EFEMÉRIDES
DE
UNA
HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO COLONIAL 1501-1600
DÉCADA
1501-1510
CAPÍTULO VII (XI)
1507 Mayo 7.
318-45.-Alfón
de Alcarás. Yo hobe dado a vos ciertas tas. q. son en las cabezadas del valle
q. viene de las tas. de Antón Sánchez, q. Dios haya, fasta arriba encima de la
montaña q. es la parte de Anaga aguas vertientes al valle q. viene de las tas.
de Gonzalo Rodrigues, zapatero, fasta dentro al agua y en el barranco tenéis
puesta e poblada una majada de colmenas; las cuales dhas. tas. yo vos di al
tiempo ...q. puede haber siete o ocho años, confírmolo y q. no entre ninguna
persona en el dho. valle a hacer ninguna abejera; e por cuanto con una ta. q. yo
vos di cabe San Francisco os fice merced de un pozo q. está en ella, vos do
agora de nuevo el dho. pozo con la ta. q. está en derredor dél, enfrente de la
dha. vuestra ta. fasta el camino real q. va por San Francisco.7-V-1507. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1507
Mayo 8. Se reforman las ordenanzas
sobre riegos en Taoro con anuencia del Ayuntamiento de los colonos europeos.
1507
Mayo 10.
632-32.-Bartolomé
Delgado, vo.
631-31.-Benavente.
«Por la presente do lugar a vos B. q. de los 4 c. de ta. q. vos di podáis
vender la mitad». [Casi ilegible]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Mayo 11.
544-12.-Fernand
Tavares, va.
1507
Mayo 12.
797-38.-Martín
Sardo.
1507
Mayo 12.
928-42.-Juan
Rodrigues, zapatero; En un valle de tas. q. se dice Ayizo e Añyzo, donde tienen
tas. los herederos de Gonzalo de Alcántara e F. Díaz e Gonçalo Rodrigues,
zapatero, en las cabezadas dese valle, q. serían asomando a Tohodio
1507
Mayo 13.
543-11.-Fernand
Tavares, vo.
1507
Mayo 14.
820-62.-Fernando
Agroberque, fijo de Fernando Aguaberqo. Un pedazo de ta. de s. encima de tas. de
Juan Perdomo y del risco q. puede haber hasta
1507
Mayo 14.
741.-
fol. 113 r. Cabildo.
Viernes
catorze días del mes de mayo de mil e quynientos e syete años, estando dentro
de las casas de la morada de Pedro de Vergara, alcalde mayor, juntos en Cabildo
el señor Adelantado e Pedro de Vergara, alcalde mayor, e Lope Fernandes e
Fernando de Llerena e Alonso de las Hijas e Fernando de Trogillo e Guillen
Castellano e Sancho de Varagas, regidores, e Juan Perdomo e Gonçalo Rodrígues,
Jurados.
742.-Que
no fagan caxas para açucar.
Ordenaron
e mandaron que por rasón que se traen muchos açúcares a esta villa de San
Cristóval para los enbarcar en el puerto de Santa Cruz, que por quanto está
fecha una ordenança que no se fiziesen caxas para açúcar e porques
noblecimiento desta villa, mandaron que se fagan en esta villa caxas para açúcar
con tal cargo que no sean las dichas caxas que se fizieren de pino ni de palo
blanco y que solamente las dixas caxas se puedan fazer para el açucar que a
esta villa vyniere e de aquí se cargare en el puerto de Santa Cruz, no
enbargante otra qualquier ordenança que en contrario desta esté hecha por el
Cabildo desta ysla. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)
v. I:161)
1507
Mayo 14.
Mesa
y la de Valdés q. es el barranco hondo en Ycode como van a Davte con el agua q.
se puede sacar para las dhas. haciendas. 14-V-1507.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
(Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1507
Mayo 17.
628-28.-Francisco
de Alcabdete. Una agua q. está de aquel cabo del barranco de la Rambla junto
con el otro barranco de Hornera con las tas. q. van de cabo de abajo del camino
fasta a llegar a la montaña de la dha. venta, las cuales vos doy e fago merced
con el agua q. está encima del pino ...con condición q. vos el dho. A seáis
obligado a sacar la dha. agua fasta bajo del dho. camino. 17-V-1507. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1507
Mayo 18.
743.-Renunciación
que fiso Pedro de Vergara del alcaldia e regimiento.
En
diez e ocho días del mes de mayo de mili e quinientos e syete años, sería a
ora de las syete oras del día, poco más o menos tienpo, por presencia de mí
el dicho escrivano e testigos, pareció Pedro de Vergara, alcalde mayor de la
dicha ysla, e dixo: que por quanto él es alcalde mayor e regidor desta ysla que
renunciava e renunció los dichos oficios en manos del señor Adelantado para
que faga del los lo que quisiere por quanto dixo que non los quiere tener ni
usar de oy en adelante e pidiólo por testimonio para guarda e conservación de
su derecho. Testigos que fueron presentes: el señor don Fernando e Juan
Benytes, vezinos de la dicha ysla.
744.-
fol. 113 v.
Recibieron
a Pedro de Vergara oficio de
alguazil mayor.
E
después de lo susodicho, este dicho día estando juntos en Cabildo en las casas
de la morada del dicho Pedro de Vergara, el señor Adelantado e Fernando de
Trogillo e Alonso de las Hijas e Sancho de Varagas e Fernando de Llerena e Guillén
Castellano e Lope Fernandes, regidores, e Juan Perdomo jurado, pareció y
presente Pedro de Vergara e presentó una carta de merced del alguaziladgo que
desta ysla tiene, e pidió e requirió al dicho señor Adelantado e regidores e
jurado que la cunplan segund en ella se contiene y asy conplida lo reciban por
alguazil mayor desta ysla porquél está presto
de fazer la solenidad e solenydades que en tal caso de derecho se requieren.
Yden.
E luego el dicho señor Adelantado e Regimiento obedecieron la dicha merced quel
dicho Pedro de Vergara presentó del dicho alguaziladgo e en cunplimiento della
lo recibieron por alguazil mayor de la dicha ysla segund e en la manera que en
la dicha merced se contiene.
Yden.
E luego fué recibido juramento del dicho Pedro de Vergara sobre la señal de la
cruz segund forma de derecho el quallo fizo e otorgó en sy la jura e en fin
dixo sy juro e amen-, so cargo del qual prometió de tener e guardar e mirar en
el dicho oficio de alguazil mayor ques recibido a servicio de Dios nuestro señor
e de la Reyna nuestra señora e del bien pro comun e utylidad desta ysla e de
guarqar el secreto de la Justicia e de executar los mandamientos que le fueren
dados e de llevar los derechos conforme. a las premátycas de sus Altezas,
segund que más largamente le fué tomado.
Yden.
E luego fecho el dicho juramento el dicho señor Adelantado tomó la vara de la
Justicia en su mano e la dió e entregó al dicho Pedro de Vergara, del
alguaziladgo mayor desta dicha ysla, el qual la recibió en si e fué a executar
ciertos mandamientos que le fueron dados contra ciertos delinquentes.
Yden.
E luego el dicho Pedo de Vergara, alguazil mayor, entró en el dicho Cabildo e
dixo que requería e requirió a los dichos señores Adelantado e regidores e
jurado que conforme a la dicha su merced que le hera fecha del dicho
alguaziladgo e al poder dél dado en ella, que recibía a Juan Benytes por su
lugarteniente de alguazil e reciban dél la solenidad del juramento que en tal
caso de derecho se requiere e asy recibido lo admitan al dicho oficio.
Yden.
E luego el dicho señor Adelantado e regimiento dixeron que estavan prestos de
lo faser e conplir segund en la merced se contenya e mandaron llamar al dicho
Juan Benytes el qual pareció y presente e lo recibieron al dicho oficio de
tenyente de alguazil mayor e recibieron dél juramento de la forma e manera de
su so contenida, el qual fizo el dicho juramento e otorgó en sí la jura so
cargo del qual prometió de haser e conplir lo que le hera mandado bien e
fielmente usarían de los oficios de alcalde mayor e de alguazil que son
encargados segund e como de suso contenidos e asy lo prometieron de haser
e conplir como de su so dicho es, lo qual todo el dicho Pedro de Vergara pidió
por fee e testimonio para guarda e conservacion de su derecho. Testigos que
fueron presentes, el bachiller Juan Riquel e el bachiller Alonso de las Casas e
el bachiller Nuño Rodrigues, vezinos de la dicha ysla. (Acuerdos Cabildo
colonial de Chinech (Tenerife) v.
I:161)
1507
Mayo 19. Una real carta en la que se
atiende la queja de Alarcón que dice que los ganados le destruyen las labores
de cañas y acequias que tiene comenzadas en el valle de Afore. El Rey mandó
informarse del Maestrescuela de Canarias y de Garcia de Llerena, regidor de Gran
Canaria, que se hallaban en la corte. Burgos, 14 de diciembre de 1506. En su
consecuencia el alcalde mayor da mandamiento contra Juan Navarro, Juan de Güímar y Miguel, sus pastores y otros cualesquier pastores
y guanches que andan en el valle de
Afore y su comarca, a los que acusa la parte del Ldo. Alarcón de dichos daños
y más haber ocupado una cueva y destruído un camino que había hecho desde el
valle de Afore a Taganana, ordenándoles que dentro de tres días salgan de la
dicha cueva y de todo el dicho valle y media legua a la redonda. Fecha en 19 de
mayo de 1507.=Pedro de Vergara. En 28 de mayo fué notificado a Juan de Güímad y a Catalina, su mujer y a Miguel. Testigos,
Fernando Gallego, Diego Hernández Cañamero, Cristóbal Sánchez y yo García
Rodríguez, que fuí por alguazil, por mandado del señor Alcalde. Los
susodichos respondieron que, desembarazando los quesos, se irían del valle.
García Rodríguez] (Arch. MI. La laguna.)
1507
Mayo 28.
745.-Cabildo.
Vyernes
veynte e ocho días del mes de mayo de mill e quynientos e syete años, estando
dentro de las casas de la morada de Pedro de Vergara, juntos en Cabildo los señores
teniente Bartolomé Benytes e Pedro de Vergara, alcalde mayor, e Fernando de
Trogillo e Lope Fernandes e Guillén Castellano e Fernando de Llerena e Alonso
de las Hijas, regidores, e Juan Perdomo, jurado, e Juan Benytes, alguazil mayor.
746.-Que
los puercos que comieren rastrojos non salgan dellos.
Ordenaron
e mandaron que porque este año es estéril de pasto e sy sobreseo no se
proveyese, la boyada desta yslá recibiría mucho daño, que los puercos que
comyeren los rastrojos en Heneto que non salgan del tal rastrojo que comyeren
fasta que ayan comydo la espiga; e que en acabando de comer la dicha espiga
salgan los dichos puercos de los dichos rastrojos e se vayan a los hechales,
por manera que toda la paja e pasto de Heneto quede para las reses
vacunas e que entren desde las cuevas de Alonso de las Hijas, que son en el
barranco Tinzar, e desde allí por el camino de
tes
fasta en derecho de las montañas de Taco; e que non lo quebranten so las penas
en las hordenanças antes desta contenidas.
747.-
fol. 115 r. Quel azeyte se mida por la medida desta ysla.
Otrosy
ordenaron e mandaron que ningund mercador de los que oy día están en esta ysla
y de los que de aquí adelante vynieren a recatón, que non vendan ningund
azeyte por la medida que lo traxeren de Castilla, salvo por la medida desta
ysla, y que vaya a los deputados que fueren puestos por el Cabildo desta ysla,
los quales le pornán el precio del azeyte segund huere el azeyte y segund el
tienpo fuere, so pena que la persona que de otra manera vendiere el dicho azeyte
que lo pierda, la tercia parte para la persona que acusare e los otros dos
tercios para los propios desta ysla e so pena de seys cientos mrs. para los
propios los dos tercios, e el otro tercio para el acusador. Va escrito entre
renglones do diz recatón. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)
v. I:162)
1507
Mayo 30.
748.
-Pregón.
En
domingo treynta días de mayo de Mdvii años fueron pregonadas las ordenanças
de suso contenidas, quel Cabildo pasado se fizieron, por Lope Macías,
pregonero, en la plaça pública, en faz de mucha gente. (Acuerdos Cabildo
colonial de Chinech (Tenerife) v.
I:162)
1507
Mayo 30. EI pregón de 30 de mayo de
1507, contiene:
Otra
prohibición de sacar madera de la isla, la cual saca se cierra para sienpre jamás...
Que
los maestros que faz en carretas en esta ysla no las fagan de palos verdes,
salvo de madera que esté cortada, primero que la dicha carreta faga seys meses,
por manera que esté enjuta e bien curada e las dichas carretas sean bien
fechas...
Que
se guarde « la ley que está fecha sobre el cortar de los pinos para facer
pez..
«Que
los vesinos e honbres casados o fijos de vesinos... que tovieren vestías e
cavallos para traer cargas asy del puerto de Santa Cruz como de otras partes,
que solamente estos puedan usar de los oficios de arrieros e carretear con sus
carretas e traer las dichas cargas que les dieren; e non otros estrangeros
ningunos...
Que
los tapiadores que en esta ysla hizieren tapias a destajo, que la tíerra tengan
mojada e aderesçada quatro días antes que las dichas tapias hagan; e lo que se
hiziere de cantería questo y las dichas tapias que se hizieren segund dicho es,
sea a vista de los alarifes desta dicha ysla
799.-La
proposición del jurado Juan Perdomo es como sigue:
Muy
magnífico Señor=Juan Perdomo vezino desta ysla beso las manos de vuestra magnífica
Señoría, a la qual plega saber como en esta ysla ay muchos onbres estrangeros
e estantes en esta ysla que no son vesinos ni menos traen provecho a ella, han
dan cortando e cortan mucha madera, destruyendo e estragando las montañas e
aprovechándose vendiéndola e sacándola desta ysla sin licencia ni consentímiento
de vuestra Señoría lo qual es perjuysio de los vesinos desta ysla.
Otrosí,
muy magnífico Señor, hallará vuestra Señoría que los vesinos desta ysla
resciben mucho daño de los maestros que fasen las carretas por vendillas como
las venden de madera verde, de manera que se quiebra e no son ninguna cosa,
siendo como son obligado a dallas fechas de madera seca, cortada de un año para
otro, segund huso e costumbre de Castílla.
1507
Junio 3.
630-30.-Alvaro
Yanes e Leonor Medez [sic]. Por vecindad
1507
Junio 5.
469-46.-Pedro
de Medina. Un c. en el arriba Xirónimo Hernandes, Ramón de los Olivos e de la
otra parte el camino q. va a la mar. Vos
las do. 5-VI-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Junio 5.
469-46.-Pedro
de Medina. Un c. en el arriba Xirónimo Hernandes, Ramón de los Olivos e de la
otra parte el camino q. va a la mar. Vos
las do. 5-VI-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Junio 9.
782-23.-Fernán
Gonsales y Juan Rodrigues. «Por la presente otorgamos e conocemos nos F. G., VO
desta isla, arendador del Sr. Adilantado, y yo J. R. maestro de azúcar, vo.
desta isla, q. por quanto nos los susodichos teníamos de herencia e esperávamos
tener sobre razón de
1507
Junio 9.
812-54.-Diego
Hernandes, zurrador. Un pedazo de ta. q. es par del peñol donde sacan los
frailes de Sant Francisco piedra para el Monesterio, en q. puede haber 35 o
1507
Junio 10.
1.436-20.-Herrando
de Molina, zapatero, vo. 5 almudes de regadío q. vos teneis rompido en el
barranco de Tegueste, cabe el asiento de unas tenerías vuestras que allíteneis.
Vos
las do. 10-VI-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Junio 11.
905-19.-Miguel
Martín, criado de Gonzalo Muñós. Un pedazo de tas. de s. montosas con su agua
q. es dende las tas. de Antón Viejo, q. Dios haya, hasta el camino de Taganana,
entre dos riscos. 11-VI-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Junio 17. Dto. 720-61.-Pedro Abtejo,
gomero, vo, desta isla de Tenerife, en vecindad
1507
Junio 17.
720-61.-Pedro
Abtejo, gomero, yo desta isla de Tenerife, en vecindad
1507
Junio 18.
749.-Cabildo.
En
vyernes diez e ocho días de junyo de mill e quinientos e syete años, estando
en Cabildo juntos en casa de Pedro de Vergara los señores Bartolomé Benytes,
teniente de Governador, e Pedro de Vergara, alcalde mayor, e GuyIlén Castellano
e Sancho de Varagas e Fernando de Trogillo e Fernando de Llerena e Alonso de las
Hijas, regidores, e Juan Perdomo, jurado. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech
(Tenerife) v. I:165)
1507
Junio 18.
1.314-l2.-Sebastián
Rodrigues.
1507
Junio 25.
750.-Cabildo.
Viernes
veynte e cinco días del mes de junyo de mill e quynientos e syete
años, estando juntos en Cabildo en casa del señor Adelantado, el señor
Adelantado e Pedro de Vergara, alcalde mayor, e Alonso de las Hijas e Fernando
de LIerena e Sancho de Varagas e Guyllén Castellano, regidores, e Juan Perdomo
e Gonçalo Rodrigues, jurado, e Juan Benytes, alguazil mayor. (Acuerdos Cabildo
colonial de Chinech (Tenerife) v. I:
165)
1507
Junio 28.
738-18.-«Por
la presente do licencia, poder e facultad a vos Diego Peres Turel para q. podáis
vender a Alonso Yanis, vo desta isla, unas tas. q. vos tenéis q. fueron de Antón
Sanches, vuestro hermano q. Dios perdone, q. son en Araguygo, linde con tas. de
Juan Yanes, clérigo, e de la otra parte con tas. de Gonzalo Rodrigues de Dabte.
E para q. sobre ello podáis otorgar carta de venta fuerte y firme, la cual
valga no enbargante cualesquier pregones y estatutos q. por mí hayan sido dados
e ortogados. El Adelantado». 28-VI-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 2.
920-34.-Lope
Gallego. Unas tas. q. fueron de Lorenzo de Alcalá, de s., q. son 3 c., yendo
del Ingenio q. hace agora Bartolomé Benitez hacia la montaña debajo de un pino
con monyolera y unas cuevas q. están entre mis tas. e las q. fueron de Padilla
el Auchón del Rey con sus entradas e salidas. 2-Vll-1507. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
921-35.-[Copia
de la data original contenida en reverso de 926-40, con ligeras alteraciones de
copia]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
922-36.-Juan
Fernández, vo. del Realejo, yerno de Axenxo Gómez, portugués.
1507
Julio 3.
951-65.-Fray
Juan, cura de Santiago. En términos de Taoro un solar en q. podrá haber 22
pasos de ancho y 38 de cuzplido. 3-VII-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 4.
746-27.-Juan
de Bollullos.
1507
Julio 5.
696-38.-Juan
de la Torre y Pero García. 6 c. en la ladera de Tihayga por el camino viejo de
los caballos, dende la asomada de Tihayga fasta abajo. Digo q. vos do cada dos c. 5-VII-1507. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 5.
768-Lviijo.-Francisco
Ximénez. Yo hube dado a vos F. X. unas tas.
...junto a las de Ferrando Días y porque vos pone en pedimiento diciendo q.
dice en el título en el Valle de Anexejero y es en el de Araguy, por ende digo
q. pues q. las tas. son vuestras y dellas tenéis posesión, q. aunque se llame
Araguygo todavía se entiende el repartimiento de las dhas. tas. q. tenéis en
el dho. Valle de Araguygo si así se llama. 5-VII-1507. (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
1507
Julio 6.
644-44.-Licenciado
Polanco. Yo don Alo Fernandes de Lugo, Adelantado...hove repartido e dado a
muchas personas en repartimiento y vecindad por q. esta isla se poblase y
acrecentase e edificase, e aquellas personas a quien fueron dadas las dhas. tas.
no guardaron las condiciones con q. les fueron dadas así por no ser vs. los q.
de yuso se hará mención como por haber vendido las dhas. tas. sin mi licencia
contra el pregón y mandamiento q. en nombre de su Alteza yo fice e mandé dar e
así mismo por haberse ido d esta dha. isla en no morar en ella, por todo lo
cual e por cada cosa ...Fernando de Gálvez (
1507
Julio 6.
786-27.-Gonzalo
de Salamanca. Orden del Adelantado al alguacil mayor. G. de S. compró un suelo
de colmenas a Fernando de León ya Rodrigo el Cojo, q. son en frente de la montaña
más cercana de Tahoro, q. están en unas cuevas; en virtud de la dha. venta él
ha habido dho. suelo de colmenas y se las perturban, especialmente Bartolomé
Benites, q. le fiso ciertos requerimientos para q. quitase del dho. sitio las
dhas. colmenas, en lo cual recibiría mucha agravio, porque las dhas. colmenas
diz q. están fuera del marco q. se suele dar en Castilla q. haya de colmenar a
colmenar, q. son 40 sogas de marca, q. son media legua. E me suplicó e pidió
por merced, etc. Hecha información pareció ser verdad lo dicho y manda a las
justicias le amparen en la pacífica posesión en que está. 6-VII-1507. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 10.
781-22.-Juan
Rodrigues, maestro de azúcar, vo. «q. podéis regar todos los domingos e
fiestas la eredad q. comprastes de Francisco Borjes e Juan Clavijo, desde por la
mañana fasta vísperas con las aguas de las fuentes q. nascen en la dha.
vuestra eredad». 10-VII-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio12.
534-2.-
la sierra e por bajo el barranco de los
Sauces.
12-VII-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 13.
581-46.-c)
Andrés Suares Gallinato, mi sobrino. Un pedazo de ta. para en q. hagáis un
estanco en q. en dos días e dos noches de agua entre un azada, el cual dho.
asiento de estanco es en el Araotava en el camino viejo q. linda con el postrer
Taoro de las marcas de mi sobrino Bartolomé Benites. 13-VII-1507. [Traslado de
Antón de Vallejo, 7-VIII-1508; Ts. Fernando de Horna, Antón de los Olivos y
Gonçalo de Córdova, labrador, vs.]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 15.
807-48.-Alonso
d Espino. Un c. en el Palmar, linda arriba con el colmenar de Gonzalyanes y
debajo la banda de Teno y el corral en q. se encierra ganado. 15-VII-1507.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 19.
29.-Martín
Sanches viscaíno, carpintero. Título de un sitio molino q. se dio a y presentó
Pero Gomes em nonbre; asentose en el registro en un quaderno suelto q. es en el
libro coberturis pargamini, 3 agosto 1536. Un sitio donde dáis faser un molino
para moler pan q. es el Araotava en uma q. es vuestra de la una parte el
barranco e de la otra outro rranco e del cabo de abajo unas tas. de Diego de
Mesa e de parte de arriba la montaña. 19-VII-1507.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507
Julio 21.
321-48.-Antón
d Arze. Un pedazo de ta. de r. de hasta una f. de sembradura questá en el risgo
[sic] dentre el Saozal e Guayonja a donde se dice la Cueva de Juan Peres, con
una huente de agua questá en la dha. ta. debajo de un drago en el mismo risco. 21-VII-1507.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1507 Agosto 2.
739-19.-Teresa
Delgada, Pedro Gentilmarao. «Muy magnífico
señor, mi señor, Teresa Delagada (sic}. Beso las manos de Vuestra señoría a
la cual fago saber como Pedro Xintjumanao me dio un pedaço de ta. con una alvalá
de vuestra señoría para mí y para mi fijo q. tengo e con él, el cual tengo
aquí y no tiene nada ni yo tanpoco para dalle, mal pecado; la cual ta. está
daquel cabo del barranco donde se derriscó Bentorey del camino para arriba, la
cual ta. será de tres cafizes, por lo cual soplico a vuestra señoría q. pues
me la dio por ante testigos vuestra señoría nos la confirme, pues somos pobres
y emos miedo q. no nos la confirmando vuestra señoría me
metan a pleyto otros. Nuestro Señor acreciente vida y estado de vuestra
señoría como desea, amen. fecha xiij de abril de M d v años. Q. vos do los
dhos. tres cahyses de ta. en el dho. lugar, los quales dhos. cahyses vos
confirmo por fallecimiento de Pedro Syntirmarao. El Adelantado». [de otra
mano]: "A dos de agosto de M d viijo» [verso: El 28 de enero la presentó
Pedro Delgado por el menor de Pedro Sintylman ...e pidió le fuese confirmado].
Diciembre
de 2008.
*Guayre
Adarguma Anez Ram n Yghasen.