropezar con alguna flota española en viaje de ida o de retorno de las Indias.

 

Además, estas medidas de seguridad adoptadas por las autoridades españolas obligó al corso a entrar en su segunda fase: agotada la mina de oro, el fácíl asalto al galeón en ruta, otra nueva mina no menos lucrativa, aparecía como fácil de explotar a los piratas: el comercio clandestino.

 

Lo empezaron los mismos franceses conduciendo hierros, paños y bujería, que cambiaban por cueros crudos, azúcar, brasil u otros productos de la tierra; y lo siguieron los polrtugueses e ingleses, llevando negros de Guinea, solicitados por los mineros y agricultores, y productos de la industria de sus respectivos países. Además, siendo este comercio beneficioso para las dos partes contratantes (tolerado o no por los oficiales reales) se hizo tanto más incitante cuanto más se reducía la expedición de las flotas, insuficientes para surtir de artículos de primera necesidad a los españoles esparcidos en el continente nuevo y en las islas adyacentes.

 

Por otra parte, la política iniciada por Felipe II, siendo príncipe y gobernador de los Estados de su padre durante las largas ausencias del Emperador, de afianzar el poderío militar del Archipiélago con la edificación de fortalezas y baluartes, y la organización militar dada al paisanaje encuadrándolo en las milicias, tuvo feliz remate en su largo reinado, al final del cual las islas pudieron hacer frente victoriosas, a potentes escuadras que intentaron atacarlas. Porque esta es la nota característica del reinado: los ataques constantes, sistemáticos, por navíos aislados o pequeñas escuadras desaparecen para dar paso a los de potentes formaciones que, una veces en ruta para América y otras con el exclusivo objeto de atacar o invadir el Archipiélago, se detienen delante de sus costas.

 

Otra de las notas peculiares del reinado es la disminución y hasta pudiéramos decir casi extinción de la piratería francesa en los últimos lustros del mismo frente a los sistemáticos ataques de los tiempos del Emperador. ¿Causas de ello? En primer término la descomposición interna de la nación francesa y la debilitación consiguiente en que la sumió las cruentas e interminables guerras de religión entre católicos y hugonotes, que abarcaron gran parte del reinado de Felipe II. En segundo término organizaban en las mayores.

 

La misma Corona fomentó esta política, espiritual, comercial, expansiva y utilitaria a un tiempo, dando legalidad a las incursiones y recomendando por la Real cédula de 2 de noviembre de 1505, para el servicio de Dios y engrandecimiento de la fe católica, hacer guerra contra los moros en todas las tierras de su Imperio. Los colonos vecinos de las Canarias quedaban autorizados para saltear a dichos enemigos ("allende desde el Río de Oro, arriba; hacia la parte de la Meca , y contando [que] desde el dicho Rio de Oro abaxo hacia la parte de Guinea no puedan saltear"), beneficiándose de paso con todas las presas, sin más reserva que los quintos de la Corona.

 

Las expediciones a las costas del continente las inicia don Diego García de Herrera, señor de las Canarias, a mediados del siglo xvi quien unas veces solo y otras en compañía de su yerno Diego da Silva, efectuaron diversas entradas en la parte de continente vecina a las islas, en las que acreditaron ambos su valor y pericia militar como saqueadores.

 

Para más asegurar estos primeros resultados, decidió Herrera edificar una construcción militar que le sirviese de punto de apoyo y cabeza de puente para sus correrías, y escogiendo un lugar todavía ignorado con absoluta precisión, pues se disputan su asiento Puerto Cansado, Ifni y el cabo de Aguer, cimentó en él una torre a la que bautizó con el nombre de Santa Cruz de Mar Pequeña. Sucedía esto, con toda posibilidad, en 1476. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

 

1505 Noviembre 2. Salamanca. Licencia a los vecinos de las islas de Canaria ya los demás vasallos del Reino, para que puedan saltear a los moros desde el Río de Oro hasta Meza, confirmándoles la propiedad de los bienes que obtuvieren en dichas cabalgadas, con tal que paguen el quinto real. Se prohibe, en cambio, saltear desde el Río de Oro hasta Guinea. El Rey. Grizio. Zapata. Tello. Muxica. Santiago. Polanco. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 2. La reina de Castilla Dña. Juana. (Juana la loca) concede autorización a los colonos europeos establecidos en la colonia de Canarias para saquear y esclavizar en el continente. Según recoge el historiador D. Agustín Millares Torres en su “Historia de la Inquisición ”:  “Después de invadidas conquistadas las Islas, fueron pobladas por diferentes razas, que conviene conocer, si queremos comprender mejor, la acción que luego vino á ejercer sobre ellas el régimen inquisitorial.

 

La raza conquistadora, dominando en cada una de las siete islas, se compuso en su principio, respecto de las cuatro primeramente invadidas, por piratas y aventureros normandos y andaluces, hombres groseros en su mayor parte, dedicados al rudo ejercicio de las armas, y que, al fijarse en el país, explotaron como único elemento de riqueza el comercio de esclavos, arrancando en masa de sus hogares á la población indígena, y llevándolos á los mercados de Lisboa y Sevilla donde obtenían, vendiéndola, una considerable ganancia.

 

Cuando faltaron brazos para labrar la tierra y cuidar los ganados, estos mismos aventureros, incapaces de obtener del suelo la riqueza que ambicionaban, se lanzaron como aves de rapiña sobre las vecinas costas africanas, y principiaron esa guerra de sorpresas y sangrientas escaramuzas, que, si bien les proporcionó algunos esclavos, dió lugar más  adelante, por parte de los Berberiscos, terribles represalias, de que fueron con frecuencia víctimas, las indefensas costas de Titoreygatra (Lanzarote) y Erbania (Fuerteventura).

 

Tenemos, pues, desde el siglo XV, una población compuesta de indígenas, europeos, y moriscos, con usos y costumbres diversos.

 

La tres islas principales, como favorecidas por la naturaleza con un suelo más fértil, aguas más abundantes, y más extensos recursos, se vieron pobladas, con pocas excepciones, por los mismos que los conquistaron, fijándose en ellas los jefes y soldados, y obteniendo, según su clase y grado, un reparto de tierras, agua, y esclavos indígenas, que les permitió desde luego disfrutar de cierta comodidad relativa.

 

También en ellas, el “cáncer" de la esclavitud, vino á dar sus tristes frutos. Eran esclavos, no solo aquellos que por su diferencia de color, parecían estar destinados á una perpetua inferioridad social, sino los que, de tan pura raza como la española, beréberes de origen, habitantes del Atlas, ó de las montañosas islas, habían sido prisioneros, por los azares de la guerra.

 

Con frecuencia leemos en los documentos de aquella época, y en los de años posteriores, la donación, legado ó declaración de cierto número de esclavos de que disponían, con 1o de un mueble cualquiera, siendo el alto clero, como más rico, el que más siervos tenía. Por ejemplo: El criollo (nieto de una mujer guanche) y clérigo de la secta católica Bartolomé Cairasco de Figueroa, uno de los más ilustre literatos de su tiempo en la colonia,  en su testamento fechado en 1610 se puede leer esta cláusula “Iten dejo por mis esclavos cautivos a Catalina, negra y a Gaspar su hijo”.

 

Hacíase distinción, al hablar de ellos, entre moriscos, negros y canarios, siendo, por lo tanto, de tres diferentes razas, los que estaban destinados perpetuamente á morir con sus familias en vergonzosa esclavitud.

 

Y no se crea que esto pasaba solo en el siglo XVI, cuando el país, acabado de invadir y conquistar, y escaso de población europea, buscaba brazos, que rompieran sus espesos bosques y agrestes valles, en el siglo XVII, siglo de más holganza y bienestar, 1os buques acudían á los puertos de las Islas, cargados de esclavos, y allí se vendían públicamente, bajo la protección de las autoridades coloniales, que eran las primeras que se disputaban la mercancía. (A. Millares Torres; 1981)

 

1505 Noviembre 2. Exhautas las arcas de la corona de Castilla como casi siempre por las continuas guerras expansionistas, el nefasto rey Fernando de Aragón, gobernador del reino de Castilla como tutor de su hija Juana (Juana la loca), al objeto de sanear sus ingresos recurre al socorrido método del comercio de seres humanos para aumentar sus ingresos económicos, para ello expide real cédula autorizando a los colonos europeos establecidos en la colonia de Canarias el que puedan saquear y esclavizar en el continente, naturalmente en nombre de dios y respetando el quinto correspondiente a la corona de lo saqueado y de los seres humanos esclavizados:

 

“Doña Juana por la gracia de Dios, Reina de Castilla etc. A vos el mi Almirante mayor de la mar, ó a vuestros lugares tenientes, é á vos los Consejos, Justicias é Regidores, Caballeros, é  Escuderos, e Oficiales e homes buenos de todas las Cibdades, villas é lugnres de los mis Reinos é Señorios, é á vos los mis Capitanes é gentes que andais de armada o de mercantia por los puertos é abras de mis Reinos, é á otras cualesquier personas mis súbditos, é naturales de cualquier estado o condicion, preminencia o dignidad que sean, é á cada uno, é á cualquier de vos á quien ésta mi carta fuese mostrada, ó de ella supiedes en cualquier manera, salud é gracia. Sepades que yo, enteddiendo que ansi culuple al desinio de Dios, é á ensalzamiento de nuestra Santa fé católica, he mandado hacer guerra contra los moros é enemigos de nuestra santa fe catolica, é por que para ello con el ayuda de nuestro Señor, entiendo facer el año que viene una grande armada, y entretanto que se face, es mi merced, que por todas las vias é partes que se pueda, se faga y continúe la dicha guerra, mandé dar esta mi corta en la dicha razon, por lo cual doy licencia y facultad á todos los vecinos y moradores de todas las Islas de Canaria, é á todos los otros mis vasallos, súbditos é naturales de cualquier estado ó condición que sean, para que de aqui adelante, en cuanto mi merced y voluntad fuese, puedan saltear á los dichos moros de allende, desde el rio de Oro arriba fácia la parte de Meca, en todas las partes que quisieren, con tanto que desde el dicho rio de Oro abajo, fácia la parte de Guinea, no puedan saltear, é para que todolo que ovieren é tomaren de las dichas cavalgadas sea para ellos, acudiéndome á mi o á quien mi poder oviere, con el quinto de lo que se oviere de las dichas cavalgadas, segun é como las leyes de mis Reinos lo disponen, é por ésta mi carta les fugo ciertos y sanos los bienes, esclavos y otras cualesquier cosas que ovieren, é tomaren de las dichas cavalgadas, para agora y para siempre jamás, como cosa habida y ganada de buena guerra, é mando á vos las mis justicias, é á cada uno de vos en vuestros lugares y jurisdiccion, que guardedes é cumplades todo lo en esta mi carta contenido, é que contra el tenor é forma de ello no vayades ni pasades, ni consintades ir, ni pasar, é por que lo susodicho sea público y notorio á todos, é ninguno de ello pueda pretender ignorancia, mando que esta mi carta sea pregonada publicamente en las dichas Islas de Canaria, por pregonero é ante escribano publico, é los unos ni los otros no fagades ni fagan ende ál por alguna manera, sopena de la mi merced é de diez mil maravedis para la mi Cámara cada uno que lo contrario ficiese. Dada en la Ciudad de Salamanca, á dos dias del mes de noviembre, dia del nascimiento de nuetro Salvador Jesucristo de mil é quinientos é cinco años.- Yo el Rey.-Yo Gaspar de Gricio, secretario de la Reina nuestra Señora, la fice escribir por mándado del Sr. Rey su pudre, como defensor que es é Gobernador destos sus Reinos.-Licent. Zapata.-Hdo. Tello.-Lit. Mujica._Lit. de Santiago -Lit. Polanco.- Registrada.-Lit. Polanco.-Castañeda, Chanciller.”

(Libro de privilegios de Gran Canaria, página 101)

 

1505 Noviembre 2. Exhautas las arcas de la corona de Castilla como casi siempre por las continuas guerras expansionistas, el nefasto rey Fernando de Aragón, gobernador del reino de Castilla como tutor de su hija Juana (Juana la loca), al objeto de sanear sus ingresos recurre al socorrido método del comercio de seres humanos para aumentar sus ingresos económicos, para ello expide real cédula autorizando a los colonos europeos establecidos en la colonia de Canarias el que puedan saquear y esclavizar en el continente, naturalmente en nombre de dios y respetando el quinto correspondiente a la corona de lo saqueado y de los seres humanos esclavizados:

 

“Doña Juana por la gracia de Dios, Reina de Castilla etc. A vos el mi Almirante mayor de la mar, ó a vuestros lugares tenientes, é á vos los Consejos, Justicias é Regidores, Caballeros, é  Escuderos, e Oficiales e homes buenos de todas las Cibdades, villas é lugnres de los mis Reinos é Señorios, é á vos los mis Capitanes é gentes que andais de armada o de mercantia por los puertos é abras de mis Reinos, é á otras cualesquier personas mis súbditos, é naturales de cualquier estado o condicion, preminencia o dignidad que sean, é á cada uno, é á cualquier de vos á quien ésta mi carta fuese mostrada, ó de ella supiedes en cualquier manera, salud é gracia. Sepades que yo, enteddiendo que ansi culuple al desinio de Dios, é á ensalzamiento de nuestra Santa fé católica, he mandado hacer guerra contra los moros é enemigos de nuestra santa fe catolica, é por que para ello con el ayuda de nuestro Señor, entiendo facer el año que viene una grande armada, y entretanto que se face, es mi merced, que por todas las vias é partes que se pueda, se faga y continúe la dicha guerra, mandé dar esta mi corta en la dicha razon, por lo cual doy licencia y facultad á todos los vecinos y moradores de todas las Islas de Canaria, é á todos los otros mis vasallos, súbditos é naturales de cualquier estado ó condición que sean, para que de aqui adelante, en cuanto mi merced y voluntad fuese, puedan saltear á los dichos moros de allende, desde el rio de Oro arriba fácia la parte de Meca, en todas las partes que quisieren, con tanto que desde el dicho rio de Oro abajo, fácia la parte de Guinea, no puedan saltear, é para que todolo que ovieren é tomaren de las dichas cavalgadas sea para ellos, acudiéndome á mi o á quien mi poder oviere, con el quinto de lo que se oviere de las dichas cavalgadas, segun é como las leyes de mis Reinos lo disponen, é por ésta mi carta les fugo ciertos y sanos los bienes, esclavos y otras cualesquier cosas que ovieren, é tomaren de las dichas cavalgadas, para agora y para siempre jamás, como cosa habida y ganada de buena guerra, é mando á vos las mis justicias, é á cada uno de vos en vuestros lugares y jurisdiccion, que guardedes é cumplades todo lo en esta mi carta contenido, é que contra el tenor é forma de ello no vayades ni pasades, ni consintades ir, ni pasar, é por que lo susodicho sea público y notorio á todos, é ninguno de ello pueda pretender ignorancia, mando que esta mi carta sea pregonada publicamente en las dichas Islas de Canaria, por pregonero é ante escribano publico, é los unos ni los otros no fagades ni fagan ende ál por alguna manera, sopena de la mi merced é de diez mil maravedis para la mi Cámara cada uno que lo contrario ficiese. Dada en la Ciudad de Salamanca, á dos dias del mes de noviembre, dia del nascimiento de nuetro Salvador Jesucristo de mil é quinientos é cinco años.- Yo el Rey.-Yo Gaspar de Gricio, secretario de la Reina nuestra Señora, la fice escribir por mándado del Sr. Rey su pudre, como defensor que es é Gobernador destos sus Reinos.-Licent. Zapata.-Hdo. Tello.-Lit. Mujica.-Lit. de Santiago -Lit. Polanco.- Registrada.-Lit. Polanco.-Castañeda, Chanciller.”

(Libro de privilegios de Gran Canaria, página 101)

 

1505 Noviembre 3. Gonzalo de Segura mayordomo del obispo de Tamaránt (Gran Canaria) y señor del  ingenio de Aumastel. Fue denunciado a la Inquisición , el  3/11.1505 por aver sido visto en Semana Santa llevando jubón de terciopelo y saya de palmilla.

 

1505 Noviembre 8. 374-32.-Sancho de Salazar. Un solar en las espaldas de Juan Perdomo en la villa de arriba con 2 f . de ta. de s. en q. podades hacer una viña.  vos do el dho. solar con una f. de sembradura para viña. 8-IX-1505.

 

1505 Noviembre 8. 1.328-26.-Gaspar Gonzales, hijo de Gonzalianes. Tas. para pan llevar, en q. puede haber 6 c., en una lomada q. está encima de las casas q. agora vive vuestro padre, q. se entiende desde los primeros pinos para arriba, entre un barranco donde han aserrado madera e de la otra parte lindando con dos fuentes, q. es contra la parte de otro barranco donde han cortado madera para el ingenio. 8-XI-1505.-20-X-1562 lo presentó Hernando Calderón, vo, por los herederos del dho. G. G. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 9. 278-5.-Dr. Niculás Tello. «yo don Alonso Hernández de Lugo, Adelantado de las islas de Canaria, gobernador de las islas de Tenerife e de San Miguel de la Palma , Capitán general de la Conquista de Bervería por la Reina Na Sa ...doy en repartimiento al doctor Niculás Tello, comendador de Torres y Cañamares, del Consejo de Su Alteza, toda el agua del río q. se llama Chazna, q. es en el reino de Abona, y la ta. q. se pudiere aprovechar de r. en los términos y comarca do es la dha. agua, salvando 8 f . de ta. de r. q. son de mi sobrino Pero Fernandes; con toda la madera y leña q. ovieren menester ...para ingenio como para otras cosas. E así mismo 150 f . de ta. de s. para sembrar de lo más cercano al dho. ingenio ...Fecho en la villa de San Cristóval...» 9-IX-1505. [Debajo en la misma hoja, de otra letra] : Pero Fernandes Señorino. «En siete días del mes de otubre del año de quinientos e dos años [testado] cinco años el Sr. Adelantado don Alo Fernández de Lugo dijo q. en nombre de Su Alteza ...daba e dio en repartimiento e donación a su sobrino P. F. S. 8 f . de ta. de r. en Chasna donde hovo dado al dotor Niculás Tello, del Consejo de Su Alteza, como se faze mención en la data del dho. dotor Tello. Ts. el bachiller Alo de Belmonte e Jácome de Caçaña?» [Sin firma del Adelantado]. . (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 10. Dto. 67-29.-Diego de León, vo., e conquistador desta isla. Dos c. q. es alindes del barranco de entre vos e Fernando Dalcorme (¿Dalterme?] fasta el camino viejo de los cavallos en frente del mocanal de Ycode. 10-XI-l505.

 

1505 Noviembre 10. 66-28.-Juan Gonzales. 100 f . más un c. en Tegeste [sic] q. a por aledaños ...tas. de Axenxo Gomes e un barranconillo q. es facia la villa. Digo q. quanto al s. q. se vos dé 3 c. de ta. y quanto a lo de Tegeste no ha lugar. 10-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 10. 315-42.-Gonzalo Gonzales. Un pedazo de ta. q. puede haber 40 f . en Tegueste, linde Axenxo Gomes y Juan Perdomo, más una poca de agua de un barranco q. está dentrás de la fortaleza de Tegina. Digo cuanto a las tas. q. vos do 2 c., y cuanto a la fuente q. no ha lugar. 10-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 15. 63-25.-Alonso Velasques. Un solar q. es abaxo de la casa e sitio de solar cercado de Fernando de Serrano q. es entre los dos caminos el qual dho. solar vos do para en q. hagáis vuestras casas de vuestra morada de camino a camino en el pago q. dizen Heneto alindando con tas. de vuestro cuñado Francisco de Malpica hasta 100 f . por año y ves. q. digo q. vos do un solar donde no sea dado y ...vos do 50 f . de s. en el dho. lugar. 15-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 15. 64-26.-Juan Franco. Un c. en Taoro linde con Rodrigo el Coxo e más os hago merced del Granadillar q. puede ser 4 f . q. es entre las montañuelas linde con vos el dho. Juan Fraco [sic.] q. digo q. vos do las tas. del Granadillar, sin perjuisio. 15-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I  al IV)

 

1505 Noviembre 15. Salamanca (f. 4). Confirmación al licenciado Luis Alarcón, del Consejo de Ordenes, de ocho caballerías de regadío, con lugar para hacer un ingenio para el azúcar, y doscientas fanegas de secano, medidas según la medida de Gran Canaria, que el adelantado don Alonso Fernández de Lugo, gobernador de Tenerife, le señaló en el Reino de Adeje, en el lugar llamado Ifonche en lengua de Tenerife. El Rey. Grizio. Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 15. Salamanca (f. 393). Incitativa a Gonzalo Gómez de Cervantes, corregidor de Jerez de la Frontera , para que entienda en la petición presentada por Francisco Dávila, guarda mayor de la saca del pan de la provincia de Andalucía, para que se le dé cumplimiento de justicia contra quienes sacaron de Sanlúcar de Barrameda quince cahices de trigo con destino a Gran Canaria, ya que lo hicieron sin su licencia. Episcopus cordubensis. Tello. Santiago. Polanco. Ramírez. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 17. 435-13.-Alonso de Salamanca, Fernando de Molina. 50 f . de s. en un higueral entre Alonso de las Hijas y Francisco Malpica en Heneto con una cueva q. está en el agua de Tegueste a la pasada del camino q. va el valle arriba q. se entiende deste cabo del agua para unas tenerías. 17-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 17. 436-14.-Pedro de Uncilla, viscaíno. 4 f . de r. q. yo hove dado a Alo Quadrado, calafate, por cuanto el dho. ha mucho tiempo q. se fue desta isla y no ha residido y acatando q. vos el dho. P. de U. habéis beneficiado en esta isla muchos edeficios de ennoblecimiento para la dha. isla. 17-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 19. 508-23.-Ximón de Morales, herrador. 100 f . e 4 f . de r. q. digo q. vos do 50 f . de s. y así mesma vos do en Guíma 4 f . de r. 19-11-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1505 Noviembre 20. Salamanca (f. 389). Receptoría para que las justicias de Sevilla reciban los testigos que los canarios Juan de Sevilla y Juan Canario han de presentar en el pleito que siguen con sus dueños, Mosén Cabrero, camarero del rey, y Jaime de Sántángel, escribano de raciones del rey, sobre su libertad. Se ordena que las justicias y escribanos no les lleven derecho alguno, ya que son pobres. Petrus licenciatus. Franciscus Bachalareus. Fernandus Licenciatus. Trillanes. Polanco. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 21. Salamanca (f. 2). Incitativa al gobernador de Gran Canaria, a petición de Francisco de Riberol, vecino de Sevilla, para que le haga justicia en las deudas que con él tienen el adelantado don Alonso Fernández de Lugo y los herederos de doña Beatriz de Bobadilla, ya que teme que no hallará cumplimiento de ellas ni en La Gomera ni en las otras islas donde viven sus deudores. Episcopus cordubensis. Petrus. Muxica. Santiago. Polanco. Ramírez. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 21. Salamanca (f. 3). Orden a Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma , a las justicias de. Tenerife y al reformador de las islas de Canaria, para que den posesión al licenciado Francisco de Vargas, del Consejo y contador real, de unas tierras de regadío para 4.000 arrobas de azúcar, con espacio para un ingenio, de 300 fanegas de secano, y de la tierra para un jardín y una latada de parral de 10.000 cepas, en Taoro, ya que el rey le concedió la hacienda de Blasino Romano, con quien llegó aun acuerdo mediante en cual recibía dichas tierras en Taoro, mientras que Blasino Romano conservaba sus propiedades en el valle de Güímar. El Rey. Grizio. Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981)

 

1505 Noviembre 23. 67-29.-Diego de León, vo. e conquistador desta isla. Dos c. q. es alindes del barranco de entre vos e Fernando Dalcorme [¿Dalterme?] fasta el camino viejo de los cavallos en frente del mocanal de Ycode. 10-XI-1505. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

 

1505 Noviembre 23. 834.-En veynte e tres días del mes de novyenbre del dicho año se pregonaron las dos hordenanças de suso escriptas públicamente en la plaça pública yo, el escrivano del Cabildo, leyendo y Macías, pregonero público, pregonando e las pregonó en alta bos, que se entiende las dos hordenanças que se hordenaron en xvii días deste mes de novienbre del dicho año. Testigos, Cristóval Bezerra, Jayme de Santa fee, Pedro Ysasaga y Leonel de Cervantes y Jorje Váez e otros muchos vecinos estantes en la dicha ysla=Antón de Vallejo, escribano publico. Actas Cabildo de Chinech (Tenerife).

 

 

Septiembre de 2008.

 

*Guayre Adarguma Anez Ram n Yghasen.

 

benchomo@terra.es  

 

Para saber más: logokbehibenchomo.jpg (24851 bytes)