Carnavales,
Justicia y maniobras
Justo Fernández Rodríguez
Como ocurrió el pasado año,
unos días antes del comienzo de los Carnavales se produce una decisión
judicial, negándose a llevar hasta sus últimas consecuencias la defensa de derechos
fundamentales ciudadanos establecidos en
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) decide no suspender cautelarmente la celebración de los Carnavales en las zonas
residenciales del centro de Santa Cruz de Tenerife, despreciando
Numerosos científicos y organismos oficiales (Organización Mundial de
Resulta sorprendente que el TSJC considere superior la importancia de una
fiesta, que no tendría que celebrarse en zonas residenciales cumpliendo la
propia legislación canaria, que los derechos fundamentales de los ciudadanos
afectados. El TSJC entiende que "ha de considerarse como predominante el
interés general, ya que no se debe olvidar que de lo que se trata es de la
suspensión de una de las Fiestas de mayor importancia y trascendencia de la
ciudad".
Sin embargo, el TSJC, en su sentencia, referida a una denuncia similar en Las
Palmas, tiene un criterio totalmente distinto: "No se escapa a
La sentencia del Tribunal Constitucional (29-5-2001) ratifica que "una
exposición prolongada a unos determinados niveles de ruido, que puedan
objetivamente calificarse como evitables e insoportables, ha de merecer la
protección dispensada al derecho fundamente a la intimidad personal y
familiar".
Al parecer, el TSJC no ha considerado que, según
Habrá que reconocer que el auto judicial, se atreve a recomendar al
Ayuntamiento que, para proteger los derechos ciudadanos, debería llegar,
"incluso, al traslado de actividades nocturnas a zonas no residenciales, a
fin de proteger los derechos de éstos y dar cumplimiento a la normativa
existente sobre ruidos y celebración de espectáculos".
Es preciso resaltar la manifiesta ingenuidad de los juzgadores. Hace once años,
terminado los Carnavales, en el buzón de mi domicilio, encontré una carta
impresa del alcalde, Miguel Zerolo. En su texto
explicaba que "se iban a sentar las bases de una nueva etapa en la que
diversión y descanso sean verdaderamente compatibles". Lo único que
hicieron fue trasladar los concursos de comparsas, murgas y rondallas al
Recinto Ferial. Lo único que no molestaba a los vecinos.
El 1 de febrero de 2003, en DIARIO DE AVISOS, Miguel Zerolo
declaraba: "Tal y como se celebra en el centro de la ciudad, el Carnaval
está muy limitado. Desde la redacción del Plan General de Ordenación se trabaja
en la búsqueda de una alternativa y crear un gran recinto del Carnaval".
"Así se podría celebrar el Carnaval , sin
molestias para los vecinos que, obviamente, durante veinte días tienen que
malvivir en ese entorno".
Casi por sorpresa, cuando iba a comenzar en el Parlamento canario, el Debate
sobre el Estado de
Se trata de utilizar, una vez más, al Parlamento, como hicieron con la
expropiación ilegal de los vecinos, cuyas lógicas indemnizaciones ahora tenemos
que pagar todos los ciudadanos. Un Parlamento que, hace unos meses, fue sede de
las III Jornadas sobre Contaminación Acústica, en las que se responsabilizaba
del "maltrato y la violencia acústica", principalmente, a la
"dejadez, pasividad, permisividad y falta de voluntad política" de
los ayuntamientos. Esa modificación es inconstitucional. Más parece un remedo
de las potestades legislativas concedidas a Hugo Chávez para legislar durante
18 meses sin controles parlamentarios o el regreso al franquismo, donde los
alcaldes, jefes locales del Movimiento, podían cometer todos los abusos que les
viniera en gana. ¿Serán cómplices los grupos parlamentarios de tamaña
barbaridad? ¿Estaremos ante un Parlamento prevaricador?
Resulta curioso que los máximos responsables del abandono de los barrios, de la
pobreza creciente, de la falta de viviendas sociales, de las carencias en la
atención a los mayores, del mayor fracaso escolar de España, de la marginación,
del incremento de la pobreza, de las mayores cifras de desempleo, menores
salarios, pensiones más bajas y mayor precariedad laboral, de la desastrosa
situación de la sanidad, del incremento de las dificultades de los hogares para
llegar a fin de mes, pretendan utilizar a los ciudadanos, sus auténticas
víctimas, para intentar atacarlos simplemente porque recurren al amparo de
Todavía queda esperanza. El Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el
Tribunal de Derechos Humanos de Estrabrugo son una
valiosa garantía de defensa de los derechos de los ciudadanos al descanso, la
intimidad y la inviolabilidad del domicilio.