Victorias ciudadanas
Justo Fernández Rodríguez
Los ciudadanos normales, en muchas ocasiones, son objeto de abusos de los poderes políticos, empresas suministradoras de servicios, entidades financieras y, sobre todo, de instituciones que han sido creadas, en teoría, para defender los intereses generales o individuales de la población. En la mayoría de los casos, por temor a las consecuencias, falta de recursos económicos, o por las diversas formas de coacción, que puede desplegar el poder político y económico, o ambos, coaligados, renuncian a recurrir a una justicia lenta, costosa y de la que desconfían, precisamente, por sus relaciones con el poder político y económico.
A diferencia de lo que ocurre con la delincuencia común, donde las víctimas son apoyadas por el Estado y existe una exigencia social en castigar a los culpables, las víctimas del abuso de poder político se encuentran en soledad, porque muchas de esas conductas abusivas se realizan en nombre de la ley y el orden, aunque oculten otros objetivos más oscuros. El abuso del poder, político, económico o social, tiene la finalidad de conservar o acrecentar el dominio sobre los gobernados, los clientes o los más necesitados de apoyo.
Por eso, cuando algunos ciudadanos, de forma individual o colectiva, resisten las presiones y coacciones, persistiendo, con tesón, en su lucha por la justicia de sus demandas o reclamaciones, me producen un gran sentimiento de admiración. Esas victorias ciudadanas deberían ser un acicate para luchar contra los abusos y las injusticias de que seamos víctimas.
Con la intención de algún día publicar un trabajo sobre las "victorias ciudadanas", he guardado los ecos periodísticos de estas desiguales luchas. Unos ejemplos:
En 1998, después de muchos años de espera e incertidumbre, Jesús García Gumbau ganó en el Tribunal Constitucional una demanda que modificaba todo el entramado tributario a partir del concepto de declaración conjunta del IRPF. En diciembre de 2004, Rosalía Falcón culminaba con éxito, tras años de derrotas jurídicas, mediante sentencia del Tribunal Constitucional, que el trabajo a tiempo parcial genera los mismos derechos a la prestaciones públicas- en este caso, la invalidez permanente-, que el trabajo a tiempo completo.
El Tribunal Constitucional, a finales de 2004, ha dado amparo al recurso de un condenado en 1999 por conducir bajo el efecto de bebidas alcohólicas, anulando la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña que le impuso penas de multa y privación del permiso de conducir. La sentencia considera que para cometer un delito de conducir "bajo la influencia" del alcohol no basta "únicamente" con la comprobación de una impregnación alcohólica superior a la autorizada. Es preciso probar que esa circunstancia "influya o se proyecte en la conducción".
Tras años de litigio, la Audiencia Nacional dio la razon a una ciudadana particular contra la pretensión del Ayuntamiento palmero de Tazacorte, gobernado por Unión Bagañete, con la complicidad de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno canario de construir dos hoteles, invadiendo la zona de servidumbre de protección de terrenos, no urbana, de 100 metros, tierra adentro, desde el límite de la orilla del mar.
Caso aparte es el protagonizado por una valenciana, Pilar Moreno, de 57 años. Desde 1974, en un barrio de Valencia, comenzó a sufrir los ruidos de bares, pub y discotecas, que afectaban negativamente al descaso nocturno. Vivía en la quinta planta de un edifico cuyas ventanas daban a la plaza de Xuquer, núcleo duro del ruido nocturno, hasta hace unos años. Después de numerosas quejas vecinales, el Ayuntamiento cerró algunos locales, permitiendo la apertura de otros, que sobrepasaban los 115 decibelios hacia las tres de la madrugada.
En 1997 presentó una reclamación ante el Ayuntamiento, denegada por silencio administrativo, a favor de los intereses económicos de los dueños de los locales. Superando las presiones recibidas y sometida a tratamiento contra el insomnio, recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Valencia que, sorprendentemente, falló en su contra, por no haber precisado la razón y duracion de su insomnio. No variaron mucho los argumentos del Tribunal Constitucional, presidido por Manuel Jiménez de Parga, argumentando que no se había demostrado que los ruidos padecidos "violaran el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio". Pilar confesó: "Cuando perdimos en el Constitucional, me vine abajo, pero el abogado y los vecinos del barrio me apoyaron y me dieron fuerzas para continuar".
No se arredró Pilar Moreno, que recurrió ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, quejándose de la pasividad y parcialidad de las autoridades municipales. El Gobierno de Aznar, en defensa de Rita Barberá, alcaldesa de Valencia, alegó que los ruidos procedían de actividades privadas y que no se había producido "injerencia directa del poder público en el derecho a la intimidad del domicilio y la vida privada y familiar". Llegando al colmo del cinismo, atacó a la víctima, manifestando que no probó que "sufriera ruidos en el interior de su domicilio" procedente de los locales nocturnos.
La sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos consideró que el ruido nocturno perturba el derecho a la vida privada y la inviolabilidad del domicilio. Rechazó los argumentos del Gobierno y las sentencias del Tribunal de Justicia de Valencia y del Tribunal Constitucional. Además, constató que la demandante "habita en una zona en la que el ruido nocturno es innegable, lo que, con toda evidencia, provoca perturbaciones en su vida cotidiana, sobre todo los fines de semana". Estima que el "Estado demandado ha faltado a su obligación de garantizar el derecho de la demandante al respeto de su domicilio y de su vida privada". Finalmente, condena al Gobierno español al pago de una indemnización de 8.348 euros.
Estos ejemplos no tienen apenas significación, si tenemos en cuenta lo ocurrido en Canarias. Aquí, no ha sido un poder político el que ha hecho uso y abuso de sus facultades. La responsabilidad de un expolio ilegal, contra los derechos de algunos ciudadanos, la ha cometido el mismísimo Parlamento de Canarias, depositario de la voluntad popular y de la defensa de los intereses generales. No existen precedentes de un caso similar.
Hace trece años, la prepotencia y arbitrariedad de algunos políticos, violando la legalidad, se inventaron una ley para expropiar, a la brava, unos locales y viviendas privados, con el objetivo de ampliar la superficie del edificio donde está situado el Parlamento. El próximo domingo, si la autoridad lo permite, abordaremos el "expolio parlamentario".