Anteproyecto de
Art. 16).- Derecho
aplicable en
El derecho federal
prevalecerá sobre el derecho de los gobiernos insulares de
Todas las autoridades
de
Si un gobierno insular
de una determinada isla, no cumple con las obligaciones federales o incumple
Art. 17).- Ámbito de
aplicación de las leyes.
El gobierno
republicano de
1) Asuntos Exteriores,
Defensa, Milicias Canarias, Nacionalidad y pasaportes, control de fronteras,
inmigración, extradición, moneda, pesos y medidas, tráfico aéreo y marítimo,
aduanas, intercambios comerciales con el extranjero, banco nacional y control
de divisas, aranceles, impuestos federales, ecología, policía federal,
tribunales federales, impuestos de transmisiones patrimoniales y transacciones
de capital, impuestos sobre seguros, rentas y sociedades, bebidas y artículos
de lujo, sobre vehículos automóviles y cadenas de radio y TV de ámbito de nacional.
2) Propiedad
intelectual, control y aprovechamiento de
Art. 18).- Votación de
las leyes federales.
Las leyes federales y
sus reglamentos serán discutidos y votados por
Toda ley federal
llevará la firma del presidente de
Todo diputado,
hablando en nombre de su partido, podrá presentar un proyecto de ley si obtiene
su aprobación, puede solicitar del pleno la autorización para que la nueva ley
lleve su nombre más el de su partido.
De los Distritos y
Cantones
Art. 19).- La
estructuración de cada isla para su organización federal administrativa y
defensiva, pues no necesitamos tener un ejército, estará distribuida en
Distritos y Cantones según el número de habitantes a establecer.
Al frente de cada
Distrito se encuentra un Prefecto y los Subprefectos en los Cantones que
correspondan, los cuales dependerán del presidente del gobierno federal en lo
que respecta a todo lo relativo al control de las Milicias Canarias, armamento
y planes de defensa o entrega de grados para los ciudadanos que hayan
verificado la primera instrucción de tres meses preliminares señalados en el
artículo 13 de
Los Cantones
republicanos serán organizados por el Prefecto del Distrito quien fijará el
número de Cantones según el número de habitantes y las zonas específicas a
controlar, costas, ciudades o montañas. Todos los prefectos de la isla
dependerán del Prefecto Insular, el cual estará directamente bajo las órdenes
del presidente de
El presidente electo
podrá nombrar varios consejeros que pueden ser parlamentarios o particulares,
para guardar el contacto con los prefectos insulares o trasmitirle sus órdenes.
El buen funcionamiento
de las tradicionales Milicias Canarias evitará tener que sostener un Ejército
de tierra con los enormes gastos que conlleva, ya que todo el esfuerzo militar
debe concentrarse en
Para las demás
relaciones administrativas, los prefectos dependerán de los gobiernos insulares
respectivos.
Art. 20).- Los
ayuntamientos republicanos estarán organizados por barrios y cada barrio
elegirá su propios alcaldes de barrio, los cuales formarán parte del
ayuntamiento con voz y voto. El alcalde de la ciudad o Alcalde Mayor será
elegido por todos los canarios residentes en el municipio los cuales votarán
mediante listas abiertas presididas por el aspirante a Alcalde Mayor seguido de
siete concejales máximo.
Los alcaldes de barrio
y los concejales elegidos tendrán el mismo sueldo y se suprimirán las primas
por asistencia a reuniones.
El jefe de la policía
de cada ayuntamiento deberá ser elegido por los electores en las elecciones
municipales, mediante listas abiertas para dicho puesto.
Se garantiza a los
municipios surgidos de esta Constitución, el derecho a regular bajo su
responsabilidad, dentro del marco de las leyes, todos los asuntos de dicha
comunidad local. Se admiten las asociaciones o federaciones de municipios para
cuestiones propias como servicios de bomberos, policía local, impuestos, aguas,
electricidad u otros que sean declarados de interés común.
Art. 21).-
Nacionalidad.
La norma sobre la
nacionalidad se basa solo en el Ius sanguinis y el Ius solis. Se admite la doble nacionalidad salvo con España.
Todos los canarios en el momento de la independencia, o en el plazo que se
establecerá, deberán anunciar públicamente en el Ministerio del Interior o en
las futuras Embajadas de
Todo ciudadano canario
tendrá el apoyo de gobierno republicano en el extranjero y gozará de todos los
derechos que le proporciona la soberanía de
El gobierno de
Art. 22).- El derecho
de la protección a
El padre tendrá
derecho a unas vacaciones pagadas de un mes.
Art. 23).- Religiones.
El concordato vigente
actualmente en Canarias, firmado entre el Vaticano y España, dejará de tener
validez, por lo que después de la declaración de la independencia, entrará en
vigor un nuevo concordato firmado entre el gobierno federal y el Vaticano.
Todos los cargos
eclesiásticos de
Las demás religiones o
creencias, si quieren estar presentes en el territorio nacional y contar con el
apoyo estatal, se les aplicará la misma cláusula, sus
cargos y representantes deberán ser ocupados por canarios.
Art. 24).- Conscientes
de la responsabilidad del gobierno federal de
Art. 25).- Moneda.
La moneda nacional se
denominará el Africo, y tendrá las equivalencias con
las otras monedas internacionales más fuertes, euro, libra esterlina, franco
suizo, dólar y yen, que resulten de acuerdos internacionales en un periodo de
tiempo a determinar por el gobierno para la puesta en circulación de la moneda
nacional.
El Estado establecerá
un Fondo de Reservas en divisas, metales o materias primas a título
preferencial para garantizar la moneda nacional. Todas las empresas extranjeras
y se sobreentiende españolas, de todo tipo establecidas en Canarias, se les
impondrá un impuesto especial durante Seis años, después de la independencia, equivalente
al 5% de sus beneficios, para ayudar a formar el Fondo de Reservas del Estado,
aparte de los otros impuestos federales o de los gobiernos insulares que
correspondan.
Art. 26).- Bancos y
Cajas.
El Estado creará el
Banco Nacional Republicano o Banco de Canarias, el cual ejecutará el cometido
que tienen todos los Bancos Nacionales. Cada gobierno insular de la federación,
podrá establecer su propio Banco o Caja en su demarcación y sucursales en todo
el territorio nacional.
Los bancos extranjeros
establecidos en Canarias o los que piensen establecerse, deberán nombrar un
director de nacionalidad canaria y aceptar todas las normas y condiciones
generales que establezca el Banco de Canarias.
Art. 27).- Aranceles y
controles.
El gobierno federal
establecerá todos los aranceles a la importación que considere necesarios, para
favorecer la agricultura, la pesca y la ganadería y la industria canarias, por
el tiempo que lo considere necesario.
El gobierno federal de
Art. 28).- Enseñanza
universitaria y de otros grados.
Cada gobierno insular
podrá establecer una universidad en su isla si no la tuviere o solicitar la
instalación de varias facultades dependiendo de alguna de las universidades
existentes.
Los libros de texto
serán gratuitos hasta la entrada en las universidades y serán editados por
El gobierno de
Art. 29).- Domicilio
de las Instituciones.
El gobierno de
Las sedes de los
ministerios de Justicia, Interior, Defensa, Hacienda Federal y Asuntos
Exteriores tendrán sus sedes en el Distrito Federal.
El Ministerio de
El Senado tendrá su
domicilio permanente en la ciudad de Gáldar después de la aprobación de dicho
domicilio por
El Tribunal
Constitucional tendrá su domicilio en la ciudad de Tazacorte,
si así lo decide
El Alto Tribunal
Ecológico y de Medio Ambiente será establecido en
El Ministerio de
Información y Turismo en la ciudad de
El Tribunal Supremo de
Justicia en la ciudad de Las Palmas.
Art. 30).- Navíos y
aviones.
Todos los navíos
enarbolando la bandera nacional canaria forman la flota mercante de
Nota.- Agradecemos un
estudio y análisis serio de este articulado así como rogamos a los círculos de
opinión que están colaborando en vista de una Constitución definitiva, que
sigan haciendo sugerencias positivas.
Art. 31).
Distrito federal
El Distrito Federal es
el lugar donde se encuentra la capital de
Estará constituido por
los territorios del Valle Taoro, al ser a antiguo e
histórico Valle Taoro de los Guanches, del gran
Mencey Quebey Imoha Benkomo. Estará constituido el D. F. por los territorios
actuales de los Ayuntamiento de
El gobernador general
del D. F. ejercerá su cargo durante Cuatro años (4), dejando el cargo, si no es
reelegido, dos meses después de la elección del nuevo presidente de
Por ser un cargo de
confianza máxima, debe ser elegido a propuesta del presidente de
El gobernador del D.F. deberá reunir los siguientes requisitos,
1) Ser ciudadano
canario con más de treinta y cinco años (35), en pleno goce de sus derechos con
una residencia efectiva en el D.F., de tres años
anteriores a su elección o cinco años (5) ininterrumpidos de residencia en la
isla de Tenerife.
2) No haber sido
procesado ni condenado por un tribunal de Justicia de
3) No pertenecer a la
dirección de entidades comerciales establecidas en el D. F. en el momento de
las elecciones o tres meses antes o poseer tierras agrícolas o industriales
superiores a dos hectáreas (cantidad a precisar por
Funciones.-
1) El gobernador del
Distrito Federal ejercerá sus funciones en todo el D. F.
2) Hará cumplir y
aplicará todas las leyes que afecten al D. F. y que hayan sido aprobadas por
3) Hacer observaciones
previas por escrito a las leyes que afecten al D. F. y estar presente en
4) Nombrar, renovar o
destituir a todos los cargos administrativos y personal del D. F.
5) Informar en todo
momento al Sr. presidente de
6) Dirigir
7) En caso de grave
emergencia o ataque exterior solicitará la ayuda de
8) Garantizar la
seguridad del presidente de
Y todas cuantas
misiones especiales le encargue el presidente de
En representación del Proyecto presentado por el
Partido "Congreso Nacional de Canarias", CNC, brazo político del
MPAIAC, cuyo articulado ha empezado a difundirse por el primer periódico de
Canarias, El Día, a partir
del 2 de septiembre de
Agradecemos de nuevo al periódico independiente
canario, El Día, de más
audiencia en el Archipiélago, el habernos permitido su publicación y
distribución, en base a la libertad de prensa y de opinión, sobre un tema tan
importante para nuestro Archipiélago que abre por fin en la historia un amplio
y necesario debate sobre la soberanía y los justos y legítimos derechos de
nuestro pueblo, por lo que ya muchos canarios hablan de un antes y un después
del 2 de septiembre de 2007 en la historia del nacionalismo canario, fecha en
que se publicaron los primeros 15 artículos de este proyecto.
* Abogado
E mail: cnc@elguanche.net elguanche@elguanche.net acubillo@ctv.es mpaiac@elguanche.net
(Continuará).
Publicado en el periódico El Día