Directoras/es de centros de Enseñanza: ¿selección o elección?

EA-Canarias

A finales de año 2006, el 28 de diciembre, día de los inocentes, la Dirección General de Personal convocó a una Mesa Sectorial para presentar a las organizaciones sindicales el borrador de Orden mediante la que se procederá a la selección de directores de centros públicos de enseñanza no universitaria en Canarias. Esto se pretende hacer mediante la convocatoria de un concurso de méritos. Por parte de la mayoría de los representantes sindicales no parecía haber excesivos impedimentos al borrador salvo en cuestión de matices. EA-Canarias si presentó varias objeciones a este borrador de la Administración.

Desde EA-Canarias las críticas al documento que presentamos en esa mesa se resumen en las siguientes:

1.   Nos oponemos al formato de este procedimiento, que emana de la LOE, pues según dicho borrador no se trata de elegir democráticamente a los directores y directoras de los centros educativos sino que su objeto es la selección de los mismos. La Consejería propone para ello una Comisión de Selección a 5 miembros: 2 personas del Claustro, otras 2 de la Comunidad Educativa y 1 miembro de la Administración, mientras el Consejo Escolar de Canarias propone una Comisión de Selección integrada por nueve miembros: 4 personas del Claustro, 4 de la Comunidad Educativa (padres/madres, PAS, alumnado y representante municipal) y 1 miembro de la Administración.

2.   Entendemos que los directores y las directoras elegidos según formato LOCE en 2003 y 2004 deberían cesar, de modo que el procedimiento actual, que emana de otra Ley Educativa, se debiera aplicar a todas las personas que quieran optar a ocupar ese cargo. Consideramos además que la duración de los mandatos no debería ser superior a los 8 años, para de esta manera favorecer la participación de nuevas personas en el procedimiento, aportándose así nuevas ideas en las tareas directivas y de gestión de los centros. Defendemos que aquellos directores con más de 12 años en el cargo deberían cesar y no tener posibilidad de poder participar en este procedimiento. La Consejería dice que con esta orden defiende la idea de favorecer la participación de nueva gente en  la dirección de los centros; sin embargo, si observamos el baremo, apreciamos que la excesiva puntuación que se otorga a quienes han ocupado el cargo limita mucho las opciones de aquellas personas que quieran presentarse al mismo sin haber ocupado antes un puesto directivo en un centro.

3.   Y ya que hablamos de baremo, defendemos que se puntúe igual la figura de Coordinador de Colectivo de Escuelas Rurales (CER) que la de Director de centros educativos completos; en el formato actual, los Directores de centros, por año de servicio en el cargo obtienen 0,50 puntos, mientras los Coordinadores de CER sólo obtienen por año en su función 0,20 puntos.

4.   Dado que la Orden recoge la posibilidad excepcional de que miembros del Claustro no funcionarios (interinos-as) puedan ocupar cargo directivo (apartado 15.3) defendemos que el nombramiento de los mismos sea por igual periodo que el de los restantes miembros del equipo directivo, y no sólo por un año, como recoge el borrador. Además, planteamos que el desarrollo de ese cargo directivo sea reconocido a Interinos-as a efectos de méritos académicos.

Mucho nos tememos que la Administración nos “regale” en breve la Orden objeto de debate sin mayores modificaciones respecto al Borrador que nos presentó el pasado día 28. En cualquier caso, nos oponemos a un procedimiento que se salta claramente la propuesta que defendemos muchos docentes: la elección verdaderamente democrática de los equipos directivos, su pertenencia al Claustro del centro que los elige y la duración limitada en el tiempo de todos los cargos de gestión en los centros educativos.

La Consejería quiere seguir manteniendo un control férreo de los centros, aunque eso vaya en contra de las más elementales normas democráticas y de convivencia dentro de la comunidad educativa, imponiéndoles en muchos casos cargos directivos de fuera del claustro y en contra de su voluntad.

Frente a la tendencias centralizadoras y uniformadora de las administraciones educativas, defendemos que los centros dispongan de mecanismos suficientes que garanticen la necesaria autonomía en su gestión en función de sus necesidades y peculiaridades socioeducativas.

Los responsables de la Consejería se apuntan a las tendencias más conservadoras por conveniencia. Es más, el único partido que apoyó la LOCE, la reaccionaria ley educativa del PP, fue Coalición Canaria. Eso explica la trayectoria de su política educativa.

EA-Canarias exige la democratización de los centros educativos; defiende la elección democrática de todos los cargos por los miembros de cada comunidad educativa en cada centro, la pertenencia de esos cargos directivos electos a los claustros respectivos y la no discriminación entre cuerpos, titulaciones o situaciones administrativas, y a su vez el carácter colegiado que deben tener los equipos directivos de los centros.