Pistas, vehículos y legislación

Wladimiro Rodríguez Brito

En las últimas semanas hemos recibido numerosas quejas de ciudadanos de Tenerife protestando por la prohibición de circular con vehículos de motor (todo-terrenos, motos y quads) por las pistas forestales de Tenerife, a excepción de las que conducen a áreas recreativas. A raíz de estas protestas nos vemos en la necesidad de aclarar que no es el Cabildo Insular de Tenerife el que ha decretado "graciosamente" estas medidas sino que obedecen a la entrada en vigor de la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en concreto en lo referente al artículo treinta y tres, en que se añade un nuevo capítulo V al título IV, con la siguiente redacción: La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar, la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y extinción de las Administraciones Públicas competentes.

De esta manera, nuestra competencia se ha limitado a aplicar la ley como estamos obligados todos los responsables de administraciones de la totalidad del estado, en cualquiera de los órdenes de la vida de los ciudadanos. En concreto, desde el Área de Medio Ambiente y Paisaje del Cabildo Insular de Tenerife hemos emitido una resolución que se limita a detallar el alcance de la mencionada ley en el territorio insular es decir, en nuestra realidad geográfica.

Se nos culpa, por otra parte, de privilegiar a determinados colectivos sobre otros, por ejemplo, a los cazadores. Vuelven a errar los que así lo afirman puesto que es la propia ley la que considera la actividad cinegética una actividad agroforestal, tradicional y necesaria para controlar las poblaciones, fundamentalmente de conejos, que amenazan nuestra biodiversidad si no se actúa. En Tenerife, la cacería controlada y regulada es aún más fundamental para nuestra naturaleza y, los cazadores que practican esta actividad con civismo y responsabilidad ayudan a conservar el medio ambiente de todos. Lo mismo podríamos aplicar a otros grupos excepcionales, como son los pinocheros, los agricultores o los apicultores, que con su labor diaria en los montes cooperan con nosotros en la defensa de los espacios naturales gestionados por el Cabildo Insular.

Es cierto que se ha interrumpido con la entrada de la nueva Ley de Montes el transito lúdico, recreativo o turístico por las pistas forestales, es decir, de un uso relativamente reciente y problemático para la gestión. Nuestro personal en el territorio ha detectado y detecta a diario numerosas infracciones y agresiones ambientales vinculadas a este uso, desde la práctica habitual de la conducción agresiva, la celebración de "rallys", oficiosos, salirse de las pistas, algunas empresas de jeeps-safaris que buscan estrategias para eludir la autorización preceptiva, etc. Recordemos que existe un decreto del Gobierno de Canarias (Decreto 124/95) por el que se establece el régimen general de uso en pistas de los Espacios Naturales Protegidos obliga expresamente a no superar los 30 km/a, de la misma forma que regula que los fines lucrativos y el uso deportivo están limitados y sólo serán permitidos mediante autorización y cuando cumplan unas determinadas condiciones.

Estas actividades incontroladas repercuten negativamente en el mantenimiento de las pistas forestales destinadas fundamentalmente a la conservación y a la prevención y extinción de los incendios, financiadas con dinero público y con un equipo de agentes ambientales que vigilan el territorio, sin embargo podemos imaginar con facilidad la imposibilidad de poner un guardia en cada árbol, a lo largo de los más de 2.000 kilómetros de pistas que tenemos -sólo- en la Corona Forestal.

De la misma manera hay que reconocer el perjuicio que estas medidas causan al usuario responsable, que quiere disfrutar con su familia en el monte con responsabilidad. Para paliar esta situación el Cabildo Insular de Tenerife está estudiando con sus técnicos la posibilidad de -transcurrida la época de riesgo de incendios- habilitar algunas pistas para este uso exclusivo. Lo idóneo sería que se tratase de pistas de reducida pendiente, donde los daños por erosión y, por tanto, el mantenimiento fuesen aceptables y, al mismo tiempo, seguras. Los que conocen la realidad de nuestros montes saben que son condiciones difíciles de encontrar y -además- requiere su esfuerzo técnico y financiero importante.

En última instancia, tenemos que concluir que tenemos unas reglas del juego legales, nuevas, a nivel nacional, y que todos debemos realizar un esfuerzo adicional para adaptarnos a ellas, como lo hacemos con el carné por puntos, por ejemplo. Y que, en definitiva, lo que buscan esas medidas es preservar el patrimonio natural de esta sociedad. Desde el compromiso con este principio fundamental el Cabildo de Tenerife intentará buscar alternativas para responder a la demanda de un ocio responsable y consciente de nuestra naturaleza, para ello será fundamental la comprensión y la colaboración de todos los hombres y mujeres de esta isla.

* Consejero de Medio Ambiente y Paisaje del Cabildo Insular de Tenerife