Directoras/es de centros de Enseñanza:
¿selección o elección?
EA-Canarias
A finales de año 2006, el 28 de diciembre, día de los
inocentes, la
Dirección General de Personal convocó a una Mesa Sectorial
para presentar a las organizaciones sindicales el borrador de Orden mediante la
que se procederá a la selección de directores de centros públicos de enseñanza
no universitaria en Canarias. Esto se pretende hacer mediante la convocatoria
de un concurso de méritos. Por parte de la mayoría de los representantes
sindicales no parecía haber excesivos impedimentos al borrador salvo en
cuestión de matices. EA-Canarias si presentó varias objeciones a este borrador
de la Administración.
Desde EA-Canarias las críticas al documento que
presentamos en esa mesa se resumen en las siguientes:
1. Nos
oponemos al formato de este
procedimiento, que emana de la LOE, pues según dicho
borrador no se trata de elegir democráticamente a los directores y
directoras de los centros educativos sino que su objeto es la selección de los
mismos. La
Consejería propone para ello una Comisión de Selección a 5
miembros: 2 personas del Claustro, otras 2 de la Comunidad Educativa
y 1 miembro de la
Administración, mientras el Consejo Escolar de Canarias
propone una Comisión de Selección integrada por nueve miembros: 4 personas del
Claustro, 4 de la
Comunidad Educativa (padres/madres, PAS, alumnado y
representante municipal) y 1 miembro de la Administración.
2. Entendemos
que los directores y las directoras elegidos según
formato LOCE en 2003 y 2004 deberían cesar, de modo que el procedimiento
actual, que emana de otra Ley Educativa, se debiera aplicar a todas las
personas que quieran optar a ocupar ese cargo. Consideramos además que la
duración de los mandatos no debería ser superior a los 8 años, para de esta
manera favorecer la participación de nuevas personas en el procedimiento,
aportándose así nuevas ideas en las tareas directivas y de gestión de los
centros. Defendemos que aquellos directores con más de 12 años en el cargo
deberían cesar y no tener posibilidad de poder participar en este
procedimiento. La
Consejería dice que con esta orden defiende la idea de
favorecer la participación de nueva gente en la dirección de los centros;
sin embargo, si observamos el baremo, apreciamos que la excesiva puntuación que
se otorga a quienes han ocupado el cargo limita mucho las opciones de aquellas
personas que quieran presentarse al mismo sin haber ocupado antes un puesto
directivo en un centro.
3. Y
ya que hablamos de baremo, defendemos que se puntúe igual la figura de
Coordinador de Colectivo de Escuelas Rurales (CER) que la de Director de
centros educativos completos; en el formato actual, los Directores de centros,
por año de servicio en el cargo obtienen 0,50 puntos, mientras los
Coordinadores de CER sólo obtienen por año en su función 0,20 puntos.
4. Dado
que la Orden
recoge la posibilidad excepcional de que miembros del Claustro no funcionarios
(interinos-as) puedan ocupar cargo directivo (apartado 15.3) defendemos que el
nombramiento de los mismos sea por igual periodo que el de los restantes
miembros del equipo directivo, y no sólo por un año, como recoge el borrador.
Además, planteamos que el desarrollo de ese cargo directivo sea reconocido a
Interinos-as a efectos de méritos académicos.
Mucho
nos tememos que la
Administración nos “regale” en breve la Orden objeto de debate sin
mayores modificaciones respecto al Borrador que nos presentó el pasado día 28.
En cualquier caso, nos oponemos a un procedimiento que se salta claramente la
propuesta que defendemos muchos docentes: la elección verdaderamente
democrática de los equipos directivos, su pertenencia al Claustro del centro
que los elige y la duración limitada en el tiempo de todos los cargos de
gestión en los centros educativos.
La Consejería
quiere seguir manteniendo un control férreo de los centros, aunque eso vaya en
contra de las más elementales normas democráticas y de convivencia dentro de la
comunidad educativa, imponiéndoles en muchos casos cargos directivos de fuera
del claustro y en contra de su voluntad.
Frente
a la tendencias centralizadoras y uniformadora de las
administraciones educativas, defendemos que los centros dispongan de mecanismos
suficientes que garanticen la necesaria autonomía en su gestión en función de
sus necesidades y peculiaridades socioeducativas.
Los
responsables de la
Consejería se apuntan a las tendencias más conservadoras por
conveniencia. Es más, el único partido que apoyó la LOCE, la reaccionaria ley
educativa del PP, fue Coalición Canaria. Eso explica la trayectoria de su
política educativa.
EA-Canarias
exige la democratización de los centros educativos; defiende la elección
democrática de todos los cargos por los miembros de cada comunidad educativa en
cada centro, la pertenencia de esos cargos directivos electos a los claustros
respectivos y la no discriminación entre cuerpos, titulaciones o situaciones
administrativas, y a su vez el carácter colegiado que deben tener los equipos
directivos de los centros.