EFEMÉRIDES DE
1500. Fueron muchos los guanches que perdieron su vida en las tierras de
nuestro continente, especialmente los canarios, que llegaron a quejarse a los
nefastos Reyes Católicos porque más de la mitad de los enviados allí a la
fuerza habían muerto en distintos enfrentamientos con los enfurecidos naturales
de aquellas tierras, victimas de los continuos asaltos depredatorios llevados a
cabo por los colonos europeos establecidos en las islas, a la captura de
esclavos, oro y cualquier cosa que tuviera algún valor económico. Quizás el más
sonado de ellos es el que tuvo lugar en la desembocadura del río Assaka, al sur
de Sidi Ifni.
Hacia el año 1500, cuando el invasor Alonso Fernández de Lugo
trataba de levantar allí una de las torres que los reyes castellano-aragones le
habían encomendado. Los guanches y algunos europeos fueron cercados por una
numerosa tropa defensora, Alonso de Lugo para escapar de una muerte casi segura
abandonó como era habitual en él en las situaciones críticas a los hombre a
su cargo, murieron todos los que allí habían quedado, entre ellos el noble
canario Pedro Maninidra, que tanto contribuyó a la conquista de Chinech
(Tenerife). En esas costas se escribieron páginas tristes de nuestra Historia
colonial, como también lo fue la gesta de la batalla de Tafraut, en 1549.
Asimismo, hubo otras no tan brillantes, sino más bien execrables, relacionadas
con la esclavización de los pueblos del continente. Por fortuna, "las
cabalgadas" en busca de esclavos berberiscos cesaron a finales del siglo
XVI, y a partir de esa época los contactos con el
continente fueron eminentemente pesqueros.
1500.
Estando
En
este caso era el del bando de Anaga, cuyo nombre cristiano, una vez bautizado
por el rito católico, fue Hernando o Fernando. Sepúlveda; solicitaba y los
monarcas castellano-aragoneses accedieron a que el caso fuera visto por el juez
especial designado para tramitar los procesos de los canarios, don Juan de
Silva, conde de Cifuentes, asistente de Sevi1la.
Se encomendaba al citado Juez que,
oídas las partes, hiciera justicia a la petición del procurador.
No
hay referencia expresa de que el mencey estuviera en Sevi1la, aunque tampoco de
que hubiera vuelto a Chinech (Tenerife). Se deduce del documento que el mencey
había conservado su hacienda en
En
febrero de 1502 el Consejo de Castilla respondía a otra petición de justicia
de Don Hernando. Por lo que parece, el juez Silva no había hecho justicia al
mencey, por lo que el asunto se dirigía al gobernador de Tamaránt (Gran
Canaria), a quien encomendaba actuar como juez. Sabemos por esta carta que los
monarcas habían ordenado expresamente al mencey que se trasladara a vivir a la
isla de Gran Canaria, posiblemente para evitar problemas con el invasor Alonso
de Lugo. (Ver documentos E. Aznar
Vallejo de las fechas mencionadas en estas efemérides).
Más
datos se aclaran con este documento. Lugo, cuyo fin era el de apoderarse de los
ganados del mencey, pretextando el empobrecimiento de la región de Anaga, no le
permitía llevar consigo su ganado, prácticamente el único bien de que disponía
don Hernando. Eran frecuentes estas actitudes injustificables en el invasor y
gobernador. Hay que reseñar que era moneda corriente en aquellos años que las
autoridades coloniales intentaran evitar que los habitantes, fueran castellanos
o guanches, se trasladaran de una isla a otra llevando todos sus bienes.
Problemas de este tipo hubo con bastante frecuencia y no sólo con los guanches.
El
otro dato importante a tener en cuenta es el referente a los esclavos. No se
trataba de esclavos del mencey, sino del invasor, que fueron comprados a éste
por don Hernando y liberados a continuación, ya que eran sus parientes. Esta técnica
de ahorramiento o liberación de esclavos guanches por parte de sus parientes o
amigos libres se estaba dando en
No
sabemos si la orden de los monarcas de que se trasladara a Tamaránt (Gran
Canaria) fue dada desde su llegada a Castilla en 1496 o cuando regresó a
Chinech (Tenerife). El hecho es que, en cualquier caso, le dio tiempo de liberar
a sus parientes esclavizados.
Como
detalle emotivo, el mencey también solicitaba que se le diera el beneficio
judicial de pobreza dando "el juramento e solemnidad de pobre" y se le
asignara letrado y procurador de oficio. La respuesta del Consejo de Castilla a
la petición del mencey consistió en encargar al gobernador de Tamaránt (Gran
Canaria), por entonces Antonio de Torres, que hiciese justicia al agraviado,
asignándole un letrado de oficio para la defensa de los intereses lesionados y
prohibiendo que se le cobrara derecho alguno por el litigio.
Conocemos
por otras fuentes que el mencey de Anaga se asentó en Gran Canaria en la sureña
Arguineguín, donde aparece dedicado a actividades pastoriles en 1505 acompañado
de sus dos hijos don Diego y don Juan de Anaga.
El
trato dado por los invasores a los menceyes de bandos de paces fue más benévolo
que a los de los bandos de guerra Todos estos hechos se complementan con un
tercer documento, que hasta este momento nadie había puesto en relación con
los otros dos, de noviembre de 1504. Se trata de una solicitud de información
del Consejo Real al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria) sobre otra queja de
don Hernando. Según este documento, el pleito entre el mencey y Alonso de Lugo
fue fallado por el gobernador de Gran Canaria, que en aquellos años tuvo que
ser, o bien el teniente de gobernador Juan Fernández de Anaya en ausencia del
gobernador Antonio de Torres, que falleció en octubre de 1502, o
bien el nuevo gobernador, Alonso Escudero, que llegó a Tamaránt (Gran
Canaria) el 10 de noviembre de 1503. La sentencia fue favorable al mencey, para
contrariedad del gobernador Alonso de Lugo, quien, según el documento, dio al
mencey un plazo perentorio de sesenta días para trasladar su hacienda a Tamaránt
(Gran Canaria), tiempo en que don Hernando no pudo sacar todo lo que tenía en
Chinet (Tenerife). Una vez se cumplió el plazo, Lugo lo privó de hacerlo.
Don
Hernando se quejaba de esto, y además del hecho de que el gobernador, ya
adelantado por entonces, no le permitía ir a la isla de Benahuare (La Palma) a
cobrar deudas que tenía allí, por lo que perdió mucho dinero. Esta noticia
indica que el nivel económico del mencey, aunque no fuera de riqueza, con la
relatividad de lo que se podía entender por riqueza en aquellos años y en
aquellas circunstancias, no era de los peores. Si don Hernando pudo liberar a
sus parientes comprándolos al gobernador y pudo hacer tratos comerciales,
aunque fueran de simple venta de ganado con pago aplazado, es evidente que poseía
un significativo potencial económico en un momento en que el ganado era el
principal bien de la Isla, lo que le permitía incluso hacer llegar su voz a la
Corte castellana y, lo que es más novedoso, que realmente tuvo que estar una
temporada residiendo en Chinech (Tenerife) después de la invasión y conquista.
No
hay más noticias de don Hernando de Anaga. Dudamos de que lograra recuperar la
hacienda que estaba pendiente de sacar de Chinech (Tenerife) dada la insaciable
sed de rapiña que dominaba al invasor Alonso de Lugo. (Mariano Gambia García,
2007)
1500.
Acerca de los comienzos de la construcción de la catedral de Las Palmas y sus
primeros arquitectos, no recuerdo noticias anteriores a las consignadas por
Pedro Agustín del Castillo en su Descripción, las mismas que repiten
posteriormente Viera y Clavijo y Deán Bermúdez. «Para [la] obra -escribe
Castillo- se trajo por Maestro Mayor, del orden del Cabildo Eclesiástico, el año
de mil y quinientos, a Diego Alonso de Motaude... a quien se señalaron sesenta
doblas de salario… Este arquitecto que, según Millares Torres, procedía de
Sevilla, «simentó el edificio con excelente planta, que prosiguió Juan de
Palacio, otro gran Maestro, levantándolo con singulares columnas y Bóveda, su
majestuosa obra corinthia; la que quedó al principio del cruzero, serrando allí
con el Altar Mayor, siendola hecho una filigrana de cantería, que, acabada,
fuera admiración y hermosura de
No
fue Palacios el continuador inmediato de las obras iniciadas por Motaude. El
documento del Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla que publico al final
nos obliga a situar, entre aquellos dos arquitectos, al “maestro de cantería”,
vecino de la ciudad del Guadalquivir, Pedro de Llerena, El 30 de mayo de 1504 se
concertaba con el Cabildo Eclesiástico de Las Palmas -representado por los
racioneros- de la catedral sevillana Juan de Medina y Juan de Millares-, obligándose
a pasar a Gran Canaria con dos oficiales canteros y un mozo, para trabajar en la
fábrica de la iglesia en calidad de “maestro e asentador e hedificador”. Se
comprometía a “fazer e labrar y asentar y hedificar todo lo que los dichos señores
Deán y Cabildo quisyeren e mandaren, por un” sueldo anual de diez mil
maravedises, además de tres reales de plata por cada día que trabajase en la
obra, En el contrato se especifica también la remuneración de los oficiales
canteros y se hacen constar otras condiciones usuales entre los artífices de la
época: obligación de darles casa en que vivir, sueldo desde el día de la
partida de Sevilla y reparación y afilado de las herramientas por cuenta de la
parte contratante. Como anticipo de su salario recibió veinte ducados de oro,
pagados por el mercader genovés Francisco de Riverol. Como en el contrato no se
dice que Llerena hubiese de estar a las órdenes de otro maestro, se deduce que
Motaude había cesado en la dirección de las obras.
En
cumplimiento de la obligación contraída, Pedro de Llerena pasó a Las Palmas.
En julio de 1506 estaba en San Cristóbal de
Infelizmente,
la primitiva iglesia de San Miguel de
Para
terminar este comentario, me parece que vale la pena recoger un dato que creo
relacionado con las obras de la catedral de Las Palmas. EI 14 de julio de 1507,
el Cabildo Eclesiástico de Sevilla dispuso que el maestro mayor Alonso Rodríguez
no hiciese viaje a Canarias, por considerar indispensable su presencia junto a
las obras de la catedral. Alonso Rodríguez, que acababa de cerrar el cimborrio
del gran templo sevillano, era, por entonces, el arquitecto de más fama en la
archidiócesis hispalense. Su proyectado viaje al Archipiélago por fuerza se ha
de relacionar con las obras de la iglesia episcopal de Gran Canaria. Fueron dos
racioneros de la de Sevilla quienes contrataron a Pedro de Llerena, y nada tendría
de extraño que el propio Alonso Rodríguez hubiese intervenido en la designación
de este maestro. La catedral de Las Palmas era la mayor empresa arquitectónica
acometida hasta entonces en la provincia atlántica, recientemente incorporada a
los dominios de Castilla. Nada tiene de extraño que el Cabildo Eclesiástico de
Gran Canaria contratase al maestro mayor de la catedral de Sevilla -de la cual
era sufragánea la de Las Palmas, para que, en determinados momentos de la
construcción, fuese a inspeccionar las obras. Lo cierto es que el viaje de
Alonso Rodriguez a Canarias no pasó de proyecto. (Enrique Marco Dorta;
1958:123-26)
1500
Enero 3. Sevilla. Orden al gobernador
de Gran Canaria para que en un plazo de tres días haga restituir al Ido. Diego
Fernández de Valera, las dieciseis doblas y dos varas de terciopelo que el
alcalde de la isla le hizo depositar en poder de Alonso de Marcos, vecino de
dicha isla, y las tres tazas de plata y dos varas de terciopelo, valoradas en
veinte doblas, que dicho alcalde ejecutó en sus bienes y depositó en poder de
Pedro de Hervás, por haber actuado como abogado, contraviniendo la orden de
terminar la pesquisa que llevaba acabo antes de salir del lugar donde la
realizaba, por lo que fue obligado a depositar las ganancias obtenidas en poder
de Alonso de Olvera. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus.
Zapata. Tello. Mármol.
1500
Enero 4. Sevilla. Incitativa al
licenciado Luis de Polanco, alcalde de casa y corte, para que actúe en las
causas de los canarios que piden su libertad, ampliándole el término de su
jurisdicción, que era de cinco leguas a partir de la corte, porque muchos de
estos canarios se encuentran en Cádiz y otros lugares. Episcopus ovétensis.
Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.
1500
Enero 4. Sevilla. Incitativa al
gobernador de Gran Canaria para que determine en la demanda presentada por Juan
de Céspedes, vecino de Jerez de Badajoz, contra algunas personas de dicha isla
que le deben azúcar y dinero. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus.
Martinus. Zapata. Tello. Moxica. Mármol.
1500
Enero 13.
En
lunes xiii de henero de quinientos años.
140.-Cabildo.
Este
dicho día se juntaron en Cabildo el señor Governador y Jerónimo de Valdés,
su teniente, y francisco de Corvalán, alcalde mayor, y francisco de Valdespyno,
regidor, y Guillén Castellano, regidor, e Mateo Vyña, regidor, e Pero Galíndez,
algucizil mayor, e asy juntos ordenaron y mandaron lo syguiente:
141.-Salario
de ver e1 ganado sarnoso.
Primeramente
ordenaron y mandaron que Juan Delgado que es diputado para ver las cabras que
tienen sarna que se le dé de salario L mrs. cada día.
142.-Burras.
fol. 17 v.
Asy
mesmo ordenaron y mandaron que por quanto ay ordenança sobre las burras
salvajes que tomen en los panes, que pagasen de pena c mrs. por la primera vez y
por la segunda ccc mrs. y por la tercera que fuese perdida; que vysto el dapño
grande que resciben los panes dellas, que de nuevo ordenan e mandan que asy
mesmo yncurran en la dicha pena por las mansas como sy fuesen salvajes, e sy la
tomaren travada que ésta pague un real de pena y s y no, trayda al corral y
dentro de quatro días no paresciere su dueño a pagar la pena que asy está
ordenado, que sea penada que la aya su dueño del pan o de la heredad en que
fuesen tomadas o tomada; y asy mesmo ordenaron y mandaron que sy ge la tomaren
syn le llevar la pena como dicho es pague DC mrs. de pena para el Concejo.
143.-Casas
y pel y sarmientos.
Asy
mesmo ordenaron e mandaron que por quanto ay ordenança que los vecinos desta
ysla puedan hazer pez en los montes della, condicionalmente que hagan que todos
se hiezen casas, que los que no las
han fecho luego a la ora pongan mano en hazellas luego y no hagan pez hasta aver
fecho las casas, sopena que la que heziere la avía perdido y asy mesmo lo que
tiene fecho estará de manifiesto hasta que esté fecha la casa, y la que ha
vendido y está en la tierra que le harán bolver los dineros y asy mesmo ser
obligado de poner cada uno ocho cientos sarmientos, los quales pongan en este
presente año, y demás y aliende de todo lo sobredicho pagarán cada uno dos
mill mrs. de pena.
144.-Guardador
de panes. Pena de las burras.
Asy
mesmo ordenaron y mandaron quel que tuvyere cargo de guardar los panes y
heredades, que de cada burra que tomare en la pena que por la primera vez
yncurra en pena en c mrs. que lleve la guarda medio real y por la segunda que
lleve un real y por la tercera dos reales. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet
(Tenerife) v. I:26)
1500
Enero 18. Sevilla. Presentación del
licenciado Pedro Ramos, inquisidor del arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz,
para maestreescuela y canónigo de la Iglesia de Canaria, por fallecimiento de
Jorge de Vera, que desempeñaba dichos cargos ordenando que el obispo de Canaria
le dé posesión y haga que le sean entregados las rentas y derechos que le
corresponden. El Rey y la Reina. Almazán.
1500
Enero 19.
Lunes
xix dias de henero de años. :J
145.-Cabildo.
Este
dicho día se juntaron en Cabildo con el señor Governador el teniente Hernando
de Trosillo e Crystóval de Valdespyno, regidor, y el alcaldé Francisco de
Albornoz y Mateo Vyña, regidor, e Guillén Castellano, regidor, y Francisco de
Albornoz, regidor, y Juan de Badajós, jurados, y asy juntos ordenaron y
mandaron lo siguiente:
146.-Dehesa,
de donde a donde. Fol. 18 r.
Primeramente
ordenaron y mandaron que hacían raya y dehesa para que no pueda entrar ningund
ganado syno bueyes y caballos, asy como en otras ordenanças antes desta está
asentada y pregonada, salvo que de nuevo haz en más angosta la raya y asy como
y va por el drago que está en mitad de los llanos derecho a la montaña de
147.-Esclavos.
Asy
mesmo ordenaron y mandaron que vysto el mucho dapño que en la ysla de los
esclavos, que qualquiera esclavo que se huyera desde oyen adelante que muera por
ello y quel Concejo lo pague a su dueño y sy fuere muger que la den cien açotes
y la echen de la tierra.
148.-Concierto
con Juan Mendez. Carneceria.
Asy
mesmo se concertaron con Juan Méndez, el qual se obligó a dar carne a esta
ysla, que se entiende a estos dos pueblos, a 2 mrs. la libra del carnero y de la
vaca y del puerco y de la 2 y del cabrón castrado y el cojudo y cabra y oveja a
cinco mrs.; el qual se obligó a dar en abundancia carne y el día que faltare
pagará seys cientos mrs. de pena para el Concejo e obligóse de dar carne hasta
el primero día de henero. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)
v. I:27)
1500
Enero 19.
Entre otros acuerdo que había venido tomando el Cabildo de los invasores y
colonos europeos en la isla de Chinet (Tenerife) referente a la represión de
los guanches resistentes, dispone: «que visto el mucho daño en la isla
hacen los esclavos que cualquier esclavo que se huyere de hoy en adelante, que
muera por ello, y si fuere muger que le den cien azotes y le echen de la tierra.»
1500
Enero 22. Sevilla. Incitativa al
gobernador o juez de residencia de Tenerife para que entienda en la reclamación
de Martin Alemán y Juan Alemán, residentes en Sevilla, que piden les sean
devueltos noventa ducados de oro; valor de las mercancías confiadas a su cuñado
Pedro de Córdoba, cuando comerciaba en su compañía entre Sevilla y las islas
de Gran Canaria, que éste jugó y perdió en Tenerife. Episcopus
ovetensis.Johannes licencia tus. Martinus. Zapata. Tello. Ruiz de Castañeda.
1500
Enero 24.
13.-Francisco
Malpyca. Yo Al" de Lugo, Governador desta isla de Tenerife fago merced a
vos., de unas tas. q. son arriba de las tas. q. son de Bartolomé Lopes,
carpintero, arriba de las cabezadas de Tegeste adonde nace el agua y estas tas.
démelas V. M. por vº pues q. por conquistador non me las da V. M. para mí e
por otro pariente mío.=Q. se le asiente a anbos por vs. Alo de Lugo S. f.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1500
Enero 25. Sevilla. Incitativa al
gobernador de Gran Canaria para que determine en la reclamación de Sebastián
Capa y Jerónimo Columbo contra algunos vecinos de dicha isla, que les deben
ciertas cantidades. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata.
Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.
1500
Enero 30. Sevilla. Receptoría en el
pleito que Antón, canario, siguió ante los alcaldes de casa y corte contra Antón
García de Loarco, vecino de Rota, que hace ocho años lo vendió en Cádiz a
Cristóbal Pasones, vecino de Rota, a pesar de que había venido desde Gran
Canaria en la carabela de Luaces, vecino de Cádiz, para hacerse cristiano,
siendo vendido posteriormente a Pedro Garcia de Horno, vecino de Rota, y refugiándose
en una iglesia, cuando iba a ser vendido de nuevo, iglesia de la que salió por
mandato del obispo de Tiveria para presentarse en Cádiz en la cárcel real. Se
ordena a las justicias de Rota que interroguen a los testigos presentados por
Antón García de Loarco y envíen a los alcaldes de casa y corte dicho
interrogatorio, firmado por un escribano público, que debe ser pagado por Antón
García de Loarco. Gallego. Sánchez de Angulo.
1500
Febrero 1. Sevilla. Incitativa al Ldo.
Gonzalo Fernández Gallego, alcaide de casa y corte y juez de residencia de
Sevilla, para que determine en la demanda presentada por doña Inés Peraza
contra Francisco Riberol, mercader, que no ha pagado la orchilla que dicha señora
le entregó, según el contrato existente entre ellos. Episcopus ovetensis.
Johannes licenciatus. Martinus. Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.
1500
Febrero 2.
4.-Hernando
Días. Tas. entre dos sierras cabe Naga cerca de las tas. de Gonzalo Rodrigues,
en tres pedazos en que habrán cinco c. de sembradura. 2-II-1500 [Autógrafa de Alo de Lugo.] (Datas de Tenerife, libros I AL
IV)
1500
Febrero 5. Sevilla. Incitativa a las
justicias de Sanlúcar de Barrameda para que determinen en la petición de
libertad presentada por Catalina, canaria, estante en Sevilla, que fue comprada
hace cuarenta años en 3.500 maravedís por Alonso Martínez, barbero, vecino de
Sanlúcar, y su mujer Isabel Alvarez, que al fallecer la hizo libre en la mitad
que le correspondía, por ser cristiana, sirviendo con posterioridad treinta y
cuatro años al dicho Alonso Martínez, pasados los cuales ha abandonado la casa
de su amo, por negarse éste a darle la libertad que le corresponde, por lo que
Alonso Martínez ha esclavizado a un hijo suyo, que sólo le pertenece a medias,
por haber nacido cuando ella poseía ya la mitad de su libertad. Episcopus
ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Muxica. Mármol.
1500
Febrero 5. Sevilla. Incitativa a los
gobernadores de Tenerife y Gran Canaria para que determinen en la petición de
Diego de Llerena, vecino de Sevilla, para que se ejecute en los bienes del
gobernador Alonso de Lugo cierta cantidad que le debe Juan de Lugo, teniente de
gobernador del dicho Alonso de Lugo. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus.
Martinus. Zapata. Tello. Muxica. Mármol.
1500
Febrero 15. Dto. 454-31.-Diego de Manzanilla, Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso
de Lugo, governador destas cuatro islas y capitán general de la Bervería por
el Rey y Reyna nrs. señores por poder q. de Sus Altesas tengo fago
repartimiento y do a vos Diego de Manzanilla y a Pedro de Manenidra ca ( ?)
alinde las tierras de Fernando Castro cieta [sic] cafizes de senbradura. Fecha a
XV de hebrero de MD años» [Reverso: q. digo q. se vos asiente
1500
Febrero 25. Dto. 454-31.-Diego de Mançanilla,
Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso de Lugo, governador destas cuatro
islas y capitán general de la Bervería por el Rey y Reyna nrs. señores por
poder q. de Sus Altesas tengo fago repartimiento y do a vos Diego de Mançanilla
y a Pedro de Manenidra ca ( ?) alinde las tierras de Fernando Castro cieta [sic]
cafizes de. senbradura. Fecha a XV de hebrero de MD años» [Reverso: Q. digo q.
se vos asiente
1500
Febrero 25.
454-31.-Diego
de Manzanilla, Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso de Lugo, governador
destas cuatro islas y capitán general de la Bervería por el Rey y Reyna nrs.
señores por poder q. de Sus Altesas tengo fago repartimiento y do a vos Diego
de Manzanilla y a Pedro de Manenidra ca ( ?) alinde las tierras de Fernando
Castro cieta [sic] cafizes de senbradura. Fecha a XV de hebrero de MD años»
[Reverso: q. digo q. se vos asiente
*
Guayre
Adarguma Anez’ Ram n Yghasen
Febrero
2008.