MEDIAS VERDADES, VERDADERAS MENTIRAS (II)
Ramón Moreno
Dicen esos "visionarios" de la Plataforma por el Mar Canario -que han "oído campanas y no saben donde"-, que reformando una serie de artículos de la Constitución española, se le podría aplicar a Canarias el Artículo 305.e de la Convención del Mar de 1982, que hace referencia a los Territorios con Plena Autonomía Interna.
Esto dicho así, en "plan grandilocuente" (la ignorancia es atrevida), no solo es una forma de elucubrar, sino que, tal especulación está creando gran confusionismo en la sociedad canaria -que al parecer, es de lo que se trata-, propiciando falsas expectativas, que para nada tienen que ver con la cruda realidad de Canarias: último reducto colonial español en África.
¡Y esto es así, se diga lo que se diga, y nos lo pinten como quieran!. Para que la opinión pública sepa de lo que estamos tratando, y pueda sustraerse del bombardeo constante, sistemático y demoledor de la "opinión publicada", nada mejor que reproducir literalmente el artículo citado. En efecto: El vigente Estatuto Jurídico del Mar, que consta de 320 Artículos agrupados en 17 Partes Principales y 9 Anexos Técnicos, en su parte XVII, Disposiciones Finales, Artículo 305, epígrafe (e), se dice textualmente:
"Todos los territorios que gocen de plena autonomía interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no han alcanzado la plena independencia de conformidad con la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que tengan competencias en materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas".
¡Que cantidad de disparates están diciendo ustedes!. Espero que en estas fechas de Semana Santa, de recogimiento y meditación, les sirva para redimir "sus culpas", aunque sea en parte, porque han cometido un verdadero "pecado mortal", confundiendo y engañando a este pueblo.
¿De manera que en su día se nos metió de cabeza -sin anestesia- por el Artículo 143 de la Constitución española (ante el temor al resultado del referéndum que implicaba la vía del Artículo 151), para convertirnos, por "imperativo legal", en Autonomía del Estado español, y ahora España, con un nuevo "talante", si permitirá la celebración del plebiscito?. ¡Por favor!
La condición "sine quanon" para acceder al "status" de Territorio con plena Autonomía Interna es precisamente, la celebración de un referéndum, auspiciado y supervisado por la ONU, para darle carta de naturaleza y legalidad internacional al proceso. ¿Si no, de que diablos estamos hablando?.
Aunque llegados a este punto, lo que verdaderamente demanda la anacrónica e insostenible situación de Canarias, es sacudirnos de una vez la rémora del "síndrome del colonizado", y aunar criterios y voluntades para constituir cuanto antes un "Gobierno de Concentración Nacional", que establezca un "calendario de descolonización" con el Gobierno español, bajo el amparo de Naciones Unidas.
Ello nos permitiría, sin traumatismos de ningún tipo, convertirnos en un Estado Archipelágico (el Estado 54 de la Unión Africana) y así poder delimitar nuestros espacios marítimos y, ¡lo que es más importante!, disponer legítimamente de nuestros recursos marinos, petróleo y gas incluidos.
Ello posibilitaría el trazado de la mediana con Portugal, desde Madeira, para recuperar las Islas Salvajes, más cerca de Canarias, que el Estado lusitano se anexionó unilateralmente (Decreto Ley nº 19 de 1 de junio de 1978), mediante el subterfugio legal de incluir al pequeño archipiélago en la Región de Pesca madeirense.
La mediana con el Reino de Marruecos, y "salirnos" de su Zona Económica Exclusiva (Dahir de 8 de abril de 1981); y la mediana con una futura RASD, para compartir legalmente el riquísimo banco de pesca "canario-sahariano".
Pero hay quienes prefieren, a estas alturas de la historia, continuar a toda costa, bajo el "manto protector" de la "Madre Patria", pese a la sangrante "pérdida de renta" que el "coste de la españolidad " ha supuesto históricamente para Canarias.
Para ello, elementos como estos de la citada plataforma, convenientemente "adiestrados" y "dirigidos", "le dan la vuelta al calcetín" para disimular la suciedad y los malos olores; que en el caso que nos ocupa, son las enormes y graves contradicciones que subyacen en la "farsa política" y la "ficción jurídica" en que se ha convertido Canarias.
Un "territorio nacional" español en el continente africano; entelequia, que la legalidad internacional no ampara hoy en día. Dicho por enésima vez. Y donde el trasnochado, caduco y decadente criterio de "soberanía política", colisiona frontalmente con el principio emergente de "localización geográfica". Téngase en cuenta, que este criterio, el de "soberanía política", tomó diferentes connotaciones actuales a partir de la II Guerra Mundial, a través del proceso de descolonización e independencia de los Países del Tercer Mundo, al poner de relieve la existencia de otros factores que hasta la fecha habían sido deliberadamente ignorados, los cuales aparecen inherentes y son consustanciales a este renovado criterio político.
Estos factores son esencialmente el binomio "población y territorio", los cuales al ser considerados parte fundamental del concepto de independencia política" toman su máxima expresión y reconocimiento en el derecho inalienable e imprescriptible de los pueblos a la libre autodeterminación y a disponer de los recursos de su territorio.
Continúa….
Canarias, marzo de 2005.