POR
CON
Antonio Rodríguez de León *
En 1982 se reformó el Derecho Marítimo a nivel mundial, a partir de ahí comenzó
a regularse la conflictividad internacional con respecto al aprovechamiento de
los recursos económicos y pesqueros más allá de las doce millas, donde se
posibilitaba a que cualquier Estado, podría trasladarse a otro Estado, a
explotar cualquier riqueza por fuera de esa distancia de la costa, entonces mar internacional. Entre las novedades mas importantes están el
reconocimiento jurídico a los archipiélagos, y la declaración de zona económica
exclusiva hasta las
Los Archipelágicos que ya
eran Estados, consiguieron que se les reconocieran la unidad territorial
marítima a partir de unir los puntos cardinales más salientes del conjunto
de las islas, ésta es la línea base
de donde se miden las
Quedaron
definidos dos formas de Estados: Continentales y Archipelágicos.
Las islas o Archipiélagos no Estados, quedaron condicionados según al status
político que les vinculan al Estado. Esto significa que los Estados Continentales
con soberanía sobre una o varias islas (caso Canarias), podrían tener la
condición archipelágica cuando el Estado, al amparo Constitucional,
reconozcan la titularidad a favor de
El actual Estatuto de Autonomía de Canarias, lo constituyen
islas, cuyo ámbito territorial solo especifican a las islas. No se
definió entonces, el Territorio Marítimo sobre las aguas que unen la totalidad
de las islas. Dicho esto, solo queda por manifestar con rotundidad, que la
única salida democrática para la mejor defensa de los intereses económicos de
Canarias, pasa por obtener la clarificación jurídica internacional sobre las
aguas territoriales archipelágicas, aunque ello
suponga la reforma de
Es obligación de un Estado que quiere proteger todo su territorio, reforzando su unidad territorial, por lo que deberá impedir el fraccionamiento o
separaciones territoriales por espacios internacionales, donde el Estado no
tenga autoridad jurídica para su defensa. No confundamos a la sociedad canaria
con demagogias y falsas interpretaciones, con lagunas jurídicas de
En Las Palmas de Gran Canaria
a, 24 de diciembre de 2006
* Presidente Plataforma por el Mar Canario