La cárcel
Lorenzo Doreste
Ya he escrito varios artículos en contra de esa institución aberrante que es la cárcel. La llamo aberrante en muchos casos, pero no en todos. Desde luego, no en los que se refieren a delitos de violencia, pues urge evitar lo que está ocurriendo a diario: Que un juez se limita a ordenar que no se acerque a su esposa un marido maltratador, y a los pocos días éste la mata.
Digo que la cárcel es aberrante y obsoleta en muchos casos de robo, por ejemplo, en los que este delito se castiga con la cárcel, pero no se exige la restitución a las víctimas. Defiendo mi tesis, no con argumentos teóricos, sino con la descripción de hechos muy elocuentes:
Un chico está en una fiesta en la villa de Firgas. Con la desinhibición de las copas fuerza la puerta de un coche, hace un puente y se va a su casa en la capital. Deja el coche en la puerta y se echa a dormir. Al día siguiente, la policía lo requiere, le toma declaración, y al cabo de tres años lo citan para el juicio. El chico ya está casado y con un hijo. Malvive con su familia en una chabola cercana a un barranco. Resultado del juicio: un año de cárcel. Su mujer y su hijo se van a quedar solos, en un sitio en el que están expuestos a los ladrones. Los daños del coche se evaluaban en cien mil pesetas. Pues exíjanle que las pague, al contado o a plazos. O que pague el triple. Pero la cárcel es más dañina que el delito castigado.
Otro ejemplo: una madre de seis hijos, limpiadora, recibe un día la tentadora oferta de vender unos gramos de droga. Es cogida in fraganti. Le caen seis años de cárcel. ¿Y qué hacemos con los hijos? Tantos comentarios se oyen de gentes y de barrios que viven de la droga, y no los encarcelan. Y una mujer que un día cometió el error de ir por libre, va a la cárcel. ¿No sería mejor dejar a esa mujer en libertad vigilada y darle la cantidad que va a costar al contribuyente el mantenerla en la cárcel, advirtiéndole de que, si se porta bien, se le ayudará, y si no se la castigará?
Ahora quiero volver sobre el tema a propósito del llamado caso Guillén. Para el lector que no lo conozca diremos en resumen que se trata de unos pagos indebidos por parte del Cabildo de Gran Canaria. A un transportista, Guillén, le pagaron 240.000 euros por un servicio que no valía más de 177.000. El fiscal pide 74 años de cárcel para siete personas: el transportista, dos políticos y cuatro técnicos del Cabildo. A mí lo que me llama la atención de los reportajes periodísticos sobre este caso es que nunca se habla de restituir lo presuntamente malversado por políticos y técnicos cabildicios o defraudado por el transportista. ¿No hay otros miles de castigos que no sean la cárcel? Las inhabilitaciones para cargos o para ejercer profesiones, las prestaciones obligatorias de servicios sociales, etcétera. Es muy duro encarcelar a una persona, separarla de su familia y de sus amigos durante catorce años (la máxima pena pedida en este caso), o siete (la mínima). No sabemos la sentencia que dictará el juez. En caso de refrendar la propuesta del fiscal, digo: Vayamos, más que a castigar a los culpables, a resarcir a las víctimas. ¿Quiénes son las víctimas? Usted y yo, todos los ciudadanos, porque si se delinquió fue con dinero público. Pues que se nos indemnice, que se pague al Cabildo, no los 63.000 euros que faltan, sino 315.000, cinco veces más. El castigo de cárcel a los culpables no va a beneficiar a nadie.
Ya sé que me van a señalar el fallo de mi razonamiento: Entonces los ricos pagan y no van a la cárcel, ¿y el pobre que enseguida se gastó lo robado y no puede restituirlo? No, el pobre pagaría a plazos un determinado tanto por ciento de sus ingresos mensuales. Las cárceles, repito, se irían quedando sólo para lo violentos. Cuando un hombre le ha levantado la mano a su pareja, tiene que estar en la cárcel. Si se le trata con lenidad, acabará matándola. La diferencia entre ambas clases de delito es obvia: el dinero se puede restituir, todo o en parte, al contado o a plazos. En cambio, a la persona asesinada no se la puede resucitar.