EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA  

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

CAPITULO IV (XX)

 

PERIODO COLONIAL, DÉCADA 1491-1500

 

  Guayre Adarguma *  

 

1500. Fueron muchos los guanches que perdieron su vida en las tierras de nuestro continente, especialmente los canarios, que llegaron a quejarse a los nefastos Reyes Católicos porque más de la mitad de los enviados allí a la fuerza habían muerto en distintos enfrentamientos con los enfurecidos naturales de aquellas tierras, victimas de los continuos asaltos depredatorios llevados a cabo por los colonos europeos establecidos en las islas, a la captura de esclavos, oro y cualquier cosa que tuviera algún valor económico. Quizás el más sonado de ellos es el que tuvo lugar en la desembocadura del río Assaka, al sur de Sidi Ifni.

 

Hacia el año 1500, cuando el invasor Alonso Fernández de Lugo trataba de levantar allí una de las torres que los reyes castellano-aragones le habían encomendado. Los guanches y algunos europeos fueron cercados por una numerosa tropa defensora, Alonso de Lugo para escapar de una muerte casi segura abandonó como era habitual en él en las situaciones críticas a los hombre a su cargo, murieron todos los que allí habían quedado, entre ellos el noble canario Pedro Maninidra, que tanto contribuyó a la conquista de Chinech (Tenerife). En esas costas se escribieron páginas tristes de nuestra Historia colonial, como también lo fue la gesta de la batalla de Tafraut, en 1549. Asimismo, hubo otras no tan brillantes, sino más bien execrables, relacionadas con la esclavización de los pueblos del continente. Por fortuna, "las cabalgadas" en busca de esclavos berberiscos cesaron a finales del siglo XVI, y a partir de esa época los contactos con el  continente fueron eminentemente pesqueros.

 

1500. Estando la Corte castellano-aragonesa en Granada, pocos meses antes de que, se denunciara la esclavización del mencey de Icod, el mismo procurador de los pobres Alonso de Sepúlveda hacía llegar a los Reyes Católicos, en aquella fecha, la queja de otro de los antiguos menceyes chineneces (tinerfeños).

 

En este caso era el del bando de Anaga, cuyo nombre cristiano, una vez bautizado por el rito católico, fue Hernando o Fernando. Sepúlveda; solicitaba y los monarcas castellano-aragoneses accedieron a que el caso fuera visto por el juez especial designado para tramitar los procesos de los canarios, don Juan de Silva, conde de Cifuentes, asistente de Sevi1la.  Se encomendaba al citado Juez  que, oídas las partes, hiciera justicia a la petición del procurador.

 

No hay referencia expresa de que el mencey estuviera en Sevi1la, aunque tampoco de que hubiera vuelto a Chinech (Tenerife). Se deduce del documento que el mencey había conservado su hacienda en la Isla después de la conquista, algo que sólo puede deberse a su pertenencia a un bando de paces, y que el gobernador Lugo la había incautado, sin especificar el motivo. Este documento nos hubiera inducido a equívoco si no conociéramos otro de dos años después, que nos aclara la situación.

 

En febrero de 1502 el Consejo de Castilla respondía a otra petición de justicia de Don Hernando. Por lo que parece, el juez Silva no había hecho justicia al mencey, por lo que el asunto se dirigía al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), a quien encomendaba actuar como juez. Sabemos por esta carta que los monarcas habían ordenado expresamente al mencey que se trasladara a vivir a la isla de Gran Canaria, posiblemente para evitar problemas con el invasor Alonso de Lugo. (Ver documentos  E. Aznar Vallejo de las fechas mencionadas en estas efemérides).

 

Más datos se aclaran con este documento. Lugo, cuyo fin era el de apoderarse de los ganados del mencey, pretextando el empobrecimiento de la región de Anaga, no le permitía llevar consigo su ganado, prácticamente el único bien de que disponía don Hernando. Eran frecuentes estas actitudes injustificables en el invasor y gobernador. Hay que reseñar que era moneda corriente en aquellos años que las autoridades coloniales intentaran evitar que los habitantes, fueran castellanos o guanches, se trasladaran de una isla a otra llevando todos sus bienes. Problemas de este tipo hubo con bastante frecuencia y no sólo con los guanches.

 

El otro dato importante a tener en cuenta es el referente a los esclavos. No se trataba de esclavos del mencey, sino del invasor, que fueron comprados a éste por don Hernando y liberados a continuación, ya que eran sus parientes. Esta técnica de ahorramiento o liberación de esclavos guanches por parte de sus parientes o amigos libres se estaba dando en la Isla desde hacía tiempo, y fue considerada varias veces como peligrosa por los invasores esclavistas  miembros del concejo de los europeos establecidos en  la Isla. De esto debe deducirse que don Hernando sí volvió a Chinech (Tenerife), aunque fuera por poco tiempo.

 

No sabemos si la orden de los monarcas de que se trasladara a Tamaránt (Gran Canaria) fue dada desde su llegada a Castilla en 1496 o cuando regresó a Chinech (Tenerife). El hecho es que, en cualquier caso, le dio tiempo de liberar a sus parientes esclavizados.

 

Como detalle emotivo, el mencey también solicitaba que se le diera el beneficio judicial de pobreza dando "el juramento e solemnidad de pobre" y se le asignara letrado y procurador de oficio. La respuesta del Consejo de Castilla a la petición del mencey consistió en encargar al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria), por entonces Antonio de Torres, que hiciese justicia al agraviado, asignándole un letrado de oficio para la defensa de los intereses lesionados y prohibiendo que se le cobrara derecho alguno por el litigio.

 

Conocemos por otras fuentes que el mencey de Anaga se asentó en Gran Canaria en la sureña Arguineguín, donde aparece dedicado a actividades pastoriles en 1505 acompañado de sus dos hijos don Diego y don Juan de Anaga.

 

El trato dado por los invasores a los menceyes de bandos de paces fue más benévolo que a los de los bandos de guerra Todos estos hechos se complementan con un tercer documento, que hasta este momento nadie había puesto en relación con los otros dos, de noviembre de 1504. Se trata de una solicitud de información del Consejo Real al gobernador de Tamaránt (Gran Canaria) sobre otra queja de don Hernando. Según este documento, el pleito entre el mencey y Alonso de Lugo fue fallado por el gobernador de Gran Canaria, que en aquellos años tuvo que ser, o bien el teniente de gobernador Juan Fernández de Anaya en ausencia del gobernador Antonio de Torres, que falleció en octubre de 1502, o  bien el nuevo gobernador, Alonso Escudero, que llegó a Tamaránt (Gran Canaria) el 10 de noviembre de 1503. La sentencia fue favorable al mencey, para contrariedad del gobernador Alonso de Lugo, quien, según el documento, dio al mencey un plazo perentorio de sesenta días para trasladar su hacienda a Tamaránt (Gran Canaria), tiempo en que don Hernando no pudo sacar todo lo que tenía en Chinet (Tenerife). Una vez se cumplió el plazo, Lugo lo privó de hacerlo.

 

Don Hernando se quejaba de esto, y además del hecho de que el gobernador, ya adelantado por entonces, no le permitía ir a la isla de Benahuare (La Palma) a cobrar deudas que tenía allí, por lo que perdió mucho dinero. Esta noticia indica que el nivel económico del mencey, aunque no fuera de riqueza, con la relatividad de lo que se podía entender por riqueza en aquellos años y en aquellas circunstancias, no era de los peores. Si don Hernando pudo liberar a sus parientes comprándolos al gobernador y pudo hacer tratos comerciales, aunque fueran de simple venta de ganado con pago aplazado, es evidente que poseía un significativo potencial económico en un momento en que el ganado era el principal bien de la Isla, lo que le permitía incluso hacer llegar su voz a la Corte castellana y, lo que es más novedoso, que realmente tuvo que estar una temporada residiendo en Chinech (Tenerife) después de la invasión y conquista.

 

No hay más noticias de don Hernando de Anaga. Dudamos de que lograra recuperar la hacienda que estaba pendiente de sacar de Chinech (Tenerife) dada la insaciable sed de rapiña que dominaba al invasor Alonso de Lugo. (Mariano Gambia García, 2007)

 

1500. Acerca de los comienzos de la construcción de la catedral de Las Palmas y sus primeros arquitectos, no recuerdo noticias anteriores a las consignadas por Pedro Agustín del Castillo en su Descripción, las mismas que repiten posteriormente Viera y Clavijo y Deán Bermúdez. «Para [la] obra -escribe Castillo- se trajo por Maestro Mayor, del orden del Cabildo Eclesiástico, el año de mil y quinientos, a Diego Alonso de Motaude... a quien se señalaron sesenta doblas de salario… Este arquitecto que, según Millares Torres, procedía de Sevilla, «simentó el edificio con excelente planta, que prosiguió Juan de Palacio, otro gran Maestro, levantándolo con singulares columnas y Bóveda, su majestuosa obra corinthia; la que quedó al principio del cruzero, serrando allí con el Altar Mayor, siendola hecho una filigrana de cantería, que, acabada, fuera admiración y hermosura de la Europa … Juan de Palacios se presentó ante el Cabildo Eclesiástico de Gran canaria el 17 de febrero de 1533 y fue recibido “por Maestro Mayor de cantería para la obra mayor de esta iglesia  “que se quiere hacer y labrar.”

 

No fue Palacios el continuador inmediato de las obras iniciadas por Motaude. El documento del Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla que publico al final nos obliga a situar, entre aquellos dos arquitectos, al “maestro de cantería”, vecino de la ciudad del Guadalquivir, Pedro de Llerena, El 30 de mayo de 1504 se concertaba con el Cabildo Eclesiástico de Las Palmas -representado por los racioneros- de la catedral sevillana Juan de Medina y Juan de Millares-, obligándose a pasar a Gran Canaria con dos oficiales canteros y un mozo, para trabajar en la fábrica de la iglesia en calidad de “maestro e asentador e hedificador”. Se comprometía a “fazer e labrar y asentar y hedificar todo lo que los dichos señores Deán y Cabildo quisyeren e mandaren, por un” sueldo anual de diez mil maravedises, además de tres reales de plata por cada día que trabajase en la obra, En el contrato se especifica también la remuneración de los oficiales canteros y se hacen constar otras condiciones usuales entre los artífices de la época: obligación de darles casa en que vivir, sueldo desde el día de la partida de Sevilla y reparación y afilado de las herramientas por cuenta de la parte contratante. Como anticipo de su salario recibió veinte ducados de oro, pagados por el mercader genovés Francisco de Riverol. Como en el contrato no se dice que Llerena hubiese de estar a las órdenes de otro maestro, se deduce que Motaude había cesado en la dirección de las obras.

 

En cumplimiento de la obligación contraída, Pedro de Llerena pasó a Las Palmas. En julio de 1506 estaba en San Cristóbal de La Laguna , donde se obligó con el Adelantado don Alonso Fernández de Lugo a trazar la iglesia de San Miguel, que éste trataba de construir a su costa frente a las casas de su morada, comprometiéndose a visitar las obras cuatro veces por año. En el contrato se intitula “cantero, maestro mayor de la obra de la iglesia catedral de la ysla de Grand Canaria”.  Su trabajo en la dirección de este edificio se reduciría a proseguir las obras iniciadas por Motaude, ejecutando las trazas y planos de éste.

 

Infelizmente, la primitiva iglesia de San Miguel de La Laguna no se conserva, pues la actual ermita de esta advocación es obra del siglo XVIII, e ignoro si en la clausura del convento de las Catalinas queda algún resto del palacio del Adelantado. En Las Palmas, entre el variado repertorio de casas de los últimos días del gótico que guarda el barrio de Vegueta, es posible que quede alguna obra de Pedro de LIerena. Es de esperar que su nombre aparezca en los Protocolos Notariales y en las actas del Cabildo Eclesiástico.

 

Para terminar este comentario, me parece que vale la pena recoger un dato que creo relacionado con las obras de la catedral de Las Palmas. EI 14 de julio de 1507, el Cabildo Eclesiástico de Sevilla dispuso que el maestro mayor Alonso Rodríguez no hiciese viaje a Canarias, por considerar indispensable su presencia junto a las obras de la catedral. Alonso Rodríguez, que acababa de cerrar el cimborrio del gran templo sevillano, era, por entonces, el arquitecto de más fama en la archidiócesis hispalense. Su proyectado viaje al Archipiélago por fuerza se ha de relacionar con las obras de la iglesia episcopal de Gran Canaria. Fueron dos racioneros de la de Sevilla quienes contrataron a Pedro de Llerena, y nada tendría de extraño que el propio Alonso Rodríguez hubiese intervenido en la designación de este maestro. La catedral de Las Palmas era la mayor empresa arquitectónica acometida hasta entonces en la provincia atlántica, recientemente incorporada a los dominios de Castilla. Nada tiene de extraño que el Cabildo Eclesiástico de Gran Canaria contratase al maestro mayor de la catedral de Sevilla -de la cual era sufragánea la de Las Palmas, para que, en determinados momentos de la construcción, fuese a inspeccionar las obras. Lo cierto es que el viaje de Alonso Rodriguez a Canarias no pasó de proyecto. (Enrique Marco Dorta; 1958:123-26)

 

1500 Enero 3. Sevilla. Orden al gobernador de Gran Canaria para que en un plazo de tres días haga restituir al Ido. Diego Fernández de Valera, las dieciseis doblas y dos varas de terciopelo que el alcalde de la isla le hizo depositar en poder de Alonso de Marcos, vecino de dicha isla, y las tres tazas de plata y dos varas de terciopelo, valoradas en veinte doblas, que dicho alcalde ejecutó en sus bienes y depositó en poder de Pedro de Hervás, por haber actuado como abogado, contraviniendo la orden de terminar la pesquisa que llevaba acabo antes de salir del lugar donde la realizaba, por lo que fue obligado a depositar las ganancias obtenidas en poder de Alonso de Olvera. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Mármol.

 

1500 Enero 4. Sevilla. Incitativa al licenciado Luis de Polanco, alcalde de casa y corte, para que actúe en las causas de los canarios que piden su libertad, ampliándole el término de su jurisdicción, que era de cinco leguas a partir de la corte, porque muchos de estos canarios se encuentran en Cádiz y otros lugares. Episcopus ovétensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.

 

1500 Enero 4. Sevilla. Incitativa al gobernador de Gran Canaria para que determine en la demanda presentada por Juan de Céspedes, vecino de Jerez de Badajoz, contra algunas personas de dicha isla que le deben azúcar y dinero. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Moxica. Mármol.

 

1500 Enero 13.

 

En lunes xiii de henero de quinientos años.

 

140.-Cabildo.

 

Este dicho día se juntaron en Cabildo el señor Governador y Jerónimo de Valdés, su teniente, y francisco de Corvalán, alcalde mayor, y francisco de Valdespyno, regidor, y Guillén Castellano, regidor, e Mateo Vyña, regidor, e Pero Galíndez, algucizil mayor, e asy juntos ordenaron y mandaron lo syguiente:

 

141.-Salario de ver e1 ganado sarnoso.

 

Primeramente ordenaron y mandaron que Juan Delgado que es diputado para ver las cabras que tienen sarna que se le dé de salario L mrs. cada día.

 

142.-Burras. fol. 17 v.

 

Asy mesmo ordenaron y mandaron que por quanto ay ordenança sobre las burras salvajes que tomen en los panes, que pagasen de pena c mrs. por la primera vez y por la segunda ccc mrs. y por la tercera que fuese perdida; que vysto el dapño grande que resciben los panes dellas, que de nuevo ordenan e mandan que asy mesmo yncurran en la dicha pena por las mansas como sy fuesen salvajes, e sy la tomaren travada que ésta pague un real de pena y s y no, trayda al corral y dentro de quatro días no paresciere su dueño a pagar la pena que asy está ordenado, que sea penada que la aya su dueño del pan o de la heredad en que fuesen tomadas o tomada; y asy mesmo ordenaron y mandaron que sy ge la tomaren syn le llevar la pena como dicho es pague DC mrs. de pena para el Concejo.

 

143.-Casas y pel y sarmientos.

 

Asy mesmo ordenaron e mandaron que por quanto ay ordenança que los vecinos desta ysla puedan hazer pez en los montes della, condicionalmente que hagan que todos se hiezen  casas, que los que no las han fecho luego a la ora pongan mano en hazellas luego y no hagan pez hasta aver fecho las casas, sopena que la que heziere la avía perdido y asy mesmo lo que tiene fecho estará de manifiesto hasta que esté fecha la casa, y la que ha vendido y está en la tierra que le harán bolver los dineros y asy mesmo ser obligado de poner cada uno ocho cientos sarmientos, los quales pongan en este presente año, y demás y aliende de todo lo sobredicho pagarán cada uno dos mill mrs. de pena.

 

144.-Guardador de panes. Pena de las burras.

 

Asy mesmo ordenaron y mandaron quel que tuvyere cargo de guardar los panes y heredades, que de cada burra que tomare en la pena que por la primera vez yncurra en pena en c mrs. que lleve la guarda medio real y por la segunda que lleve un real y por la tercera dos reales. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife)  v. I:26)

 

1500 Enero 18. Sevilla. Presentación del licenciado Pedro Ramos, inquisidor del arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz, para maestreescuela y canónigo de la Iglesia de Canaria, por fallecimiento de Jorge de Vera, que desempeñaba dichos cargos ordenando que el obispo de Canaria le dé posesión y haga que le sean entregados las rentas y derechos que le corresponden. El Rey y la Reina. Almazán.

 

1500 Enero 19.

 

Lunes xix dias de henero de años. :J

 

145.-Cabildo.

 

Este dicho día se juntaron en Cabildo con el señor Governador el teniente Hernando de Trosillo e Crystóval de Valdespyno, regidor, y el alcaldé Francisco de Albornoz y Mateo Vyña, regidor, e Guillén Castellano, regidor, y Francisco de Albornoz, regidor, y Juan de Badajós, jurados, y asy juntos ordenaron y mandaron lo siguiente:

 

146.-Dehesa, de donde a donde. Fol. 18 r.

 

Primeramente ordenaron y mandaron que hacían raya y dehesa para que no pueda entrar ningund ganado syno bueyes y caballos, asy como en otras ordenanças antes desta está asentada y pregonada, salvo que de nuevo haz en más angosta la raya y asy como y va por el drago que está en mitad de los llanos derecho a la montaña de la Palma , que se entienda desdel peñol de Maldonado, quedando todo el peñol en la dehesa, al corral de Guillén Castellano y después del dicho peñol por el altor hasta el barranco de Guayonje, que no pasen hazia la mar so pena en la otra ordenanças contenidas.

 

147.-Esclavos.

 

Asy mesmo ordenaron y mandaron que vysto el mucho dapño que en la ysla de los esclavos, que qualquiera esclavo que se huyera desde oyen adelante que muera por ello y quel Concejo lo pague a su dueño y sy fuere muger que la den cien açotes y la echen de la tierra.

 

148.-Concierto con Juan Mendez. Carneceria.

 

Asy mesmo se concertaron con Juan Méndez, el qual se obligó a dar carne a esta ysla, que se entiende a estos dos pueblos, a 2 mrs. la libra del carnero y de la vaca y del puerco y de la 2 y del cabrón castrado y el cojudo y cabra y oveja a cinco mrs.; el qual se obligó a dar en abundancia carne y el día que faltare pagará seys cientos mrs. de pena para el Concejo e obligóse de dar carne hasta el primero día de henero. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)  v. I:27)

1500 Enero 19. Entre otros acuerdo que había venido tomando el Cabildo de los invasores y colonos europeos en la isla de Chinet (Tenerife) referente a la represión de los guanches resistentes, dispone: «que visto el mucho daño en la isla hacen los esclavos que cualquier esclavo que se huyere de hoy en adelante, que muera por ello, y si fuere muger que le den cien azotes y le echen de la tierra

1500 Enero 22. Sevilla. Incitativa al gobernador o juez de residencia de Tenerife para que entienda en la reclamación de Martin Alemán y Juan Alemán, residentes en Sevilla, que piden les sean devueltos noventa ducados de oro; valor de las mercancías confiadas a su cuñado Pedro de Córdoba, cuando comerciaba en su compañía entre Sevilla y las islas de Gran Canaria, que éste jugó y perdió en Tenerife. Episcopus ovetensis.Johannes licencia tus. Martinus. Zapata. Tello. Ruiz de Castañeda.

 

1500 Enero 24.

13.-Francisco Malpyca. Yo Al" de Lugo, Governador desta isla de Tenerife fago merced a vos., de unas tas. q. son arriba de las tas. q. son de Bartolomé Lopes, carpintero, arriba de las cabezadas de Tegeste adonde nace el agua y estas tas. démelas V. M. por vº pues q. por conquistador non me las da V. M. para mí e por otro pariente mío.=Q. se le asiente a anbos por vs. Alo de Lugo S. f. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

1500 Enero 25. Sevilla. Incitativa al gobernador de Gran Canaria para que determine en la reclamación de Sebastián Capa y Jerónimo Columbo contra algunos vecinos de dicha isla, que les deben ciertas cantidades. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.

 

1500 Enero 30. Sevilla. Receptoría en el pleito que Antón, canario, siguió ante los alcaldes de casa y corte contra Antón García de Loarco, vecino de Rota, que hace ocho años lo vendió en Cádiz a Cristóbal Pasones, vecino de Rota, a pesar de que había venido desde Gran Canaria en la carabela de Luaces, vecino de Cádiz, para hacerse cristiano, siendo vendido posteriormente a Pedro Garcia de Horno, vecino de Rota, y refugiándose en una iglesia, cuando iba a ser vendido de nuevo, iglesia de la que salió por mandato del obispo de Tiveria para presentarse en Cádiz en la cárcel real. Se ordena a las justicias de Rota que interroguen a los testigos presentados por Antón García de Loarco y envíen a los alcaldes de casa y corte dicho interrogatorio, firmado por un escribano público, que debe ser pagado por Antón García de Loarco. Gallego. Sánchez de Angulo.

 

1500 Febrero 1. Sevilla. Incitativa al Ldo. Gonzalo Fernández Gallego, alcaide de casa y corte y juez de residencia de Sevilla, para que determine en la demanda presentada por doña Inés Peraza contra Francisco Riberol, mercader, que no ha pagado la orchilla que dicha señora le entregó, según el contrato existente entre ellos. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Tello. Moxica. Mármol. Ruiz de Castañeda.

 

1500 Febrero 2.

4.-Hernando Días. Tas. entre dos sierras cabe Naga cerca de las tas. de Gonzalo Rodrigues, en tres pedazos en que habrán cinco c. de sembradura. 2-II-1500 [Autógrafa de Alo de Lugo.] (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

 

1500 Febrero 5. Sevilla. Incitativa a las justicias de Sanlúcar de Barrameda para que determinen en la petición de libertad presentada por Catalina, canaria, estante en Sevilla, que fue comprada hace cuarenta años en 3.500 maravedís por Alonso Martínez, barbero, vecino de Sanlúcar, y su mujer Isabel Alvarez, que al fallecer la hizo libre en la mitad que le correspondía, por ser cristiana, sirviendo con posterioridad treinta y cuatro años al dicho Alonso Martínez, pasados los cuales ha abandonado la casa de su amo, por negarse éste a darle la libertad que le corresponde, por lo que Alonso Martínez ha esclavizado a un hijo suyo, que sólo le pertenece a medias, por haber nacido cuando ella poseía ya la mitad de su libertad. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Muxica. Mármol.

 

1500 Febrero 5. Sevilla. Incitativa a los gobernadores de Tenerife y Gran Canaria para que determinen en la petición de Diego de Llerena, vecino de Sevilla, para que se ejecute en los bienes del gobernador Alonso de Lugo cierta cantidad que le debe Juan de Lugo, teniente de gobernador del dicho Alonso de Lugo. Episcopus ovetensis. Johannes licenciatus. Martinus. Zapata. Tello. Muxica. Mármol.

 

1500 Febrero 15. Dto. 454-31.-Diego de Manzanilla, Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso de Lugo, governador destas cuatro islas y capitán general de la Bervería por el Rey y Reyna nrs. señores por poder q. de Sus Altesas tengo fago repartimiento y do a vos Diego de Manzanilla y a Pedro de Manenidra ca ( ?) alinde las tierras de Fernando Castro cieta [sic] cafizes de senbradura. Fecha a XV de hebrero de MD años» [Reverso: q. digo q. se vos asiente 40 f . de sembradura para Diego de Manzanilla y 20 para Pedro Maninidra. Alonso de Lugo].

 

 

1500 Febrero 25. Dto. 454-31.-Diego de Mançanilla, Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso de Lugo, governador destas cuatro islas y capitán general de la Bervería por el Rey y Reyna nrs. señores por poder q. de Sus Altesas tengo fago repartimiento y do a vos Diego de Mançanilla y a Pedro de Manenidra ca ( ?) alinde las tierras de Fernando Castro cieta [sic] cafizes de. senbradura. Fecha a XV de hebrero de MD años» [Reverso: Q. digo q. se vos asiente 40 f . de sembradura para Diego de Mançanilla y 20 para Pedro Maninidra. Alo de Lugo].455-32.-Juan Clavijo, mi criado. 60 f . q. son en Heneto sobre las tas. de Alonso de las Fijas en dando con las de Gonçalo Martín. 5-VIII-1507 [Al lado de J. C. en la cabecera dice: Fray les de Sant Francisco.

 

1500 Febrero 25.

454-31.-Diego de Manzanilla, Pedro de Manenidra. «Yo el governador Alonso de Lugo, governador destas cuatro islas y capitán general de la Bervería por el Rey y Reyna nrs. señores por poder q. de Sus Altesas tengo fago repartimiento y do a vos Diego de Manzanilla y a Pedro de Manenidra ca ( ?) alinde las tierras de Fernando Castro cieta [sic] cafizes de senbradura. Fecha a XV de hebrero de MD años» [Reverso: q. digo q. se vos asiente 40 f . de sembradura para Diego de Manzanilla y 20 para Pedro Maninidra. Alo de Lugo]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

 

* Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

 

Febrero 2008.

 

benchomo@terra.es  

   

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