DURÍSIMO VARAPALO JUDICIAL
A LA ILEGÍTIMA "DIRECCIÓN
NACIONAL" DEL FSOC
El Juzgado de lo Social Nº 4 de Las Palmas de Gran
Canaria, en reciente Sentencia de fecha 13/4/2010, ha declarado la
improcedencia del Despido de que fue objeto el compañero Manuel Mederos, ex-Secretario Nacional del Frente Sindical Obrero
de Canarias, condenando al FSOC a la inmediata
readmisión del compañero injustamente despedido el pasado 30/11/2009, o a
abonarle una indemnización de 45.434,30€, con más del pago de los Salarios de
tramitación devengados desde el despido.
El FSOC, cuya Dirección (como hemos
expuesto), fue recientemente “tomada al asalto” de forma
ilegal e ilegítima por un grupo de "politiqueros" burócratas
advenedizos y arribistas (apoyados por unos cuantos renegados del Sindicalismo soberanista y de izquierdas), previa prostitución
del Congreso Nacional que estaba previsto realizar el pasado octubre (convirtiendo
éste en una “mascarada antidemocrática” en la que se manipuló a las y los
Delegados honestos que allí acudieron), se encuentra en estos momentos sumido
en una situación de gravísima crisis político-sindical, orgánica y de falta
de Dirección, que incluso pone en riesgo, a plazo corto, la continuidad del
Proyecto, y la posibilidad de ordenada confluencia e integración, en
condiciones de normalidad, con otras expresiones del sindicalismo
nacional y de clase canario (muy especialmente, con Intersindical Canaria), en
busca de la ansiada conquista de la consideración legal de “sindicato
más representativo” en Canarias, sin tener que perder, por ello, nuestra
condición de Sindicato de la izquierda anticolonialista.
ANTECEDENTES
Para quienes no hayan seguido el curso de los acontecimientos que han
desembocado (de momento) en esta primera Sentencia, debemos explicar
brevemente (e incluso “telegráficamente”) algunos antecedentes:
-El mes de marzo del pasado año, Manuel Mederos
decidió “tirar la toalla” y dimitir de su condición de Secretario Nacional del FSOC, tras haber soportado una durísima y desgastadora campaña de “acoso y derribo”
protagonizada por los que, con posterioridad, vinieron a ser conocidos
como “grupito de los 4”: Daniel Casal, Juan Simón, Rubén Alemán y
Eugenio Padilla (los 3 primeros, miembros del Partido Político UP, y el cuarto,
del PCPE). Con esta dimisión, el compañero Mederos
pretendía dejar el "camino libre" a quienes le acusaban de ser un
“obstáculo” para un supuesto mayor y más rápido crecimiento del Sindicato;
además de manifestar su hartazgo de ser el “muñeco pim-pam-pum” donde iban a parar todos los golpes (altos, y
sobre todo bajos) cuando las cosas salían mal, y no obtener
reconocimiento alguno, cuando las cosas funcionaban bien.
En definitiva, cometió
un error gravísimo: pensó que, "quitándose de en medio", le dejarían
(por fin) trabajar en paz.
-Lejos de ello, la “cacería a la persona” continuó, de
forma implacable, siendo objeto de una auténtica campaña de “moobing” o acoso laboral en el trabajo (Mederos, pese a haber dejado de ser Secretario Nacional,
siguió ejerciendo las funciones propias de su condición de asalariado militante
sindical).
-El proceso de acoso tuvo su punto álgido el pasado mes de octubre, cinco
minutos antes de iniciarse el denominado “II
Congreso Nacional” del FSOC; momento en el que el “grupito
de los
-Como “colofón” a este cúmulo de abusos y arbitrariedades, tal “suspensión
cautelar” se transformó rápidamente en expulsión definitiva, y
finalmente, el 30/11/2009, Manuel Mederos fue despedido
de su condición de trabajador al servicio del Sindicato, por
parte de la ilegítima “Dirección” resultante de aquél “intento de
Congreso”, que había devenido en ilegal (como se acreditará cuando llegue el
momento -todo a su debido tiempo...-).
LA DEMANDA Y LA SENTENCIA
Presentada la oportuna Demanda por Despido, se dicta la ya citada Sentencia
declaratoria de la improcedencia del mismo:
-Una vez analizada detalladamente todas y cada una de las imputaciones que
constan en la “carta de despido”, y confrontándolas con la prueba practicada en
el acto del Juicio oral, el Magistrado-Juez expone de forma taxativa que “ha
de concluirse que la conducta del demandante, en modo alguno, es constitutiva
de ninguno de los incumplimientos de los que es acusado el trabajador”
(Fundamento Jurídico Nº 5 de la Sentencia); es más:
el Juez, en la misma Sentencia y dentro del mismo Fundamento de Derecho, se ve
en la obligación de hacer la siguiente precisión: “Está acostumbrado este
Juzgador, por lógica praxis de su actividad habitual, a ver ciertos
procedimientos con idéntica naturaleza al presente, en los que la actuación de
la Empresa, sujeto particular o incluso entidad u organismo público que como
empleador actúa, llega a ser bochornosa, llegando a exponerse como
causas justificadoras del despido del trabajador situaciones y/o actuaciones
supuestamente llevadas a cabo que difícilmente son creíbles, y que
una vez han sido objeto de praxis en el plenario judicial cuantas pruebas
propusieron las partes, terminan siendo absolutamente increíbles, hasta el
punto de ser algunas falsas, produciendo como consecuencia de ello, en
numerosas ocasiones, el ´mal trago` al que se ven
obligados a pasar algunos Letrados que, como en el presente caso, tienen un
compromiso jurídico legal e incluso de ideas con la entidad demandada”.
Más claro, el agua...
El Magistrado-Juez, a lo largo de las 16 páginas de las que consta la
Sentencia, va desmontando una a una, de forma implacablemente minuciosa
y rigurosa, todas aquellas imputaciones injuriadoras e inmundas mentiras y
porquerías que se han venido vertiendo, a lo largo de este último año, sobre la
persona de este histórico luchador por los derechos de la clase trabajadora
canaria.
La “cacería humana” o linchamiento moral de Manuel Mederos,
protagonizada por el llamado “grupito de los
Estos burócratas “sindicaleros de despacho”
tendrán que responder, ante diversas instancias (internas y externas), de su
irresponsabilidad y sectarismo, al haber llegado (al menos aparentemente y
hablando en términos presuntos) al acuerdo tácito de “repartirse el pastel”
del Sindicato entre dos Partidos Políticos (UP y PCPE), “quitándose de en
medio”, sin contemplaciones, a toda y todo aquél que supusiera un
obstáculo a tal fin: esto es, a todas y todos aquellos que nos negamos a ser
"correa de transmisión" de Partido Político alguno.
Seguiremos informando. Te pedimos que reenvíes este
Mensaje, a todos y todas tus contactos. Un saludo.
CUIS-CANARIAS