LOS PLAZOS ELECTORALES

Los Gobiernos de trece comunidades autónomas aprueban hoy [3-04-07] los decretos de convocatoria de elecciones en sus respectivos territorios el día 27 de mayo, jornada en la que en todo el Estado, además, se elegirán alcaldes y concejales y en Ceuta y Melilla se renovarán las respectivas asambleas legislativas.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes [30-03-07] el Real Decreto de convocatoria de las elecciones locales, en las dos ciudades autónomas y en los Cabildos Insulares canarios. El martes 3 todos los decretos se publicaron en los boletines oficiales y entrarán en vigor, con lo que se abrirá el proceso electoral, 54 días antes de la cita con las urnas, como manda la legislación.

El próximo día 27 de mayo se celebrarán elecciones en los 8.100 ayuntamientos y en las comunidades autónomas de Asturias, Cantabria, Navarra, La Rioja , Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Madrid, Castilla y León, Extremadura, Murcia, Islas Baleares y Canarias, que renovarán sus respectivos parlamentos.

Los ciudadanos elegirán también las asambleas de Ceuta y Melilla, los Cabildos Insulares de Canarias, los Consejos Insulares de Baleares, el Consejo General del Valle de Arán, los Concejos de Navarra y las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.

Los Parlamentos autonómicos han celebrado ya sus últimas sesiones, acumulando asuntos para sacarlos adelante antes de que concluya el trabajo. Las iniciativas presentadas pero no tramitadas han decaído y a partir de ahora, los legislativos permanecerán en funciones. En cuanto a los ayuntamientos, las corporaciones no se disuelven y siguen trabajando hasta la misma campaña electoral.

PLAZOS

Desde mañana y hasta el 17 de mayo, se podrá solicitar el voto por correo, mientras que el plazo para enviar la papeleta se prolongará hasta el día 23 de ese mes, cuatro días antes de las elecciones.

Según los plazos que establece la ley, el 6 de abril se constituirán las Juntas Electorales provinciales y de zona con los representantes judiciales, a los que se unirán posteriormente los representantes legales que designen las formaciones políticas que quieran concurrir a las elecciones. Su mandato terminará el 4 de septiembre.

La creación de coaliciones electorales debe ser comunicada a la Junta Electoral de Zona (JEZ) entre el 4 y el 13 de abril y la presentación general de candidaturas se efectuará entre el 18 y el 23. El día 25, los boletines provinciales las publicarán y hasta el 27 de abril, la JEZ podrá comunicar las irregularidades apreciadas de oficio o que sean denunciadas.

Los días 28 y 29 de abril son los señalados para subsanar esas irregularidades, porque el día 30, las Juntas proclamarán todas las candidaturas y el día 1, el Boletín Oficial del Estado las publicará.

Contra las candidaturas no aceptadas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo del 2 al 3 de mayo y la resolución firme e inapelable tendrá lugar del 3 al 5 de mayo. Otra vía para esas listas que no sean admitidas es el recurso de amparo al Tribunal Constitucional, para lo que el plazo será algo más amplio, del 3 al 7 de mayo. El Alto Tribunal deberá resolver antes del día 10 de ese mes.

También queda ya fijado el plazo para que los votantes consulten en su ayuntamiento el censo electoral, entre el 9 y el 16 de abril y presenten reclamaciones sobre sus datos. Y el sorteo de los miembros de las mesas electorales se celebrará en cada consistorio entre el 28 de abril y el 2 de mayo. Los designados recibirán la notificación antes del 5 de mayo, que podrán hasta el día 12 alegar si tienen alguna causa que les impida ser miembros de la mesa.