Armonía de poderes

Por Gabriel Albiac

La carta está fechada el 15 de julio. La firma J. H. Ottaway, en nombre del Comité Mundial de Libertad de Prensa (World Press Freedom Committee) que él preside. Son duros sus términos. Siempre lo son contra quienes destruyen la libertad de expresión en el mundo. Pero, esta vez, son europeos los jueces a quienes se reprocha dictar sentencias que «ahogan el libre flujo de ideas y fomentan la autocensura de los periodistas, temerosos de que por el mero hecho de ejercer su profesión se arriesguen a pagar multas punitivas de graves consecuencias».

Porque la carta del WPFC en defensa de la libertad de prensa no va dirigida al extinto Sultán marroquí, quien -tras sentirse ofendido por cierta información acerca del narcotráfico en el Estrecho, publicada por Rosa Mª. López en el Diario16 que dirigía J. L. Gutiérrez- buscó tratar a los periodistas españoles como es de uso hacer en los tribunales marroquíes: como a súbditos.La carta del WPFC está dirigida a cinco magistrados de la máxima instancia española, el Tribunal Supremo: «Excmos. Sres.: D. Clemente Auger Liñán, D. Román García Varela, D. Xavier O'Callaghan Muñoz, D. Jesús Corbal Fernández, D. Antonio Romero Lorenzo», reza su encabezamiento. Y su lógica tiene la desnuda contundencia que es norma en el mejor periodismo anglosajón: «Las leyes utilizadas por los jueces para procesar a los periodistas acusados atentan contra los principios básicos de libertad de prensa emblemáticos de las sociedades libres y democráticas del mundo.

Los acusados fueron declarados culpables de violar la Ley de Protección del Honor, la Intimidad y la Propia Imagen, la cual carga al periodista con la tarea de demostrar la verdad o falsedad de sus declaraciones. Y para sentenciarlos, los magistrados usaron la Ley Orgánica de 1982, inspirada en principios y normas de la dictadura franquista, que impone el efecto cascada, es decir, incrimina no sólo al autor del artículo, sino también al director del diario y a su empresa propietaria. Pese a que los magistrados del Tribunal Supremo reconocieron en la sentencia que la información del artículo era verídica, rechazaron la apelación alegando que el titular de la noticia es «peyorativo e inveraz». En otras palabras, en una muestra de arbitrariedad propia de sistemas judiciales autocráticos, los jueces asumieron el papel de editores de periódico con potestad para determinar qué puede o no puede ser publicado.

Poco hay que añadir a la obviedad que el WPFC subraya. Moratinos, Rubalcaba, Rodríguez y quienes, junto a ellos, mendigan que el protector Sultán y heredero del Profeta tenga a bien aceptar la humilde pleitesía española a cambio de guardarnos salvos de todo atentado islamista, pueden enorgullecerse de sus jueces. La armonía reina entre los Poderes. Descanse Montesquieu en la paz de Alá.

[NOTA C.R.: SORPRENDE LA ACTITUD DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL PORQUE, EN RELACIÓN CON LA MISMA INFORMACIÓN, EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO COLOMBANI Y OTROS CONTRA FRANCIA, DICTÓ SU SENTENCIA DE 25 DE JUNIO DE 2002 EN LA QUE SOSTIENE QUE LAS INFORMACIONES QUE VINCULAN A LA FAMILIA REAL MARROQUÍ, Y AL PROPIO HASSÁN II, CON EL NARCOTRÁFICO, ESTABAN AMPARADAS EN LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN]

RESPUESTA

El CMLP insta al sistema judicial español anular sentencia contra periodistas English: WPFC calls on judicial authorities to declare journalists' sentence null and void País/Tema: España Fecha: 16 de julio de 2004 Fuente: Comité Mundial para la Libertad de Prensa (CMLP) Persona: José Luis Gutiérrez, Rosa María López Victimas: periodista(s) Tipos de violaciónes: sentenciado Urgencia: Amenaza

(CMLP/IFEX) - Lo que sigue es una carta del CMLP a las autoridades españolas, con fecha del 15 de julio de 2004:

Reston, EE.UU., 15 de Julio, 2004 Excmo. Sres.:

D. Clemente Auger Liñán D. Román García Varela D. Xavier O'Callaghan Muñoz D. Jesús Corbal Fernández D. Antonio Romero Lorenzo Sala I de lo Civil Tribunal Supremo Madrid, España Estimados Señores:

En nombre del Comité Mundial de Libertad de Prensa (http://www.wpfc.org) - una organización que engloba a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo e integrante del Comité Coordinador de Organizaciones de Libertad de Prensa - deseo expresar mi más profunda repulsa por su decisión de rechazar la apelación de la sentencia condenatoria contra los periodistas José Luis Gutiérrez y Rosa María López por supuestos "insultos contra el honor" del fallecido rey de Marruecos Hassan II. Su decisión supone un nuevo episodio en la larga secuencia de acoso judicial contra estos dos periodistas, el cual comenzó en 1996 con su enjuiciamiento a raíz de un artículo publicado en el desaparecido Diario 16.

En la noticia con fecha de 18 de diciembre de 1995, López informó sobre la captura en el puerto español de Algeciras de cinco toneladas de hachís en un camión perteneciente a la empresa Dominios Reales, propiedad de la familia real de Marruecos. La noticia, cuya información está confirmada como verídica, apareció en la portada de Diario 16 bajo el titular "Una empresa familiar de Hassan II implicada en el narcotráfico", lo cual suscitó la demanda de "protección al honor" del monarca marroquí contra INPRESA, la desaparecida empresa propietaria de Diario 16; Gutiérrez, el entonces director general del periódico; y López, la autora del artículo.

En 1997 y 1999 respectivamente, dos tribunales de menor instancia declararon a los acusados culpables de haberse "entrometido de manera ilegítima en el derecho al honor de S.M. el Rey Hassan II", y los sentenciaron a pagar una multa por una cantidad aún no fijada, y a publicar "el texto completo de la sentencia en los diarios que se determinen en ejecución de sentencia, más costas del procedimiento". Las leyes utilizadas por los jueces para procesar a los periodistas acusados atentan contra los principios básicos de libertad de prensa emblemáticos de las sociedades libres y democráticas del mundo. Los acusados fueron declarados culpables de violar la Ley de Protección del Honor, la Intimidad y la Propia Imagen, la cual carga al periodista con la tarea de demostrar la verdad o falsedad de sus declaraciones. Y para sentenciarlos, los magistrados usaron la Ley Orgánica de 1982, inspirada en principios y normas de la dictadura franquista, que impone el "efecto cascada", es decir, incrimina no sólo al autor del artículo, sino también al director del diario, y a su empresa propietaria.

Pese a que los magistrados del Tribunal Supremo reconocieron en la sentencia que la información del artículo era verídica, rechazaron la apelación alegando que el titular de la noticia es "peyorativo e inveraz". En otras palabras, en una muestra de arbitrariedad propia de sistemas judiciales autocráticos, los jueces asumieron el papel de editores de periódico con potestad para determinar qué puede o no puede ser publicado. Este tipo de decisiones arbitrarias basadas en leyes represivas ha sido rechazado por cortes internacionales de manera consistente.

Un ejemplo similar es la causa presentada por el diario parisino Le Monde ante la Corte Europea de Derechos Humanos después de que los tribunales franceses condenaran a dos de sus periodistas por supuestos "insultos" contra la persona de Hassan II. La demanda del monarca surgió a raíz de la publicación en 1995 de un artículo titulado "Marruecos, primer exportador mundial de hachís. Un informe confidencial relaciona con el asunto al entorno de Hassan II". En 2002, la Corte rechazó las sanciones legales impuestas por la justicia francesa contra Le Monde, calificándolas como "un atentado contra el Artículo 10 del Convenio" Europeo de Derechos Humanos - el cual protege la libertad de expresión y prensa - , y "una injerencia en el ejercicio de los demandantes de su derecho a la libertad de expresión". Leyes como las usadas por los tribunales españoles contra Gutiérrez y López ahogan el libre flujo de ideas y fomentan la autocensura de los periodistas temerosos de que por el mero hecho de ejercer su profesión se arriesguen a pagar multas punitivas de graves consecuencias. Gutiérrez ha expresado su intención de llevar este caso hasta la Corte Europea de Derechos Humanos para ser vindicado.

Históricamente, la Corte ha favorecido causas como la de estos periodistas españoles, y es más que probable que si hasta ese tribunal llegara, este caso supondría una embarazosa derrota para el sistema judicial y las leyes que han hecho posible este inexcusable acoso contra dos profesionales del periodismo español. Es por ello, que instamos al sistema judicial español a que reconsidere esta última decisión y anule la sentencia poniendo así punto final a nueve años de calvario para los periodistas José Luis Gutiérrez y Rosa María López.

Suyo Affmo.,

James H. Ottaway, Jr.

Presidente Comité Mundial de Libertad de Prensa

ACCIÓN RECOMENDADA:

Remitir apelaciones a las autoridades judiciales:

- denunciando la decisión de rechazar la apelación de la sentencia condenatoria contra los periodistas - urgiéndoles anular la sentencia

APELACIONES A:

D. Francisco Hernando Presidente del Consejo General del Poder Judicial y Presidente del Tribunal Supremo Fax: +3491 319 4767

Correo-e: francisco.hernando@c...

Ignacio Sierra

Presidente de la Sala I del Tribunal Supremo

Fax: +91 397 1195

Correo-e: ca.vaquero@t...

Favor de mandar copias de sus apelaciones al originador donde sea posible.

MÁS INFORMACIÓN:

Para mayor información, comunicarse con el CMLP, 11690-C Sunrise Valley

Drive, Reston, Virginia 20191 EE.UU., teléf: +1 703

715 9811, fax: +1

703 620 6790, correo electrónico:freepress@w..., sitio

Internet: http://www.wpfc.org/http://www.wpfc.org

Antecedente:

El CMLP arremete contra el TS español