ICFEM
II:
Mafersa
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El caso del ICFEM fue uno de los casos surrealistas que
de vez en cuando suceden en la sociedad canaria. Recordemos que, según algunos,
se defraudaron miles de millones de las antiguas pesetas procedentes de la
unión europea para impartir cursos de formación profesional y subvenciones para
que los parados montasen empresas y auto emplearse. Según otros, no sucedió
nada, no hay pruebas, no hay caso. Pero lo cierto es que se imputaron a varios
directores generales del ramo, hibernando varias veces el caso convenientemente
para resurgir nuevamente en períodos preelectorales (parece ser que esta vez
no, y espero no dar ideas).
A estas alturas ya ni me acuerdo en que acabó aquello,
pues aunque la justicia se pronunció, muchos años después, lo cierto es que se
imputó hasta al Sr. Zumaquero, quién fue el que denunció públicamente la
posibilidad de irregularidades en la administración de estos fondos, teniendo
la seguridad, por sus trayectorias, que algunos de los imputados, incluyendo al
Sr. Zumaquero serían incapaces de defraudar una sola de aquellas pesetas.
El daño moral causado a los imputados y sus familiares
son imposibles de resarcir al igual que el caso del Sr. Padrón, de Tomás Van de
Valle, de Francisco Aureliano Santiago, etc.
No obstante, el título elegido para este comentario es
el que consideré más adecuado para lo que les paso a relatar.
No se si hubo o no hubo en aquella ocasión fraude en
la administración de los fondos europeos para los cursos de formación
profesional, pero de lo que puedo dar fe es que hoy si lo hay, y no me refiero
precisamente al caso de la presunta financiación de la sede del PP en Telde,
que también.
Estos cursos tienen un denominador común: Han de ser
impartidos por entidades sin ánimo de lucro. Precisamente, por no cumplir este
requisito, perdió, o estuvo a punto de perder, el Ayuntamiento de Telde más de
dos millones de euros el año pasado.
Obviamente, si no existe ánimo de lucro, ¿Qué es lo
que mueve a estas entidades a impartir dichos cursos? Comprendo que las ONG´S,
los sindicatos y las patronales tengan entre sus cometidos formar a sus
trabajadores y afiliados, pero eso es una cosa y otra muy distinta es que se
creen organizaciones, teóricamente sin ánimo de lucro, con el único y exclusivo
fin de lucrarse, no guardando ni siquiera la más mínima apariencia de
legalidad, como así se ha reconocido en el reciente
No queda aquí la cosa, no, pues si se impartiesen los
cursos correctamente, al menos los fondos europeos no se dilapidarían y
cumplirían con la función para los oque fueron creados, pero no es así en todos
los casos. Se imparten cursos y no se facilita material didáctico a los
profesores, no se facilita material para las prácticas, teniendo que conseguir
los profesores por su cuenta dichos materiales para dar las clases con una
cierta dignidad.
Con tal de lucrarse, se le descuenta solo un 2 % de
IRPF en la nómina de los profesores, por lo que estos deben pagar a Hacienda la
diferencia hasta el porcentaje que le corresponda a cada uno, desvirtuando los
honorarios pactados en contrato verbal, pues el documento del contrato
diligenciado, si pueden, al igual que las nóminas, no las entregan, y si lo
hacen es a puro ruego una vez acabado el curso.
La indemnización a la que tienen derecho los
profesores por el tipo de contrato se detrae de la nómina, corrigiendo a la
baja el importe de los honorarios, para que, sumando la indemnización sume el
importe mensual pactado. (La indemnización es un derecho del trabajador y no es
legal pactar su renuncia).
A veces, para poder cobrar el sueldo, hay que
denunciar en el Semac a la empresa para que hagan efectivo los salarios
retrasados. En fin, un verdadero despropósito a propósito.
Pero, se preguntaran Vds. si tienen que justificar la
subvención recibida, factura a factura, ¿Dónde está el beneficio?
Pues a ver, si no se entrega material didáctico, ¿Cómo
es que hay facturas de las librerías? Si no se entrega material para impartir
las clases de prácticas, ¿Cómo es que hay facturas de las ferreterías?
¿Corresponden, si las hubiera, los importes de las facturas con lo realmente
pagado o suministrado por el proveedor?
¿Y como se hace eso? Pues sencillamente contratan a
una empresa de formación de la península (por ejemplo) para que contrate al
profesor e imparta el curso. Esta empresa emite factura por el importe total de
lo recibido, que normalmente coincide con el importe de la subvención, y que es
la que tiene, por lo visto, la que tiene que justificar el importe recibido.
Los conceptos clásicos con los que se trata de
justificar los importes de las subvenciones recibidas se enmascaran en
conceptos tales como alquiler de material informático (ordenadores, cañones,
retroproyectores, etc.) por un importe por el que, probablemente, se podrían
comprar cuatro veces lo necesario para impartir el curso. O, por ejemplo este
otro concepto: alquiler de mesas y sillas para impartir las clases ¿Desde la
península, con facturas de un centro de la península, para impartir las clases
aquí?
Pero… ¿Quién fiscaliza si efectivamente se aportan los
medios mencionados para impartir las clases? Sin embargo, año tras año, las
mismas organizaciones y academias obtienen elevadas sumas de dinero en
subvenciones, lo que se presta a pensar que, presuntamente, pudiera darse el
caso que exista trato de favor o lo que es más grave.
¿Se estará, presuntamente, beneficiando algún partido
político de parte de estas subvenciones? ¿Se estará financiando,
presuntamente, la presente campaña
electoral de algún partido con los fondos europeos destinados a la formación
profesional de los parados canarios? Por supuesto que no todas estas entidades
son iguales, quiero creer que sólo es una pequeña minoría quienes actúan de esta
deleznable manera.
Como dice mi amigo Teodoro Santana en su magnífico
artículo, (como nos tiene acostumbrado),
“Gilicursos”
“…además, hay que sostener el chollo de las academias, las patronales y
los sindicatos del régimen, que mantienen el tenderete gracias a estos
cursos…” O sea…