De los deseos a la realidad (I)

Ramón Moreno

En Canarias hay algunos -yo diría que bastantes- que siguen sin enterarse de que una cosa son los deseos, y otra cosa muy distinta, la realidad. Y digo esto a propósito de la avalancha de noticias que han aparecido estos días en toda la prensa de las Islas, referente a la delimitación de nuestros espacios marítimos. Un asunto enormemente controvertido, difícil, con las Leyes internacionales en vigor y con grandes connotaciones políticas.

Coalición Canaria sigue empeñada en "reclamar" la delimitación de las "aguas canarias" de forma patética, reiterando planteamientos que no se sostienen con el Derecho Marítimo en la mano, e ignorando de manera obstinada la cruda realidad, que no es otra que Canarias, en tanto que Archipiélago de Estado (dicho por enésima vez), sólo tiene reconocidas 12 millas de mar territorial alrededor de cada Isla, siendo el resto de los espacios marítimos entre Islas, aguas internacionales, con libertad de navegación por el derecho de "paso inocente" aplicable a los estrechos.

Y esto es así, se diga lo que se diga y donde se diga. Otra cosa es que los canarios tengamos el derecho inalienable (esa es mi gran batalla) de poder delimitar nuestras aguas -la mediana con Marruecos incluida- y disponer así, de nuestros recursos marinos, petróleo y gas. Pero para ello, y ese es el verdadero nudo gordiano de la cuestión, tenemos que adquirir antes el status de Estado Archipelágico, como Cabo Verde, lo que significa, obviamente, acceder a la independencia con todo lo que ello implica.

¿0 no saben todo esto en Coalición Canaria?

No es de extrañar, por tanto, que el presidente del Gobierno español, Rodríguez Zapatero, haya reconocido la inviabilidad de la "reivindicación histórica" de CC que choca frontalmente con el Derecho Internacional. Pese a ello, el titular de Exteriores, Miguel-Angel Moratinos, seguro que recordando el conflicto israelo-palestino, ha trazado una nueva "hoja de ruta", prometiendo al senador y presidente del Cabildo palmero, José Luis Perestelo, la delimitación de las aguas canarias antes del 2008. El jefe de la diplomacia española ha recordado que ya se discute con Marruecos, vinculando el proceso delimitatorio a un acuerdo con el vecino país; a lo que CC "aclara", que la delimitación de las aguas archipelágicas no depende del Reino de Marruecos.

Mientras, el portavoz de la Coalición en el Senado, José Mendoza, aboga por incluir la delimitación de los espacios marítimos de Canarias en el Estatuto. Por su parte, el consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, Augusto Lorenzo, ve en la supuesta protección de las aguas canarias, una "propuesta de mínimos".

La atenta lectura de toda esta información y las demagógicas declaraciones de unos y de otros, ha hecho que de inmediato se reactive todo mi sistema inmunológico (reitero que yo tengo inoculado el "principio archipelágico), y mis anticuerpos se pongan en marcha, como auténticos comandos de élite para combatir, sin cuartel, los nocivos virus informativos que contienen dichas informaciones y declaraciones. Así que, como si de una "guerra bacteriológica" se tratara, me apresto, de nuevo, a suministrar el correspondiente antídoto mediante la vacuna DIM de amplio espectro.

Para ello ejercitaré una cierta función pedagógica, ante el cúmulo de patrañas, imprecisiones e inexactitudes que contienen las mismas. Y rebatir así los inconsistentes argumentos esgrimidos por los citados señores. En primer lugar, es rotundamente falso que el Estatuto de Autonomía de Canarias (aún con la reforma de 1996, Ley Orgánica 4/1996), sea, en absoluto, un instrumento jurídico ni mucho menos político que posibilite, bajo ningún concepto, el establecimiento y la delimitación de los espacios marítimos de Canarias, ni siquiera con el "amparo" de la Constitución española. Y esto es así -con el Derecho del Marítimo por delante-, dada nuestra anacrónica e insostenible condición de "Archipiélago de Estado" (del Estado español, se entiende), que no deja de ser -dejémoslo claro- un eufemismo de colonia, dado que somos un enclave de un país europeo en Africa, o lo que es lo mismo, un "territorio nacional" en otro continente, lejos de la nación que lo hizo suya (en un proceso de cruenta conquista y colonización), que la legalidad internacional no ampara hoy en día; pese a nuestro "disfraz" de territorio RUP de la Unión Europea, otro eufemismo, para designar a los territorios de ultramar.

En segundo lugar, y con respecto a la Ley 15/1978 de 20 de febrero sobre Zona Económica Exclusiva (uno de los grandes logros de la Tercera Conferencia del Mar), considerada la panacea para resolver los problemas marítimos de Canarias, hay que hacer algunas precisiones jurídicas. En efecto:

1.- Dicha Ley 15/1978, que no está desarrollada, pretende establecer y delimitar la ZEE española en 200 millas, aplicando a Baleares y Canarias, indebidamente, el "principio archipelágico% exclusivo y potestativo de los Estados Archipelágicos (de ahí su denominación) y que fue consagrado posteriormente en la Convención de Jamaica de 1982. Lo que evidencia que España, que sabía lo que se estaba "cociendo" en el seno de la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, pretendió jugar con ventaja.

2.- La susodicha Ley 15/1978, así como su homóloga anterior 10/1977 de 4 de enero sobre mar territorial, no sólo son contradictorias entre sí (como reconocen destacados juristas, entre ellos el canario Felipe Baeza), sino que, además, colisiona frontalmente con la doctrina y los preceptos del Derecho Internacional Marítimo, tal como éste quedó formulado en el Convenio del Mar, plenamente vigente.

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