Hist. (III)

 

“Fernando Guanarteme, ¿traidor?”

 

Luis Fco. Padilla

 

Desde luego, para el nacionalista, Canarias es una nación, un pueblo sin estado pero con una irrefutable idiosincrasia nacional. Para el españolista, bien por inopia, bien por obstinación, no existe más nación que España. Luego, hay otras rocambolescas tendencias que vacilan con una pretenciosa “nacionalidad de estado”.

 

Las sociedades isleñas (éstas, dedúzcanse como un único pueblo con características propias y comunes tal que así lo son íberos, celtas, sajones, beréberes…), los guanches,  como  entidad histórica, se llega a estimar que pueblan éste espacio atlántico, por lo menos, hace 2000 años. Un viaje a través del tiempo, desde un punto indeterminado de la historia hasta el día de hoy, donde nos preguntamos; ¿en qué parte de tan larga trayectoria perdimos, acuciadamente, la soberanía nacional?, ¿Cuándo fue que empezamos a suplantar nuestra arraigada identidad para dejarnos disfrazar por el españolismo?

 

Ciertamente y después de la traumática conquista se creó toda una agitación en el archipiélago, una transformación política, social y económica, donde sí hubo protagonismo indígena. Tenemos, y como vimos en “Hist. II”, que los colonos establecidos, en su inmensa mayoría, eran de origen guanche, ciñéndose la presencia europea a determinados nobles y burgueses. Entonces, el nuevo sistema agrario estuvo, realmente, desempeñado por “seudos colonos” castellanos y portugueses, qué, no eran otra cosa que isleños europeizados. Luego, sería la minoría foránea quién abarcaría las riendas de la mercantilización. Canarias se sumergió en una nueva economía de mercado, incipientes pilares en forma de explotación agrícola y la necesaria comercialización apoyados, éstos, por la labor cultural que los religiosos hacían adaptando a los canarios al nuevo orden europeo. Un primer grupo social integraba la aristocracia (europeos y algunos nobles indígenas), los mercaderes (en un principio de origen europeo) y el clero (originalmente europeos pero con el paso del tiempo, y lógicamente, compuesto mayoritariamente por canarios hechos al hábito); el segundo grupo, los dependientes, constituía la inmensa mayoría de la autóctona y redefinida sociedad canaria, pequeños propietarios, campesinos, medianeros, jornaleros, artesanos, etc.; finalmente los esclavos, compuesto primeramente por alzados guanches esclavizados, esclavitud qué, como ya sabemos, terminó por abolirse poco después de la conquista, ésta solo tenían justificación ante el “derecho” de “esclavos de buena guerra” (1) («no pudiendo ser  horros (libres) syn servir primero diez y seys años a su señor») (2). Sí cobraría protagonismo la esclavitud procedente del continente, negros y magrebies con el fin de venderlos en mercados europeos y americanos: Ciertamente pudo haber algún cruce de éste grupo con canarios, en zonas donde se explotaban ingenios de azúcar, pero notoriamente mínimo. A la vista está, es prácticamente escaso el aporte negroide en la sociedad canaria, no como así ocurrió en Cuba, Brasil, Venezuela… Los norteafricanos que llegaban aquí, muchos de ellos, ya acuciaban características árabes (de ahí lo de moriscos), características, del mismo modo, poco comunes entre los isleños. Hay que tener en cuenta el pavor hacia “lo moro”, realmente palpable en el pueblo canario y que dentro del romancero popular se refleja bien claro. Eso sin mencionar lo cerrada y tradicional que ya, entonces, era la sociedad insular, muy aferrada al impuesto orden cristiano y que criminalizaba vincularse con “herejes”. En este sentido, las islas de Lanzarote y Fuerteventura, desde donde repartían los encadenados hacia terceros países, por aquel tiempo, eran de las que acuciaban más arraigo católico entre los naturales, de hecho, ya en 1430 la totalidad de su población estaba adoctrinada. Lo “amazighe”, tan en auge que está ahora, es una característica heredada de los guanches y que según estudios genéticos vincula a la actual población canaria con el aporte “líbico-berebere”, curiosamente, no a nuestros vecinos marroquíes.

 

Tras esta breve radiografía, de lo que fue la revolución socio-política más substancial dentro de la larga trayectoria histórica de nuestro atávico pueblo, se expondrá la importancia que protagonizaron diversos pactos entre guanches e invasores. Variados tratados, los cuales, dieron rumbo y determinado razonamiento a una nueva realidad nacional isleña. Éstos padecieron ciertas ocultaciones oficiales, y, aunque reflejados por medio de diferentes crónicas, no se describen claramente. Tanto que se hace necesario estudiar los derechos de lo pactado según los hechos acaecidos a lo largo de los últimos 500 años (3).

 

Ya a principios del siglo XV la política a base de pactos constata la repercusión que tuvo el veredicto de los autóctonos para dar cancha a la expansión europea. No hay que olvidar el hecho de que el sistema social aborigen era netamente jerárquico, con unas clases sometidas a otras, gozando de plenos derechos la representativa hidalguía. Muchos protagonistas, de la antedicha clase favorecida, consiguieron mantener ciertos privilegios en la incipiente europeización. Tales prebendas, no resultaron por gracia de la bondad del contrincante sino más bien fruto de consecuentes acuerdos, que permitieron la expansión del nuevo orden. Ciertamente, y ahora toca aclararlo todo, es que la nobleza indígena no solo se cubrió las espaldas lo mejor que las circunstancias le permitió, sino qué, también, arrancó una serie de condiciones y derechos para su pueblo; un marco jurídico, el cuál, como ya se dejó caer en el texto “Hist. II”, fue pretendidamente violado por indeseables conquistadores, resultando, casi siempre, castigados desde el reino ante la obediencia qué los monarcas castellanos debían mostrar respecto a lo pactado con la incipiente “nación canaria”. Conocidos son los cargos contra conquistadores, que pretendieron ejercer impunemente recibiendo a cambio penas, como la anulación del contrato de gobernador a Pedro de Vera (4), o, ponderadas multas a  sufragar, caso de la señora de Bobadilla, pagando 500.000 maravedíes a los gomeros en concepto de indemnización (5); Alonso de Lugo, condenado a pagar 40.000 maravedíes a los hijos del rey de Adeje, también, 50.000 maravedíes para Andrés de Güimar (6); del mismo modo, acciones, como el levantamiento de Ichasagua en 1502 (7); mantenimiento de poblados y asentamientos tradicionales, en contra de pretensiones coloniales (8); el asalto al Cabildo de Tenerife y la quema del censo fiscal de Fernández de Lugo, al pretender este “sinvergüenza” recaudar entre los canarios un impuesto que solo era obligación de colonos, terminándolo por cubrir dichos inmigrantes (9)…

 

Desde un principio son significativas las formas con que Jean de Bethencourt consiguió apaciguar el panorama insular, haciendo casar a su sobrino Maciot con Teguise, dejando a isleños y colonos, por tanto, formalmente en plano de igualdad, luego y en tan solo 20 años, quedándose cristianizada prácticamente la totalidad de las islas del señorío. Aún así, éstas, acabarían renegando del régimen señorial para auspiciarse en los derechos conseguidos por sus ínsulas hermanas, Gran Canaria, Tenerife y La Palma, que gracias a su rebeldía y tenacidad consiguieron inalienables prerrogativas.

 

Muchas veces se ha tachado de traidor a Fernando de Guanarteme (Tensor Semidán), debido al protagonismo que obtuvo por ayudar al bando castellano en la sumisión final de los autóctonos. Sin embargo, es necesario tener presente que gracias a éste señor, que intercedió en la difícil situación de Ansite, pudieron salvarse las vidas de numerosos niños, mujeres, isleños en general, de una muerte segura; así mismo, sus intervenciones para hacer retornar a las islas paisanos desterrados por antojo de Pedro de Vera.

 

Toca romper un banot en su honra:

 

Históricamente se escenifica a un Tensor Semidán aprisionado y llevado a presencia de Los Reyes Católicos, casi como un exótico trofeo, bautizado y sometido a intereses castellanos. Personalmente creo que no es necesario ejercer de avezado historiador para, con un poquito de perspicacia, llegar a interpretar un escenario históricamente más justo y realista: ¿No resulta extraño el hecho de que nuestro guanarteme fuese capturado, casi como por casualidad y sin mediarse batalla ni resistencia alguna, junto a importantes personalidades como Maninidra?; ¿no es una curiosa coincidencia que, Tensor y Fernando, se encontrasen justo en el momento histórico en que se instituían las cortes de Toledo para organizar la política de los territorios que abarcaban el reino?; ¿a que es insólita la circunstancia de, según los cronistas, acudir a la península “como prisionero de guerra” y, luego, retornar con el zurrón lleno de derechos adquiridos para el pueblo? Realmente, con un poquito de imaginación, el cuadro de Tensor Semidán viajando a las cortes castellanas con 15 de sus hombres más particulares, junto a sus respectivas familias, se asemeja más a una delegación diplomática, “una excursión de negocios”,  que a otra cosa.

 

El que fue guanarteme de Galdar, siendo consecuente ante la supremacía militar de los castellanos, qué, incluso contaban con la participación de aguerridos hombres procedentes de Lanzarote, Fuerteventura y la Gomera, hace gala de un acto de coraje y, conciente ante el desespero de los conquistadores por la dificultad de alcanzar la capitulación, aprovecha para entrevistarse con Fernando de Aragón (lo que osadamente la tergiversación llega a sentenciar de sumisión). Por primera y única vez, en nuestra historia, un representante de los derechos nacionales isleños se cita con el dirigente del poder colonial para, directamente, tratar asuntos de soberanía. Las alianzas acontecidas, hasta entonces, se mediaban en un estatus señorial, pero, la reunión entre Fernando de Aragón (rey de Castilla tras casarse con Isabel) y Fernando Guanarteme se trataba, efectivamente, de un trascendental marco para Canarias. Debemos reconocer que Tensor Simidán, bautizado con el nombre y apellido de Fernando Guanarteme, se nos presenta como todo un estratega a beneficio de su nación. En 1481, un 30 de mayo, consigue firmar y hacer firmar al rey de Castilla y León, un tratado que daría sustento legal para defender los derechos indígenas ante bárbaras pretensiones de insulsos conquistadores; lo que sería, a su vez, una puerta abierta y pilar fundamental para sostener a la nueva nación canaria. Fruto del consecuente pacto podemos ir resaltando los siguientes aspectos, documentados a lo largo del “antiguo régimen”:

 

_ Reparto de tierras y otros medios de producción entre los canarios (10).

_ Mantenimiento de los “título nobiliarios” entre los indígenas (11).

_ Existencia de una fiscalidad diferenciada (12).

_ Existencia de milicias canarias (13).

_ El derecho de placet con respecto a las leyes del reino (14)

_ Divisa propia hasta 1776 (15).

_ Independencia ante el monopolio comercial español y con delegados comerciales ajenos a dicho monopolio (16).

_ Mantenimiento de roles socialmente relevantes en las mujeres canarias, también en asuntos legales; ejemplos de Inés Chemida, María de Güimar… (17).

_ Mantenimiento de normas civiles precoloniales, como el derecho a la separación por parte de las mujeres (18).

_ Reclamación de los derechos por parte de los canarios ante los tribunales (19).

_ Cobro de deudas por parte de isleños hacía colonos, un ejemplo es la herencia de Fernando Tacoronte (20).

 

“El Pacto de Calatayud”se trató de una versión autónoma del Fuero de Toledo, adaptada a las exigencias canarias, que permitió dotar a la nación de una serie de organismos radicados. Estructuras políticas propias con una amplia autonomía, respecto a la corona, en capacidad de decisión  y actuación. Originalmente se integró Gran Canaria, la isla de Fernando Guanarteme, posteriormente La Palma y Tenerife (las islas del realengo), para terminar por adherirse Lanzarote, Fuerteventura, El Hierro y La Gomera (las islas del señorío).

 

 

Viene de:

Hist. (II)”…

Hist. (I)”….

 

 

(1)  “Rumeu de armas, A.”. (Pág. 82).

(2)  “Rumeu de armas, A.”. (Págs. 87 y 88).

(3)  “Breve Historia del Nacionalismo Canario”. Felipe Ros Brandon. www. Amaga .org. 

(4)  “Rumeu de armas, A.”. (Pág. 70).

(5)  “Rumeu de armas, A.”. (Pág. 70).

(6)  “Rumeu de armas, A.”. (Pág. 90).

(7)  “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(8)  “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(9)  “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(10) “La Conquista de Canarias”. Julio Pérez Ortega. Tomo II.

(11) “Fernando Guanarteme”. Revista de la Asociación Canaria de Estudios. (II).

(12) “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(13) “Fuentes para una historia del derecho y de las administraciones públicas en Canarias y la CEE”. M. Aranda, E. Galván y D. Álamo.

(14) “El Régimen Jurídico de los Puertos Francos de Canarias”. Alfonso de Ascanio y Poggio.

(15) “Fuentes para una historia del derecho y de las administraciones públicas en Canarias y la CEE”. M. Aranda, E. Galván y D. Álamo.

(16) “Pedro Agustín del Castillo su Vida y Obra”. Antonio de Bethencourt Massieu.

(17) “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(18) “Instituciones Primitivas del Derecho en Canarias”. Luis Benitez Inglot.

(19) “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.

(20) “Juan de Bethencourt Alfonso, Historia del Pueblo Guanche”. Tomo III.